SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE REGISTROS PUBLICOS
Enviado por • 24 de Abril de 2013 • Tesis • 1.994 Palabras (8 Páginas) • 3.182 Visitas
Contenido
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE REGISTROS PUBLICOS 2
INTRODUCCION 2
DESARROLLO 2
CONCEPTO 2
FUNCIONES 3
TIPOS DE REGISTROS 4
PUBLICIDAD 6
COMENTARIO 9
REFERENCIA 9
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE REGISTROS PUBLICOS
INTRODUCCION
La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, es un organismo descentralizado y autónomo del sector justicia, que se constituye, conforme a ley, como el ente rector del sistema nacional de los registros públicos a nivel nacional. Fue creada el 16 octubre de 1994 mediante ley N° 26366.
Tiene por finalidad dictar las políticas y normas técnico administrativas de los Registros Públicos. Está encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional y que han tenido acogida al cumplir los requisitos de Ley.
• Este se divide en Sede central, 13 zonas registrales, 58 oficinas registrales, 30 oficinas receptoras y 1625 trabajadores, los cuales están divididos en diferentes provincias del Perú.
DESARROLLO
CONCEPTO
La institución registral, tiene su trascendencia en todo estado organizado por cuanto debe cumplir con otorgar seguridad jurídica al intercambio de bienes, al tráfico inmobiliario, mercantil, y al universo de actos jurídicos susceptibles de inscripción; de allí, la importancia de los servicios inscriptorios y de publicidad que ofrecen en su organización y desarrollo económico en el país es indiscutible.
Esta institución, en la actualidad se halla bajo la administración de la sunarp, formando parte del sistema nacional de los registros públicos, que persigue mantener y preservar la unidad de la función registral en todo el país, vinculando lo jurídico registral a los registros de todos los sectores públicos
La SUNARP tiene como finalidad dictar las políticas y normas técnico administrativas de los registros públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los registros públicos que integran el sistema nacional y que han tenido acogida al cumplir los requisitos de ley.
Es un organismo descentralizado autónomo del sector justicia y ente rector del sistema nacional de los registros públicos.
Posee:
• Personería jurídica de derecho público.
• Patrimonio propio.
• Autonomía funcional, jurídico registral, técnica, económica, financiera y administrativa.
Misión
Otorgar seguridad jurídica al ciudadano a traves del registro y publicidad de derechos y titularidades en forma eficiente y transparente.
Visión
Ser una institución referente a nivel internacional, altamente tecnificada, proactiva confiable y con presencia efectiva en todo el territorio nacional. Brindando servicios registrales de calidad a satisfacción del ciudadano.
FUNCIONES
La sunarp tiene las funciones y atribuciones generales siguientes:
a. Dictar las políticas y normas técnico-administrativas de los registros públicos que integran el sistema nacional.
b. Planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los registros que conforman el sistema.
c. Planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar el proceso de simplificación, integración y modernización de los registros que forman parte del sistema.
d. Ejecutar actividades de formación, capacitación y entrenamiento de los registradores públicos y demás personal de los registros que integran el sistema.
e. Aprobar la estructura orgánica de los registros que conforman el sistema.
f. Normar y ejecutar las actividades de procesamiento de datos y racionalización administrativa.
g. Celebrar convenios con entidades del sector público o del sector privado, nacional, internacional o de cooperación técnica internacional, con el propósito de promover, desarrollar proyectos relacionados con el sistema registral del país.
h. Supervisar el correcto empleo de los recursos provenientes de los convenios referidos en el inciso.
i. Contratar servicios no personales de terceros o celebrar contratos de trabajo sujetos a modalidad que coadyuven el cumplimiento de los objetivos de la sunarp o permitan una mayor eficiencia en el desarrollo de sus funciones.
j. Las demás que establezca la ley.
TIPOS DE REGISTROS
Conforme lo establece el artículo segundo de la ley 26366 de creación del sistema nacional de los registros públicos, esto son:
a. Registro de personas naturales: Es el Registro responsable de la inscripción y publicidad de actos y contratos referidos a personas naturales; por lo que unifica a los siguientes Registros:
• Registro de Mandatos y Poderes: Se inscriben los mandatos y poderes otorgados por personas naturales, sus modificaciones, extinciones, entre otros actos.
• Registro de Testamentos: Se inscriben los otorgamientos de testamentos, sus modificaciones, ampliaciones, revocaciones y otros actos.
• Registro de Sucesiones Intestadas: Se inscriben las anotaciones preventivas de las solicitudes o demandas de sucesiones intestadas, así como las actas notariales y sentencias que declaran la sucesión intestada.
• Registro Personal: Se inscriben divorcios, separación de patrimonios y sustitución, declaraciones de insolvencia, entre otros actos.
• Registro de Comerciantes: Se inscriben a las personas naturales que se desempeñan como comerciantes.
• Registro de Gestión de Intereses: Se inscribe el Gestor Profesional, la prórroga de su inscripción, los actos de gestión, los actos de gestión del Gestor de Interés Propio, entre otros actos.
b. Registro de personas jurídicas, Es el Registro encargado de la inscripción y publicidad de los actos y contratos referidos a Personas Jurídicas. unifica los siguientes registros:
• Registro de Personas Jurídicas: En el que se inscriben las asociaciones, fundaciones, cooperativas, comunidades campesinas y nativas, entre otras, y los actos relacionados a ellos.
• Hidrocarburos: En este Registro se inscriben entre otros actos los contratos de contratistas y subcontratistas de servicios petroleros, así como los contratos de servicios de explotación.
• Registro de Sociedades: Se inscriben sociedades anónimas, sociedades comerciales de responsabilidad
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