La Responsabilidad Internacional De Las Empresas Por La Comisión De Crimenes Internacionales
Enviado por acasgo • 11 de Febrero de 2013 • 24.051 Palabras (97 Páginas) • 655 Visitas
“LA RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL PENAL DE LAS EMPRESAS POR LA COMISIÓN DE CRÍMENES INTERNACIONALES”
SUMARIO.- I.- CONSIDERACIONES GENERALES. 1.- INTRODUCCIÓN. 2.- PLANTEAMIENTO DE LA CUESTIÓN. II.- ¿EXISTE RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS? 1.- ANTECEDENTES HISTÓRICOS. 2.- REGULACIÓN ACTUAL DEL PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL INDIVIDUO. 3.- DERECHO COMPARADO 3.1.- REGULACIÓN PENAL DE LAS PERSONAS JURIDICAS 3.1.1. MODELO HOLANDÉS. 3.1.2.- MODELO FRANCÉS. 3.1.3.- MODELO ANGLO-AMERICANO. 3.2.- REGULACIÓN DE LA JURISDICCIÓN UNIVERSAL. 3.2.1.- JURISDICCIÓN UNIVERSAL EN BÉLGICA. 3.2.2.- JURISDICCIÓN UNIVERSAL EN ESTADOS UNIDOS. ALIEN TORT CLAIMS ACT COMO PARADIGMA 4.- DERECHO ESPAÑOL. 4.1. REGULACIÓN PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS. MODIFICACIÓN DEL CODIGO PENAL DE 1995. 4.2. REGULACIÓN DE LA JURISDICCIÓN UNIVERSAL EN LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL. 5.- LA CORTE PENAL INTERNACIONAL Y LA PERSECUCIÓN DE LAS EMPRESAS Y DEMÁS ACTORES ECONÓMICOS. 5.1.- LA PROPUESTA FRANCESA 5.2.- MOTIVOS DE NO INCLUSIÓN DE LA RESPONSABILIDAD DE LAS PERSONAS JURÍDICAS EN EL ESTATUTO DE ROMA. 5.3.- ¿INCLUSIÓN DE PERSONAS JURÍCAS EN EL ESTATUTO DE ROMA EN UN POSIBLE PROCEDIMIETO PENAL? III. CONCLUSIONES. IV. BIBLIOGRAFÍA.
RESUMEN:
El objeto de la presente artículo consiste en primer lugar, en realizar un estudio sistemático de la responsabilidad internacional penal de las empresas y otros actores económicos por la comisión de crímenes internacionales, teniendo en cuenta los antecedentes históricos, paradigmas internacionales y nacionales, y las causas de la no inclusión de dicha responsabilidad de las personas jurídicas, por parte de la Corte Penal Internacional.
En un segundo plano y finalmente, muy interrelacionado con lo ya señalado ut supra, voy a realizar un análisis de la situación actual de la exigencia de responsabilidad penal de las personas jurídicas, y en concreto, de las empresas, en el ámbito de la jurisdicción universal y las soluciones y jurisprudencia que se han dado en los Tribunales Internacionales y en el Derecho comparado.
PALABRAS CLAVES: EMPRESAS, RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL PENAL. CORTE PENAL INTERNACIONAL. DERECHO COMPARADO. JURISDICCIÓN UNIVERSAL. JUICIOS DE NUREMBERG.
ABSTRACT:
The main purpose on this doctrine article is a descriptive study about how has developed the question of the legal persons liability in the field international criminal law, when there has been committed an international crime, from Nuremberg to Rome Statute.
Secondly I would like to consider and study the several legal models that exist in the countries which historically have legislated the legal persons responsibility and universal jurisdiction.
So, I am going to realize a descriptive study about the several norms in the field of the Comparative Law, finding paradigms, like the Alien Tort Claims Act in USA, which help us to understand the public liability and public liability insurance of the companies in their commercial activities, or the case about the progressive and pioneer Dutch legal model about legal person responsibility. And finally the evolution and the complete turn about in the Belgium legal norms about the universal jurisdiction in the criminal liability field.
KEY WORDS: COMPARATIVE LAW.LEGAL PERSON LIABILITY. UNIVERSAL JURISDICTION. ROME STATUTE. NUREMBERG´S TRIALS.
I.- CONSIDERACIONES GENERALES
1.- INTRODUCCIÓN
El objeto de la presente artículo consiste en primer lugar, en realizar un estudio sistemático de la responsabilidad internacional penal de las empresas y otros actores económicos por la comisión de crímenes internacionales, teniendo en cuenta los antecedentes históricos, paradigmas internacionales y nacionales, y las causas de la no inclusión de dicha responsabilidad de las personas jurídicas, por parte de la Corte Penal Internacional.
Por tanto, la aportación principal a la investigación del presente trabajo es encontrar argumentos legales para la persecución penal internacional de las multinacionales y otros actores económicos en el ámbito de la Corte Penal Internacional por la comisión de crímenes internacionales. Es aquí, donde voy a centrar todos mis esfuerzos, puesto que es uno de los temas más discutidos actualmente en el ámbito de la responsabilidad internacional penal, ya que el concepto de persona jurídica y los efectos que pueden producir los actos realizados por la misma, se encuentra en una revisión profunda. Todo ello, debido, al auge que en un mundo globalizado ha supuesto la eliminación práctica de barreras para el comercio.
¿Va existir impunidad absoluta respecto a las acciones que se derivan de una empresa multinacional por el simple hecho de no ser persona individual? ¿En ocasiones, una persona jurídica no es considerada e identificada como un ser real y no ficticio? Es necesario pensar en Coca-cola, Nokia, Zara, etc. Son empresas tan presentes en nuestras vidas, que las decisiones que adopten van a afectar a una población que en mayor o menor medida dependen de ellas, o al menos, sus necesidades creadas.
En un segundo plano, muy interrelacionado con lo ya señalado ut supra, voy a realizar un análisis de la situación actual de la exigencia de responsabilidad penal de las personas jurídicas, y en concreto, de las empresas, en el ámbito de la jurisdicción universal y las soluciones y jurisprudencia que se han dado en los Tribunales Internacionales y en el Derecho comparado.
Estas son las preguntas básicas que quiero responder, sin perjuicio de que la idea que subyace es intentar aportar argumentos sobre todo legales, son olvidar los de justicia, para la persecución de actores económicos, cuando estos cometen crímenes internacionales vulnerando los derechos humanos, en la práctica de sus actividades y finalidades. Es decir, el intento de evitar la impunidad de estas entidades. Lo que se trata es de dar respuestas legales para no sólo detenerse en la persecución de sus directivos o funcionarios, sino también para evitar que el entramado que supone una empresa, no quede inmune cuando se realizan actividades ilícitas en su nombre.
El área del derecho en el que se ha de encuadrar este trabajo de investigación es en el del Derecho Internacional Penal, es decir, en el ámbito del Derecho Internacional Público, y no por tanto, en el campo del Derecho Penal Internacional. Es importante, destacar esta diferencia, puesto que no es una tesis de derecho penal, sino que está encuadrada desde el punto de vista del derecho internacional. Todo ello, sin perjuicio, de que se vayan a manejar instituciones que beban directamente
...