La Donación
Enviado por mistika06 • 8 de Febrero de 2014 • 505 Palabras (3 Páginas) • 165 Visitas
El contrato de Donación
. "La donación es el contrato por el cual una persona transfiere gratuitamente una cosa u otro derecho de su patrimonio a otra persona que lo acepta". Artículo 1431del Código Civil.
La persona que transfiere el bien se denomina donante y la persona que lo acepta recibe el nombre de donatario.
Características del Contrato de Donación:
-Carácter gratuito.
-Es irrevocable en principio, pues por ingratitud puede ser revocado.
-Es principal ya que no depende de otro contrato.
-Consensual: porque juega un papel importante el consentimiento del donante como el donatario.
-Unilateral: porque la obligación principal la tiene el donante que es la de entregar el bien dado en donación.
-De ejecución instantánea.
-Solemne: porque se deben cumplir ciertas formalidades.
Efectos del Contrato de Donación:
El artículo 1440 del Código Civil establece:” No produce efecto la donación sino cuando el donante esté en conocimiento de la aceptación, personalmente o por medio del mandatario que hubiere constituido para la donación. La aceptación debe ser hecha en vida del donante.
Formación y Validez de la Donación:
Cuando la donación se refiera a bienes muebles se toma en cuenta el valor del bien, ya que si su valor no excede a los dos mil bolívares, no se necesita escritura de ninguna clase, y puede probarse por medio de testigos; cuando el valor del bien mueble excede los dos mil bolívares, la donación debe ser hecha en documento autentico y de igual manera debe constar la aceptación del donatario; y si la donación se trata de un bien inmueble, cualquiera sea su valor, la donación y la aceptación debe constar en documento protocolizado en la Oficina Subalterna correspondiente al lugar donde se encuentra el inmueble.
Ahora bien en lo que respecta a la validez, es necesario para que la donación sea válida, que la aceptación sea puesta en conocimiento del donante, y que esta aceptación sea hecha en vida del donante. De manera que el contrato de donación se perfecciona y se transfiere la propiedad del objeto donado, cuando la aceptación del donatario llega a conocimiento del donante.
Capacidad y nulidad del contrato de donación:
En lo que se refiere a la capacidad para disponer el Código Civil en el artículo 1435 establece lo siguiente: “No pueden donar quienes no tienen la libre disposición de sus bienes, salvo en lo dispuesto en los artículos 146 y 147.
En lo que respecta a la capacidad de disponer el Código Civil en el artículo 1436 estable: “No pueden adquirir por donación, ni aun bajo el nombre de personas interpuestas, los incapaces por recibir por testamento en los casos y del modo establecido en el Capítulo que trata de Sucesiones testamentarias.
En cuanto a la nulidad se tiene lo siguiente:
-Es nula toda donación
...