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NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 41


Enviado por   •  17 de Agosto de 2012  •  Trabajo  •  5.426 Palabras (22 Páginas)  •  700 Visitas

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NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 41 (NIC 41)

Agricultura

(Esta Norma Internacional de Contabilidad ha sido modificada por el Reglamento (CE) nº

2236/2004 de la Comisión, de 29 de diciembre de 2004)

(Esta Norma Internacional de Contabilidad ha sido modificada por el Reglamento (CE) nº

2238/2004 de la Comisión, de 29 de diciembre de 2004)

Esta Norma Internacional de Contabilidad fue aprobada, por el Consejo del IASC, en

diciembre de 2000, y tiene vigencia para los estados financieros que abarquen ejercicios

cuyo comienzo sea a partir del 1 de enero de 2003.

INTRODUCCIÓN

1. La NIC 41 establece el tratamiento contable, la presentación en los estados financieros y

la información a revelar relacionados con la actividad agrícola, que es un tema no cubierto

por otras Normas Internacionales de Contabilidad. La actividad agrícola es la gestión, por

parte de una empresa, de la transformación biológica de animales vivos o plantas (activos

biológicos) ya sea para su venta, para generar productos agrícolas o para obtener activos

biológicos adicionales.

2. La NIC 41 establece, entre otras cosas, el tratamiento contable de los activos biológicos a

lo largo del período de crecimiento, degradación, producción y procreación, así como la

valoración inicial de los productos agrícolas en el punto de su cosecha o recolección.

También exige la valoración de estos activos biológicos, según su valor razonable menos

los costes estimados en el punto de venta, a partir del reconocimiento inicial tras la

obtención de la cosecha, salvo cuando este valor razonable no pueda ser determinado de

forma fiable al proceder a su reconocimiento inicial. Sin embargo, la NIC 41 no se ocupa

del procesamiento de los productos agrícolas tras la recolección de la cosecha; por ejemplo

no trata del procesamiento de las uvas para obtener vino, ni el de la lana para obtener hilo.

3. Se presume que el valor razonable de los activos biológicos puede determinarse de forma

fiable. No obstante, esta presunción puede ser rechazada, en el momento del

reconocimiento inicial, solamente en el caso de los activos biológicos para los que no estén

disponibles precios o valores fijados por el mercado, siempre que para los mismos se haya

determinado claramente que no son fiables otras estimaciones alternativas del valor

razonable. En tal caso, la NIC 41 exige que la empresa valore estos activos biológicos

según su coste menos la amortización acumulada y las pérdidas acumuladas por deterioro

del valor. Una vez que el valor razonable de tales activos pueda valorarse con fiabilidad, la

empresa debe valorarlos según su valor razonable menos los costes estimados en el punto

de venta. En todos los casos, en el punto de cosecha o recolección, la empresa debe valorar

los productos agrícolas según su valor razonable menos los costes estimados en el punto de

venta.

4. La NIC 41 exige que los cambios en el valor razonable menos los costes estimados en el

punto de venta, de los activos biológicos, sean incluidos como parte de la ganancia o

pérdida neta del ejercicio en que tales cambios tienen lugar. En la actividad agrícola, el

cambio en los atributos físicos de un animal o una planta vivos aumenta o disminuye

directamente los beneficios económicos para la empresa. En el modelo de contabilidad de

costes históricos basado en las transacciones realizadas, una empresa que tenga una

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plantación forestal puede no contabilizar renta alguna hasta la primera cosecha o

recolección y posterior venta del producto, tal vez 30 años después del momento de la

plantación. Al contrario, el modelo contable que reconoce y valora el crecimiento biológico

utilizando valores razonables corrientes, informa de los cambios del valor razonable a lo

largo del ejercicio que transcurre desde la plantación hasta la recolección.

5. La NIC 41 no establece principios nuevos para los terrenos relacionados con la actividad

agrícola. En lugar de ello, la empresa habrá de seguir lo dispuesto en la NIC 16,

Inmovilizado Material, o la NIC 40, Inmuebles de Inversión, dependiendo de qué norma sea

más adecuada según las circunstancias. La NIC 16 exige que los terrenos sean valorados o

bien según su coste menos las pérdidas por deterioro del valor acumuladas, o bien por su

importe revalorizado. La NIC 40 exige que los terrenos, que sean inmuebles de inversión,

sean valorados según su valor razonable, o según su coste menos las pérdidas por deterioro

del valor acumuladas. Los activos biológicos que estén físicamente adheridos al terreno

(por ejemplo, los árboles en una plantación forestal) se valoran, separados del terreno,

según su valor razonable menos los costes estimados en el punto de venta.

6. La NIC 41 exige que las subvenciones oficiales incondicionales de las Administraciones

Públicas relacionadas con un activo biológico, valorado según su valor razonable menos los

costes estimados en el punto de venta, sean reconocidas como ingresos cuando, y sólo

cuando, tales subvenciones se conviertan en exigibles. Si la subvención oficial es

condicional, lo que incluye las situaciones en las que las Administraciones Públicas exigen

que la empresa no realice determinadas actividades agrícolas, la empresa debe reconocer la

subvención como ingreso cuando, y sólo cuando, se hayan cumplido las condiciones fijadas

por las Administraciones Públicas. Si la subvención oficial se relaciona con activos

biológicos valorados según su coste menos la depreciación acumulada y las pérdidas por

deterioro del valor acumuladas, se aplicará la NIC 20, Contabilización de las Subvenciones

Oficiales e Información a Revelar sobre Ayudas Públicas.

7. La NIC 41 tiene vigencia para los estados financieros que abarquen ejercicios cuyo

comienzo sea a partir del 1 de enero de 2003. Se aconseja su aplicación con anterioridad a

esa fecha.

8. En la NIC 41 no se establecen disposiciones transitorias. Los efectos de la adopción de la

NIC 41 se contabilizarán de acuerdo con la NIC 8, Cambios de Estimaciones, Errores y

Políticas Contables.

9. El Apéndice A ofrece ejemplos ilustrativos de la aplicación de la NIC 41. El Apéndice B,

Fundamento de las Conclusiones, resume las razones del Consejo para adoptar las

exigencias

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