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La Superintendencia De Seguros


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2014  •  2.094 Palabras (9 Páginas)  •  386 Visitas

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1. ¿Qué es la Superintendencia de la Actividad Aseguradora?

La actividad aseguradora es uno de los tres pilares de los mercados financieros, junto con la actividad bancaria y el mercado de valores.

Su importancia estratégica, social y económica lleva a que estén sometidas a estricta supervisión administrativa con reglas propias de funcionamiento, control e inspección, como también al control estatal a través de las legislaciones y superintendencia creada para tal fin. Las empresas de seguros actúan como intermediarios financieros con unas características especiales que las diferencian de las restantes empresas financieras.

La actividad que desempeña la aseguradora es la de una operación con ánimo de lucro, a través de las aportaciones de muchos sujetos expuestos a eventos económicos desfavorables, para destinar lo así acumulado, a los pocos a quienes se presenta la necesidad. Sigue el principio de mutualidad, buscando la solidaridad entre un grupo sometido a riesgos. Esta mutualidad se organiza empresarialmente creando un patrimonio que haga frente a los riesgos. El efecto desfavorable de estos riesgos en su conjunto queda aminorado sustancialmente, porque los riesgos individuales se compensan: sólo unos pocos asegurados los sufren, frente a los muchos que contribuyen al pago de la cobertura. Ello permite una gestión estadística del riesgo, desde el punto de vista económico, aunque se conserve individualmente desde el punto de vista jurídico.

2. Función de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora

Su función es la inspección, supervisión, vigilancia, fiscalización, regulación y control de la actividad aseguradora y en especial de las empresas de seguros y de reaseguros constituidas en Venezuela, de los productores de seguros, de los ajustadores de pérdidas, de los peritos evaluadores, de los inspectores de riesgos, de las sociedades de corretaje de reaseguros y de las representaciones de empresas de reaseguros constituidas en el exterior.

3. Atribuciones de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora

De conformidad con la Ley de La Actividad Aseguradora, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.990 Extraordinario, de fecha jueves 29 de julio de 2010 en su Artículo 5, se cita:

Son atribuciones de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora:

• Ejercer la potestad regulatoria para el control, vigilancia previa, concomitante y posterior, supervisión, autorización, inspección, verificación y fiscalización de la actividad aseguradora, en los términos establecidos en la presente Ley y su Reglamento.

• Garantizar a las personas el libre acceso a los productos, bienes y servicios objeto de la presente Ley y proteger los derechos e intereses de los tomadores, asegurados, beneficiarios o contratantes respecto de los sujetos regulados.

• Establecer el sistema de control, vigilancia, supervisión, regulación, inspección y fiscalización de la actividad aseguradora, bajo los criterios de supervisión preventiva e integral y adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de esta Ley, su Reglamento y normas prudenciales.

• Intervenir y liquidar administrativamente a los sujetos regulados en los términos establecidos en la presente Ley y su Reglamento.

• Promover la participación ciudadana en defensa de los derechos de los contratantes, asociados, tomadores, asegurados y beneficiarios.

• Llevar a cabo procedimientos de conciliación como mecanismo alternativo de solución de conflictos.

• Efectuar anualmente, en el curso del primer semestre de cada año, las publicaciones que estime necesarias a fin de dar a conocer la situación de la actividad aseguradora y de los sujetos regulados, especialmente en lo relativo a primas, siniestros, reservas técnicas, margen de solvencia, patrimonio propio no comprometido, condiciones patrimoniales y el número de sanciones impuestas a los sujetos regulados, así como de las personas que se haya determinado que han realizado operaciones reguladas por la presente Ley sin estar autorizadas para ello.

• Establecer vínculos de coordinación y cooperación con otros entes u órganos de la Administración Pública Nacional, así como con autoridades de supervisión de otros países, a los fines de fortalecer los mecanismos de control, actualizar las regulaciones preventivas e intercambiar informaciones; a tal efecto se coordinará con el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Relaciones exteriores.

• Las demás que le atribuyan la presente Ley, otras Leyes y reglamentos.

4. ¿Con qué Patrimonio funciona la Superintendencia de la Actividad Aseguradora?

El patrimonio de la Superintendencia de Seguros estará formado por:

• El aporte especial al que se contrae el artículo 23 de La Ley:

(Artículo 23. Las empresas de seguros están obligadas al pago de un aporte especial afectado al funcionamiento de los servicios técnicos y demás operaciones de la Superintendencia de Seguros. El aporte será imputado como un gasto realizado por la aportante en el ejercicio dentro del cual sea efectuado. El Ministro de Hacienda y el Superintendente de Seguros, velarán porque el total aportado por las empresas de seguros sea suficiente para cubrir el presupuesto de la Superintendencia en el ejercicio fiscal correspondiente.)

• Los aportes que le acuerde el Estado

• Las donaciones y legados que le sean hechos por personas naturales o jurídicas.

5. Qué órganos del estado controlan la Superintendencia de la Actividad Aseguradora?

Ministerio del Poder Popular d Economía, Finanzas y Banca Pública.

6. Diga los ingresos de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora

Los ingresos de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora están conformados por:

• Las contribuciones especiales aportadas por los sujetos regulados.

• Las asignaciones establecidas en la Ley del Presupuesto para el Ejercicio Fiscal correspondiente a cada año.

• Las asignaciones otorgadas por operaciones de crédito público tramitadas por el Ejecutivo Nacional conforme a la ley.

• Los productos generados por la inversión o administración de sus activos.

• Las donaciones o legados.

• Todos aquéllos que por cualquier causa legal sean afectados al patrimonio de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora.

7. Indique los objetivos de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora

• Velar por los intereses de los tomadores, asegurados y beneficiarios de los contratos de seguros, de reaseguros, los contratantes de los servicios de medicina prepagada y de los asociados de las cooperativas, creando condiciones que faciliten

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