La Norma Juridica
Enviado por joseegree • 15 de Enero de 2013 • 2.167 Palabras (9 Páginas) • 438 Visitas
Universidad Nororiental Privada
Gran Mariscal de Ayacucho
Facultad de derecho
Escuela de derecho
Nucleo-Bolivar
Prof. Claudio Zamora
Bachilleres:
Bastidas Baleshka
C.I: 24. 029. 545
Escalante Yosmer
C.I: 25.446.976
Guerra José Gregorio
C.I: 24.796.673
Ramos Jerliannys
C.I: 25.080.243
Terán Dayanna
C.I: 23.730.214
Introducción
El siguiente trabajo tiene como fin la Redacción y profundización de los distintos conceptos y tipos de normas; Su estructuración, Consecuencia y Sanción, esto se utilizara como medio de apoyo al momento de entender y conocer una de las bases del derecho.
Existen varios tipos de normas:
• Morales
• Religiosas
• Jurídicas
Cada una de ellas tiene su estructura basada en sus creencias
Las morales por ejemplo: Se fundamentan en lo que el Ser humano en sociedad ha aprendido a juzgar como bueno o malo.
Las religiosas son las que se basan en deberes ordenados al bien sobrenatural del hombre, considerado este como criatura de Dios.
Las Jurídicas tienen correlación con las normas Morales, debido a que la norma Jurídica se estructura y crea para que el ser Humano se rija por normas en la sociedad y así evitar problemas entre la misma, mantener un orden y cumplir las exigencias y necesidades de la comunidad.
Esos puntos entre otros, se mencionaran en el texto a continuación.
Índice
La Norma Jurídica ………………………………… pág. 2
La Estructura Lógica de las Normas Jurídica…... pág. 2, 3 ,4
El Supuesto del Hecho………………………………pág.4
Nociones y Clases de Supuestos Jurídica…………pág.4, 5, 6
Caracteres de la Norma Jurídica…………………...pág. 6, 7, 8, 9
La Norma Jurídica
La Norma: Es la relación imperativa de una relación necesaria por lo tanto expresa un deber, precisamente porque está fundada en el bien, es una regla de conducta obligatoria. Existen varios tipos de normas:
• Norma Morales: Formulan imperativamente los deberes ordenados al bien personal del hombre, considerado este individualmente.
• Norma Religiosas: Son las que formulan imperativamente los deberes ordenados al bien sobrenatural del hombre, considerado este como criatura de Dios.
• Norma Jurídicas: Son aquellas que formulan imperativamente los deberes ordenados al perfeccionamiento de la vida social.
Norma Jurídica: Constituyen el principio arquitectónico del derecho, lo que da su forma y su sentido, el sistema mediante cual se ordenan los actos humanos a fin de que estos se ajusten a las exigencias y necesidades de la comunidad.
La Estructura Lógica de las Normas Jurídicas:
Se afirma que resulta totalmente imposible reducir todas las normas en un determinado modelo, ya que existen diversos tipos que son irreductible entre si, se puede decir que las normas jurídicas siempre impone una determinada conducta de acuerdo a como se produzcan los hechos.
Su estructura lógica puede ser fundamentada en:
• Supuesto hecho: Los deberes que constituyen la consecuencia o efecto básico de toda norma jurídica aparece siempre de tal manera que su nacimiento viene condicionado a que sen den determinadas circunstancias o supuestos, que la norma jurídica especifica. Es decir, están subordinados a la presencia del supuesto de hecho. El supuesto de hecho es toda aquella realidad que entra en la previsión de las normas jurídicas como condición para que se dé la consecuencia.
• Consecuencia jurídica: El contenido fundamental de toda norma jurídica es la determinación o imposición de la conducta que han de realizar los sujetos obligados en cada caso. Se afirma que la imposición de deberes es la consecuencia o efecto característico de las normas jurídicas, que conlleva a la imposición de deberes, reconocimiento o atribución de unos derechos correlativos, es frecuente que los partidarios de esta doctrina admitan que los derechos forman parte también de esa consecuencia.
• Sanción: Se denomina sanción a la consecuencia o efecto de una conducta que constituye infracción de una norma jurídica. Dependiendo del tipo de norma incumplida o violada, podemos estar en presencia de sanciones penales o penas; sanciones civiles; y sanciones administrativas. comúnmente se suele relacionar el expresión sanción con la Administración pública y el término pena se deja para el ámbito del Derecho penal.
Según Kelsen, la estructura adecuada de la norma quedaría representada por la fórmula: "Si es A, debe ser B", entendiendo que B es siempre una imposición de sanción y que A es una conducta a cuya realización está ligada la imposición de la sanción como deber-ser-jurídico. En este sentido, A es siempre un acto ilícito.
El Supuesto del Hecho
Es una premisa que, en el caso de que se cumpla, lleva a una o más consecuencias jurídicas. Se entiende por supuesto de hecho como la hipótesis de conducta que si se produce provocará la consecuencia y esta consecuencia jurídica que tiene por causal la subsunción de una conducta humana en el supuesto de hecho normativo.
Los deberes que constituye la consecuencia o efecto básico de toda norma jurídica aparece siempre de tal manera que su nacimiento viene condicionado a que se den determinadas circunstancia o supuestos, que la norma jurídica especifica, es decir, que están subordinado a la presencia del supuesto del hecho.
Nociones y Clases de Supuestos Jurídicos
• LA NORMA DE DERECHO Y LOS SUPUESTOS JURÍDICOS
Las normas jurídicas genéricas encierran siempre una o varias hipótesis, cuya realización da nacimiento a las obligaciones, los derechos que las mismas normas, respectivamente, imponen y otorgan. Hay una diferencia entre los supuestos morales y jurídicos.
1. SUPUESTOS MORALES: condicionan la producción de deberes
2. SUPUESTOS JURÍDICOS: engendran deberes y derechos
• SUPUESTOS JURÍDICOS Y CONSECUENCIAS DE DERECHO
Es una hipótesis normativa
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