La Suprema Corte, admite el recurso extraordinario y confirma la sentencia que fue materia de recuso
Enviado por Lucila Valente • 27 de Septiembre de 2015 • Apuntes • 575 Palabras (3 Páginas) • 147 Visitas
1) La revista Gente publicó en su tapa nº 842, con fecha 10/10/1982, una fotografía que mostraba al doctor Ricardo Balbín agonizante, en la sala de cuidados intensivos, de la Clínica en la cual era atendido.
Su esposa e hijo, iniciaron la demanda correspondiente contra Editorial Atlántida S.A., sobre daños y perjuicios, con el objeto de resarcir el sufrimiento, la perturbación de su tranquilidad y la mortificación causada, por la violación de su intimidad.
2) El 11 de diciembre de de 1984, en la sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, el magistrado de primera instancia hizo lugar a la demanda, por lo cual la accionada apeló la sentencia y expresó los siguientes agravios: a) que la sentencia del juez no estuvo fundada en derecho, sino que ha sido una reacción emocional; b) que su parte no actuó “arbitrariamente”, pues medió una razón periodística, referida a una persona pública, que por lo tanto ha renunciado – en cierto modo – a su intimidad: c) que el juez no ha analizado en profundidad la cuestión, pues dice que cuando hay un aparente conflicto entre dos garantías fundamentales debe privar la que resguarda la libertad de prensa, y d) que la indemnización que prevé el art. 1071 bis no tiene carácter sancionatorio.
El expediente pasa a la instancia de Cámara para resolver los agravios conferidos por la parte demandada.
La Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, confirmó la sentencia dictada en primera instancia – que perseguía la reparación de los daños y perjuicios ocasionados por la violación del derecho a la intimidad del doctor Ricardo Balbín -, con los siguientes argumentos: a) Que el Juez de primera instancia ha analizado e interpretado correctamente el tema de la intimidad, los accionados no han acreditado contar con la autorización del enfermo, ni de sus familiares, para la obtención y posterior publicación de la fotografía cuestionada; b) Que la garantía de la libertad de prensa, como ningún otro derecho no es absoluto, ni debe interpretarse de manera que anule o contradiga a otros; c) Considera la reparación del daño en los términos del art. 1071 bis.
La parte demandada interpone recurso extraordinario, por considerar que el fallo resulta violatorio de los arts. 14 y 32 de la Constitución Nacional.
La Suprema Corte, admite el recurso extraordinario y confirma la sentencia que fue materia de recuso.
Se hizo lugar a la demanda de daños y perjuicios promovida por la viuda de Balbín, al publicarse una foto de Ricardo Balbín agonizando, dicha foto fue obtenida sin autorización, y no en una ocasión pública, por lo tanto la Editorial Atlántida S.A. fue condenada y tuvo que indemnizar a la esposa del político.
3) Opinión del Procurador General de la Nación:
El Procurador General se pronunció claramente a favor del derecho a la intimidad de Balbín, explicando
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