La Guerra
Enviado por patiko1811 • 5 de Abril de 2014 • 2.083 Palabras (9 Páginas) • 162 Visitas
CONCLUSION: Si al ciudadano el constituyente le reconoce derechos, igualmente los ciudadanos tienen obligaciones. Derecho y deber se interactúan dinámicamente dentro de las obligaciones, se resaltan algunos deberes macro como son: El respeto a los derechos ajenos, la solidaridad social, las acciones humanitarias, el respeto a las autoridades democráticas y legítimas, la defensa de los derechos humanos, la participación en todos los órdenes, el mantenimiento de la paz, la colaboración en el funcionamiento de la administración de justicia, la protección de recursos culturales y naturales, el deber de contribuir. La norma es valiosa por el carácter pedagógico que ella infunde.
A raíz de la promulgación de la Constitución Política de 1991, surgen en nuestro escenario jurídico de un modo explícito una cantidad de deberes tanto para las personas naturales colombianas y extranjeras radicadas en nuestro territorio, como para las personas jurídicas y para el Estado Colombiano, a quien se le atribuyen una numerosa cantidad de obligaciones que sólo al cumplirse hacen posible el Estado Social de Derecho, adopción de esta nueva Constitución en la búsqueda de la paz, la convivencia y el pleno desarrollo de la vida social.
Si bien constituciones anteriores, entre ellas la de 1.886, consagraron ciertos deberes, la de 1.991 es mucho más rica en ellos, ya que así lo hacen necesario los tiempos que vivimos, de corrupción, de entendimiento de la Ley como letra muerta, y no sólo de eso sino de burla a ella.
Relaciones entre el derecho y el deber jurídico
Comúnmente se dice que existe una correlación entre los derechos del individuo o de la colectividad y sus deberes; que el derecho ajeno sólo es posible cuando se reconocen deberes frente al otro; que el deber es el reverso del derecho, etc.
Refiriéndose a esta relación, BENIGNO MANTILLA PINEDA dice que "El derecho que impone a unos el deber de hacer u omitir algún acto, es el mismo derecho aunque con otro aspecto, que faculta a otros a obrar de cierta manera y a exigir de todos en general, o de alguien en particular, observar determinada conducta o abstenerse de hacer algo en su daño o perjuicio".
También se sostiene que el deber jurídico configura el llamado derecho objetivo. En efecto, se señala que "La obligación que tienen las demás personas de respetar esa facultad de la persona dueña de los medios, es el derecho objetivo”.
CONCEPTO DE DERECHO.
La comprensión del Derecho Objetivo es importante porque en la realidad jurídica, es a partir del establecimiento de una norma cuando se puede exigir verdaderamente el cumplimiento de una conducta objetiva, eminentemente social, que vaya más allá de cualquier principio de orden extrajurídico, sin que necesariamente lo deba desconocer. En este trabajo será importante conocer el Derecho Objetivo que guarda relación con el tema de los deberes constitucionales en Colombia, para poder aproximarnos a nuestro objeto.
CONCEPTO DE DEBER.
"El deber es el cumplimiento de una obligación en general. El Diccionario de Derecho Usual lo define como el reverso del derecho entendido como potestad, atribución, facultad".
Su etimología es latina, de la palabra " deberé", que significa deber o estar obligado a, y frecuentemente se toma como sinónimo de obligación, ya sea en sentido indeterminado( para referirse a todo aquello que un individuo debe o no debe hacer) o en un sentido técnico y preciso( relación de derecho, por ejemplo: el deber de reparación que tiene quien es responsable).
Más exactamente, se aplica a algunas normas de conducta que tienen origen legal y carácter permanente( como también una connotación moral). Por ejemplo: deberes familiares, matrimoniales.
Se dice también que son obligaciones preestablecidas que la ley impone, no a una persona determinada, sino en forma general. Bien sea a una persona en razón de sus funciones o de su profesión( deberes de estado), o a cualquier persona en relación con sus semejantes. Por ejemplo: el deber de no enriquecerse injustamente, el de respetar la propiedad. Puede ser antónimo de facultad[8]
CLASES DE DEBERES.
En lo que respecta a la filosofía del derecho, los deberes se dividen en morales o de conciencia y en jurídicos.
Los deberes morales son obligaciones morales que revisten aspectos religiosos o de comportamiento imperativo de orden social, según la mentalidad y creencia de cada uno. Al campo jurídico llegan indirectamente, por liberalidades que se convierten en consuetudinarias y que se hacen exigibles. El derecho los consagrará como jurídicos en la medida en que sean necesarios al orden social.
Los deberes jurídicos son para DOURADO DE GUSMAO comportamientos obligatorios impuestos por una norma legal, por un contrato o por un tratado, a una persona a favor de otra, que tiene la facultad de exigir su cumplimiento cuando no son observados de modo espontáneo.
El deber jurídico, para VON KIRCHMANN, obedece a la fuerza motivadora de la amenaza o de la sanción; mientras para BIERLING se da a partir del reconocimiento tácito de las normas por parte de los individuos que componen la sociedad. Para KELSEN, el deber jurídico es la norma misma en relación con un sujeto determinado, en tanto que le obliga a un comportamiento, cuya oposición contradictoria es la condición para la coerción señalada en el precepto jurídico
LOS DEBERES Y OBLIGACIONES
El artículo 95 de la constitución política de Colombia señala una algunos deberes tanto para las personas naturales colombianas y extranjeras radicadas en nuestro territorio, como para las personas jurídicas y para el Estado Colombiano, a quien se le atribuyen una numerosa cantidad de obligaciones que sólo al cumplirse hacen posible el Estado Social de Derecho, adopción de nuestra Constitución en la búsqueda de la paz, la convivencia y el pleno desarrollo de la vida social.
Es de suma necesidad establecer los deberes y obligaciones de nuestros ciudadanos ya que así lo hacen necesario los tiempos en los que vivimos; de corrupción, de entendimiento de la ley como letra muerta, y no sólo de eso sino de burla a ella. El cumplimiento de nuestros deberes y obligaciones podrá contribuir a que una sociedad como la nuestra entienda que así como exige, está en la obligación de dar mucho de sí misma, para conformar un Estado Social de Derecho, donde los ciudadanos tienen mayor cantidad de derechos pero también de responsabilidades frente a sus semejantes.
* Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios:
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