Superintendencia Nacional De Cooperativas SUNACOOP
Enviado por diulamaria • 21 de Enero de 2014 • 2.098 Palabras (9 Páginas) • 941 Visitas
Superintendencia Nacional de Cooperativas
¿Qué es?
La Superintendencia Nacional de Cooperativas, es un organismo adscrito al Ministerio para la Economía Popular, al que por ley le corresponde la legalización, registro, supervisión y promoción de las cooperativas en Venezuela.
SUNACOOP es la entidad del Estado que tiene como objetivo impulsar, apoyar y fomentar la economía cooperativa en el país.
Para ello, desarrolla una serie de programas de fortalecimiento a las cooperativas existentes mediante la generación de espacios de encuentro, intercambios y posicionamiento del movimiento cooperativo.
A su vez, su deber es el de servir como soporte a las personas o grupos de personas que tienen una idea a desarrollar y requieren de una asesoría más especializada bien sea a nivel económico, jurídico u operativo.
Funciones
Según el artículo 81 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas, se contempla lo siguiente:
“La Superintendencia Nacional de Cooperativas tiene las siguientes funciones:
1. Ejercer la fiscalización de las cooperativas de acuerdo con lo establecido en esta Ley.
2. Organizar un servicio de información sobre las cooperativas con objeto de facilitar el control de las mismas.
3. Imponer sanciones a las cooperativas de conformidad con las disposiciones de esta Ley.
4. Coordinar con otros organismos competentes la ejecución de las políticas de control en materia cooperativa.
5. Dictar, dentro del marco de sus competencias, las medidas que fueren necesarias para el cumplimiento de sus funciones.
6. Emitir las certificaciones a las que se refiere esta Ley.
7. Remitir a los organismos de integración la información y los documentos relacionados con las cooperativas afiliadas para que estos organismos coadyuven en la corrección de las irregularidades detectadas.
8. Las demás que establezca esta Ley.” A estas disposiciones legales, también se le deben sumar las siguientes actividades:
• Tener el registro de Cooperativas existentes en el país.
• Asistir a las reuniones de los órganos administrativos y Asambleas de las cooperativas con derecho de voz pero sin voto.
• Promover el desarrollo, fomento y educación cooperativa.
• Proporcionar asesoramiento y ayuda técnica a las cooperativas y grupos en formación.
• Servir de órgano de consulta para la correcta interpretación de la Ley y sus Reglamentos.
• Trabajar conjuntamente con los Organismos de Integración para lograr el crecimiento y el buen funcionamiento de las cooperativas.
PERSONAL
Estructura Organizativa de SUNACOOP
• Dirección de Gestión Cooperativa y Desarrollo Económico: Se encarga de hacerle seguimiento y control a la gestión de las cooperativas. Para ello, diseña sistemas de dirección social y fiscalización, concreta alianzas con otras instituciones del Estado y promueve encuentros estadales entre instituciones públicas y privadas. Esto, a fin de fortalecer la economía social.
• Dirección de Educación e Investigación: Esta dirección tiene como objetivo impulsar y fortalecer el movimiento cooperativo nacional promoviendo y coordinando en su seno políticas educativas, abriendo escenarios de discusión e intercambio de experiencias y generando una línea de investigación que facilite el posicionamiento de una línea editorial. Esto, con el propósito de promover sus valores y principios como un referente cultural.
• Consultoría Jurídica: La Dirección de Consultoría Jurídica de la SUNACOOP, tiene como objetivos: velar por la correcta interpretación de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas a través de consultas, admitir denuncias, iniciar procesos sancionatorios, tomar decisiones de tipo administrativas y participar en mesas de diálogo entre cooperativistas para asesorarlos en cuanto a la consecución de soluciones a sus conflictos legales. Su labor, es la de brindar apoyo legal en el marco de la estrategia pedagógica de la Institución y formar continuamente en materia de Cooperativismo y Contraloría Social.
• Dirección de Soporte Administrativo: Esta dependencia cumple la función de atender todos los requerimientos administrativos de la Superintendencia Nacional de Cooperativas.
• Coordinación Seguimiento y Control de Gestión: Esta oficina se concentra en el fortalecimiento de la SUNACOOP y en la sistematización, consecución y vigilancia de sus objetivos estratégicos.
• A su vez, promueve la participación protagónica de las comunidades organizadas en la consolidación del cooperativismo.
• Coordinación del Programa Comunidad Cooperativista: Tiene como finalidad planificar el acercamiento de la Superintendencia Nacional de Cooperativas a los estados y establecer vínculos permanentes con actores regionales. Para ello, desarrolla instrumentos políticos y programáticos para descentralizar la gestión de la SUNACOOP y elabora un plan para la instalación de los Consejos Cooperativos Estadales.
• Coordinación de Estrategia Comunicacional: Entre las funciones de esta coordinación se destacan: las de posicionar a la SUNACOOP, desarrollar una política comunicacional para la divulgación de los avances de gestión a través de material periodístico e impulsar una red comunicacional para promover los avances de los movimientos cooperativistas dentro de los medios de comunicación nacional.
Para alcanzar estos objetivos, la Coordinación de Estrategia Comunicacional: desarrolla campañas institucionales, diseña contenido informativo sobre cooperativismo para la difusión de sus valores y articula vínculos entre medios de comunicación, organismos del estado y movimiento cooperativista.
• Oficina de Tecnologías de la Información: Esta oficina se encarga de fortalecer la plataforma tecnológica en materia de información y comunicación. Para ello, impulsa alianzas interinstitucionales que permitan consolidar este armazón para ofrecer apoyo tecnológico a las distintas dependencias de la SUNACOOP.
PROCESO DE INTERVENCIÓN DE UNA COOPERATIVA
Es un proceso con carácter de sanción temporal ordenado por la SUNACOOP para regularizar el funcionamiento de una cooperativa cuando se determine en ella riesgos graves para su existencia por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley, incumplimiento de obligaciones dictadas por la SUNACOOP o cuando persistan en las acciones que han sido multadas.
La intervención será precedida por un interventor o comisión interventora, la cual tendrá las más amplias facultades para regularizar para regularizar el funcionamiento de las demás instancia de la cooperativa
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