Norma Internacional de Contabilidad 38
Enviado por DFreitasSilvana • 8 de Agosto de 2012 • 807 Palabras (4 Páginas) • 418 Visitas
Norma Internacional de Contabilidad 38
Activos intangibles
Esta Norma señala la contabilización y la información financiera a proporcionar en el caso de los activos intangibles, siempre que no estén tratados específicamente por otra Norma Internacional de Contabilidad. La NIC 38 no es de aplicación a los activos financieros, a las concesiones sobre minas y yacimientos, así como a los gastos de operación, desarrollo y extracción de minerales, petróleo, gas natural y otros recursos naturales no renovables, ni tampoco a los activos intangibles que surgen en las compañías de seguro por causa de las pólizas mantenidas con los asegurados. La NIC 38 se aplica, entre otras partidas, a los desembolsos realizados en publicidad, formación del personal, puesta en marcha de la actividad y a los producidos por las actividades de investigación y desarrollo.
Del mismo modo aporta un marco de conceptualizaciones entre los cuales define un activo intangible como un activo identificable, de carácter no monetario y sin apariencia física, que se tiene para ser utilizado en la producción o suministro de bienes y servicios, para ser arrendado a terceros o para funciones relacionadas con la administración de la entidad. También señala que un activo es un recurso:
(a) controlado por la empresa como resultado de sucesos pasados, y
(b) del que se espera obtener, en el futuro, beneficios económicos para la entidad.
La NIC 38 exige que la empresa reconozca en sus estados financieros el activo intangible (al costo) si, y sólo si:
(a) es probable que los beneficios económicos futuros, que se han atribuido al mismo, lleguen a la empresa, y
(b) el costo del activo puede ser medido de forma fiable.
Estos requisitos son de aplicación tanto en el caso de que el activo intangible haya sido adquirido a terceros, como en el caso de que se haya generado internamente. En la NIC 38 se incluyen algunos criterios adicionales para proceder al reconocimiento de activos intangibles generados internamente por la empresa.
Por otra parte especifica que, cuando se han generado internamente, las marcas, cabeceras de periódicos o revistas, los sellos o denominaciones editoriales, listas de clientes u otras partidas similares en esencia, no deben ser reconocidas en ningún caso como activos. Este mismo tratamiento debe aplicarse a la plusvalía generada internamente.
Una vez que se realice el reconocimiento inicial, la NIC 38 exige que los activos intangibles sean medidos utilizando uno de los dos siguientes tratamientos:
(a) Tratamiento por punto de referencia: costo menos amortización acumulada y cualquier deterioro acumulado del valor del activo, o bien
(b) Tratamiento alternativo permitido: valor revaluado menos la amortización acumulada, practicada con posterioridad, y cualquier deterioro del valor del activo posterior a la
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