La Transaccion
Enviado por 983388244 • 27 de Octubre de 2014 • 7.104 Palabras (29 Páginas) • 232 Visitas
TEMA: OBLIGACIONES: DERECHO CIVIL IV
TRANSACCIÓN EN NUESTRO PAIS PERU
ÍNDICE
I. LA TRANSACCIÓN
1.1. CONCEPTO DE TRANSACCIÓN SEGÚN ALGUNOS AUTORES
1.1.1. LEGISLACIÓN COMPARADA
1.2. ANÁLISIS DE TRANSACCIÓN SEGÚN LA LEGISLACIÓN PERUANA
1.3. CARACTERÍSTICAS DE LA TRANSACCIÓN
a). Es un Acto Jurídico Bilateral
b). Debe versar sobre asuntos Dudosos o Litigiosos
c). Existencia de concesiones recíprocas
d). Renuncia de las Partes
e). Es un Acta Indivisible
f). Sólo extingue Derechos Patrimoniales
g). Debe constar por escrito bajo Sanción de Nulidad.
1.4. CLASES DE TRANSACCIÓN
a). Cómo Acto Jurídico Bilateral
b). Transacción Judicial
c). Transacción Extrajudicial
1.5. VALOR DE LA TRANSACCIÓN
1.6. NATURALEZA JURÍDICA DE LA TRANSACCIÓN
a). La Transacción concebida como un Acto Jurídico
1b). La Transacción concebida como un Contrato
VIII. ANEXOS
8.1. JURISPRUDENCIAS
a). Transacción fuera del Juicio
b). Si por Transacción se suspendió la Ejecución de la Hipoteca
CONCLUSIONES
INTRODUCCIÓN
Lo que este trabajo de investigación se propone en general es conocer con mayor grado de certeza y análisis, el aspecto material y necesario de algunas instituciones jurídicas que contiene nuestro Código Civil en materia de Obligaciones. Con el objetivo de poder utilizarlas a lo largo de toda nuestra vida, ya que estarán presenten en cualquier actividad jurídica y social que queramos realizar.
Hemos planteado para este análisis una serie de puntos importantes que describen en esencia la utilidad y la necesariedad del derecho de obligaciones; comenzaremos con descubrir la importancia y el contenido que tiene la Transacción, es decir identificar qué aspectos regulaba y como se manifiesta en la vida del hombre, con el fin de hacer un análisis de los aspectos que implica.
Como aspecto adicional a este trabajo hemos colocado acápites esenciales para profundizar y entender mejor estos temas, tal como: la colocación de Jurisprudencias de cada tema, la legislación comparada también y un vocabulario técnico jurídico sobre términos que desconocíamos.
Para terminar queremos manifestar que a pesar de la retardada información que obtuvimos, consideramos que lo que se logró realizar es un buen trabajo, en orden, contenido y esencia. El cual a continuación pasaremos a desarrollar.
DEDICATORIA:
A los jóvenes estudiantes de Derecho de las Universidades que tienen aspiraciones de lograr un Perú mejor en la Justicia, Igualdad y Respeto, contando siempre con la ayuda de las Leyes y nuestras Instituciones Jurídicas, utilizadas como un arma para contrarrestar el abuso y alcanzar la paz social.
1.- TRANSACCIÓN
1.1. CONCEPTO DE TRANSACCIÓN SEGÚN ALGUNOS AUTORES
• León Barandiarán:
Expresa que la transacción debe versar sobre algún punto dudoso o litigioso. Esto es lo característico de la institución. Dudoso, o sea, controvertido, susceptible de originar un litigio que se previene litigioso, o sea, ya sometido a instancia judicial, a pleito, al que se pone término.
• Guillermo A. Borda:
La transacción es el acto de virtud del cual las partes, haciéndose concesiones recíprocas, extinguen obligaciones litigiosas o dudosas, obligándose a renunciar parcialmente a sus derechos a cambio de conseguir su reconocimiento a su pago inmediato.
• Luis Romero Zavala:
La primera pregunta a formularse es si se trata o no de un contrato. Y así parece ser porque requiere de un acuerdo entre las partes. No hay transacción impuesta. Es producto de la voluntad. Sin embargo también suele considerársele como un medio de extinción de las obligaciones; medio indirecto por no haber pago. La transacción no hace lugar al pago por muy fuerte que sea el deseo del deudor.
1.1.1 LEGISLACIÓN COMPARADA:
El Código Brasileño de 1916, señala en su artículo 1.035 que solo en cuanto a derechos patrimoniales de carácter privado se permite la transacción, el código vigente del año 2003 en su artículo 841 está redactado de manera similar.
• Por su parte el Código de Portugal en su artículo 841 está redactado de manera similar las partes no pueden transigir sobre derechos de los que no es permitido disponer
• El Código Argentino en su artículo 1249, del Capítulo denominado Del Objeto de las Transacciones, señala las cosas que están fuera del comercio, y los derechos que no son susceptibles de ser materia de una convención, no pueden ser objeto de las transacciones asimismo, en los dispositivos 843 845 se hace un detalle de las relaciones de familia intransables.
• El proyecto del Código Argentino 2000 lo trata de manera estrictamente prohibicional en el artículo 619: la obligación de prestar alimentos no puede ser compensada, ni el derecho a reclamarlos o percibirlos, ser objeto de transacción, renuncia, cesión, gravamen o embargo alguno; asimismo en el artículo 1548: está prohibido transar:
a) Sobre derechos irrenunciables;
b) Sobre las relaciones de familia, o sobre las situaciones derivadas de ellas, salvo que sólo se trate de derechos patrimoniales correspondientes al estado de personas, o que respecto del acto matrimonial, se trate a favor de su validez.
El Código Quintana Roo (Estado de México) señala cuando las partes están instruidas de la nulidad del título, o la disputa es sobre esa misma nulidad, pueden transigir válidamente, siempre que los derechos a que se refiere el título sean renunciables (artículo 3143). El Código señala en su artículo 2045 que para transigir se debe tener la capacidad de disponer de los objetos comprendidos en la transacción.
• Según el Código Civil Francés, Colín y Capitán "es un contrato por el que las partes ponen término a un litigio ya nacido o previenen un litigio por nacer.
• Códigos como el peruano de 1852, el alemán, el mejicano y el colombiano, que la consignan en el libro relativo a los contratos. Como explican los autores del proyecto de Código Civil de 1936, inspirados en la Legislación Brasileña.
• El Código Paraguayo señala en su artículo 1497: no puede transigirse sobre las relaciones de familia, o que refieran a los
...