La Ley 527 De 1999
Enviado por juanda0628 • 14 de Junio de 2013 • 2.094 Palabras (9 Páginas) • 324 Visitas
INTRODUCCION.
La incorporación de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación en la vida cotidiana de las personas ha motivado un cambio considerado por muchos como revolucionario y ha dado lugar a la denominada “So¬ciedad de la Información”, en la que la información juega un papel estratégico como elemento de poder cada vez más importante. Toda esta transformación ha repercutido una serie de aspectos, relacionados con el manejo de la información y que sin duda tienen una incidencia jurídica:
• Incremento exponencial de la producción documental.
• Evolución incesante de las tecnologías empleadas para la creación y gestión de estos documentos, con mayor potencia, rapidez y soportes de almacenamiento.
Los nuevos soportes tecnológicos conviven con los documentos en papel, existiendo en muchos casos duplicidad de soportes por el paso a papel de los documentos electrónicos, y en otros casos a la inversa, con la digitalización de documentos. Por lo anterior, podemos decir que nos hemos introducido al desarrollo de un nuevo derecho enmarcado en la libertad y la confianza, acorde a un hecho fáctico imposible de negar como es la interdependencia de los Estados y en general de la comunidad internacional, a través de la interacción y unión por medio de los avances tecnológicos.
En tal sentido, estamos ante la apertura a un nuevo derecho, que requiere más prontas y efectivas soluciones; y que se ubica retornando a su posición preferencial dentro del desarrollo del conglomerado humano. La Administración electrónica es una vía para avanzar hacia el desarrollo del “mejor gobierno” de las Administraciones Públicas, en donde la tecnología es fundamentalmente un medio y no un fin en sí mismo. El valor de la Administración electrónica, por tanto, no reside en el traslado de los servicios que presta la Administración, sino que debe responder a la optimización y reorganización de los esquemas del servicio público, de tal forma que permitan una mayor eficiencia y eficacia en las relaciones con los ciudadanos y empresas, así como propiciar el cambio cultural que exige la implantación de la Sociedad de la Información.
Esto no debe hacer olvidar la necesidad, acorde con los tiempos, de sustituir la obligatoriedad del uso del papel como soporte documental, tanto internamente en la Administración como en las relaciones que los ciudadanos mantienen con ésta. Por ello, es necesario adoptar medidas drásticas en “pro” de la supresión de dicha obligatoriedad, facilitando al ciudadano el inicio de los procedimientos administrativos mediante la disponibilidad electrónica de todos los modelos normalizados que actualmente se encuentran a su disposición en soporte papel en las dependencias de la Administración.
Por todo lo anterior, en las siguientes líneas nos ocuparemos del documento electrónico y sus posibilidades de uso al interior de la Administración Pública.
OBJETIVO GENERAL
El objetivo central de la ley es otorgar pleno valor probatorio a los mensajes de datos, como denomina la ley a la información digital. Hoy en día no se le pueden negar efectos jurídicos, validez o fuerza obligatoria a información alguna por el solo hecho de estar en forma de mensajes de datos. La información que se encuentra almacenada en un formato digital tiene el mismo valor jurídico que la información que se consigna en hojas de papel o en cualquier otro soporte escrito.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
1. Identificar en qué consisten cada uno de los problemas jurídicos que se presentan en el comercio electrónico
2. Estudiar de qué manera el derecho colombiano regula estos problemas
3. Determinar qué tan beneficioso es el comercio electrónico
4. Analizar la problemática jurídica, legislativa y social del comercio electrónico en Colombia.
LEY 527 DE DEL 18 DE AGOSTO DE 1999.
El comercio electrónico es una actividad que se está utilizando cada vez más en el mercado. Las empresas requieren en la actualidad de sistemas informáticos que les permita agilizar las tares, satisfacer cada vez más al cliente y pensar en su comodidad. Por ello, las firmas digitales y el comercio electrónico permiten que se pueda agilizar las transacciones, evitar el gasto de tiempo, las filas y transporte de información.
La ley 527 del 18 de agosto de 1999, es de gran importancia para aquellas empresas que quieren modernizarse e iniciar un comercio electrónico de manera segura, avalada por la ley y protegida por la norma.
La Ley posee 47 artículos y se divide en cuatro partes. Su temática es el reglamento, acceso, uso de los mensajes de datos, comercio electrónico y firmas digitales; también especifica los requisitos que deben de tener los iniciadores de una firma digital, los comerciantes que utilizan la tecnología para tramitar sus negocios, y el uso y los mensajes de datos.
También la ley toca el tema de las entidades de certificación de las firmas digitales, su papel para aprobar y reprobar una firma en caso de que no cuente con los requisitos exigidos.
Describe las partes que debe de tener un certificado como el nombre, dirección y domicilio del suscriptor, identificación del suscriptor nombrado en el certificado, nombre, dirección y el lugar donde realiza las actividades la entidad certificadora.
La Superintendencia de Industria y Comercio es la entidad que se encarga de autorizar las actividades de las entidades de certificación en el territorio nacional, así como del servicio prestado por las entidades.
Los certificados de firmas digitales que son emitidos por entidades extranjeras podrán ser utilizados en el territorio nacional siempre y cuando estén aprobados por una entidad nacional certificadora.
La norma posee una excelente temática, ya que es un gran conocimiento que es utilizado por muy pocos. Las empresas todavía no están a la vanguardia en lo relacionado con las firmas digitales, y eso es un gran atraso para las entidades de nuestro país.
Le ley fue emitida en el año de 1999, once años en lo que no se ha podido aplicar la ley en las entidades de nuestro país enteramente. Se requiere de difusión y de apropiación de software de gestión documental que facilite la utilización de las firmas digitales.
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