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La Superintendencia Nacional De Fiscalización Laboral


Enviado por   •  18 de Octubre de 2013  •  Ensayo  •  342 Palabras (2 Páginas)  •  648 Visitas

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LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL

De conformidad con la Ley N° 29981

El 15 de enero de 2013 se promulgó la Ley N° 29981, ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL). Esta misma ley modifica la Ley N° 28806 “Ley General de Inspección del Trabajo” y también la Ley N° 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”.

Esta nueva entidad creada es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) que cumplirá el rol de autoridad central y ente rector del Sistema de Inspección del Trabajo, de conformidad con las políticas y planes nacionales y sectoriales, así como con las políticas institucionales y los lineamientos técnicos del MTPE, tal como lo venía haciendo la Dirección General de Inspección de dicha entidad.

La SUNAFIL es ahora la autoridad central del Sistema de Inspección del Trabajo y como tal dictará normas y establecerá procedimientos para asegurar el cumplimiento de las políticas públicas en su competencia, con la participación de otras entidades del Estado y los gobiernos regionales.

La SUNAFIL tendrá las siguientes responsabilidades: Promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento de las normas jurídicas sociolaborales y de seguridad y salud en el trabajo. Brindar asesoría técnica Realizar investigaciones Proponer la emisión de normas sobre dichas materias

La SUNAFIL desarrollará y ejecutará todas las funciones y competencias establecidas en el artículo 3° de la Ley N° 28806 “Ley General de Inspección del Trabajo” en el ámbito nacional, tanto en Lima como en provincias. Es decir, realizará funciones de vigilancia y exigencia de cumplimiento sobre relaciones laborales, seguridad y salud en el trabajo, empleo y colocación, empresas de intermediación laboral y empresas usuarias, promoción y formación para el trabajo, contratación de extranjeros, seguridad Social, etc.

Los Gobiernos Regionales desarrollarán y ejecutarán dentro de su respectivo ámbito territorial (provincias), todas las funciones y competencias señaladas en el artículo antes citado pero únicamente con relación a las microempresas (formales o no) y de acuerdo a cómo lo defina el reglamento de la Ley N° 29981, el cual deberá ser promulgado en el mes de marzo de 2013.

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