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NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD


Enviado por   •  5 de Mayo de 2013  •  Tesina  •  7.460 Palabras (30 Páginas)  •  331 Visitas

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ANEXO 8

NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD

NIC N° 16

ACTIVO FIJO

(Modificada en 2008)

(IV Difusión)

ÍNDICE

Párrafos

Norma Internacional de Contabilidad Nº 16

Activo Fijo

OBJETIVO 1 ALCANCE 2-5 DEFINICIONES 6 RECONOCIMIENTO 7-14 Costos iniciales 11 Costos posteriores 12-14 VALORIZACIÓN EN EL MOMENTO DEL RECONOCIMIENTO 15-28 Componentes del costo 16-22 Valorización del costo 23-28 VALORIZACIÓN POSTERIOR AL RECONOCIMIENTO 29-66 Modelo del costo 30 Modelo de revalorización 31-42 Depreciación 43-62 Monto a depreciar y período de depreciación 50-59 Método de depreciación 60-62 Deterioro del valor 63 Compensación por deterioro del valor 65-66 ELIMINACIÓN DE LAS CUENTAS 67-72 INFORMACIÓN A REVELAR 73-79 DISPOSICIONES TRANSITORIAS 80 FECHA DE VIGENCIA 81-81A DEROGACIÓN DE OTROS PRONUNCIAMIENTOS 82-83

Norma Internacional de Contabilidad Nº 16

Activo Fijo

Objetivo

1 El objetivo de esta Norma es establecer el tratamiento contable aplicable al activo fijo, de forma que los usuarios de los estados financieros puedan conocer la información acerca de la inversión que la entidad tiene en activo fijo, así como los cambios que se hayan producido en dicha inversión. Los principales problemas que presenta el reconocimiento contable del activo fijo son la contabilización de los activos, la determinación de su valor de libros y los cargos por depreciación y pérdidas por deterioro que deben reconocerse con relación a los mismos.

Alcance

2 Esta Norma debe ser aplicada en la contabilización del activo fijo, salvo cuando otra Norma exija o permita un tratamiento contable diferente.

3 Esta Norma no se aplicará a:

(a) los activos fijos clasificados como mantenidos para la venta de acuerdo con la NIIF 5 Activos No Corrientes Mantenidos para la Venta y Operaciones Descontinuadas;

(b) los activos biológicos relacionados con la actividad agrícola (ver la NIC 41 Agricultura);

(c) el reconocimiento y valorización de activos para exploración y evaluación (ver la NIIF 6 Exploración y Evaluación de Recursos Minerales); o

(d) los derechos mineros y reservas minerales tales como petróleo, gas natural y recursos no renovables similares.

No obstante, esta Norma será de aplicación a los activos fijos utilizados para desarrollar o mantener los activos descritos en los párrafos (b) al (d).

4 Otras Normas pueden obligar a reconocer una determinada partida del activo fijo de acuerdo con un tratamiento diferente al exigido en esta Norma. Por ejemplo, la NIC 17 Arrendamientos exige que la entidad evalúe si tiene que reconocer una partida de activo fijo sobre la base de la transferencia de los riesgos y beneficios. Sin embargo, en tales casos, el resto de aspectos sobre el tratamiento contable de los citados activos, incluyendo su depreciación, se guiarán por los requerimientos de la presente Norma.

5 Una entidad aplicará esta disposición a las propiedades que estén siendo construidas o desarrolladas para su uso futuro como propiedades de inversión, pero que no satisfacen todavía la definición de ‘propiedad de inversión’ definida en la NIC 40 Propiedades de Inversión. Una vez que se haya completado la construcción o el desarrollo, la propiedad pasará a ser una inversión inmobiliaria y la entidad estará obligada a aplicar la NIC 40. La NIC 40 también se aplica a las propiedades de inversión que estén siendo reacondicionadas, con el fin de seguir utilizándolas en el futuro como propiedades de inversión. La entidad que utiliza el modelo del costo para las propiedades de inversión, de acuerdo con la NIC 40, deberá utilizar el modelo del costo al aplicar esta Norma.

Definiciones

6 Los siguientes términos se usan, en la presente Norma, con el significado que a continuación se especifica:

Valor de libros es el valor por el que se reconoce un activo, una vez deducidas cualquier depreciación acumulada y pérdidas por deterioro acumuladas.

Costo es el monto de efectivo o efectivo equivalente pagado, o el valor justo de la contraprestación entregada, para comprar un activo en el momento de su adquisición o construcción o, cuando sea aplicable, el valor atribuido a ese activo cuando sea inicialmente reconocido de acuerdo con los requerimientos específicos de otras NIIF, por ejemplo, de la NIIF 2 Pagos Basados en Acciones.

Valor a depreciar es el costo de un activo, o el valor que lo haya sustituido, menos su valor residual.

Depreciación es la distribución sistemática del valor a depreciar de un activo a lo largo de su vida útil.

Valor específico para la entidad es el valor actual de los flujos de efectivo que la entidad espera recibir por el uso continuado de un activo y por la enajenación del mismo al término de su vida útil. De existir un pasivo, es el valor actual de los flujos de efectivo en que se espera incurrir para liquidarlo.

Valor justo es el monto por el cual podría ser intercambiado un activo, entre partes interesadas y debidamente informadas, en una transacción realizada en condiciones de independencia mutua.

La pérdida por deterioro es el monto en que excede el valor de libros de un activo a su monto recuperable.

Los activos fijos son activos tangibles que:

(a) posee una entidad para su uso en la producción o suministro de bienes y servicios, para arrendarlos a terceros o para fines administrativos; y

(b) se esperan usar durante más de un período.

Monto recuperable es el mayor entre el precio de venta neto de un activo y su valor de uso.

El valor residual de un activo es el monto estimado que la entidad podría obtener actualmente por enajenar el activo, después de deducir los costos estimados por tal enajenación, si el activo ya hubiera alcanzado la antigüedad y las demás condiciones esperadas al término de su vida útil.

Vida útil es:

(a) el período durante el cual se espera utilizar el activo a depreciar por parte de la entidad; o bien

(b) el número de unidades de producción o similares que se espera obtener del mismo por parte de la entidad.

Reconocimiento

7 El costo de una partida del activo fijo se reconocerá como activo si, y sólo si:

(a) sea probable que la entidad obtenga los beneficios económicos futuros derivados del mismo; y

(b) el costo del activo para la entidad pueda ser valorizado con fiabilidad.

8 Los repuestos y el equipo auxiliar se contabilizan habitualmente como existencias y se reconocen en utilidad o pérdida del período cuando se consumen. Sin embargo, los repuestos importantes y el equipo de mantenimiento permanente, que la entidad espere utilizar durante más de un período, cumplen las condiciones

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