La nueva Prestación económica por lesiones múltiples
Enviado por karenyflorcita • 24 de Septiembre de 2015 • Trabajo • 582 Palabras (3 Páginas) • 80 Visitas
Prestación económica por lesiones múltiples
Legislación de la prevención
Instituto IACC
13 septiembre 2015
Desarrollo
Hubo un accidente con tres lesionados en la empresa de aserradero “MASILLA”, tres trabajadores se lesionaron al caer una estantería con sustancias químicas y con elementos de mantención. Los lesionados son los siguientes:
Trabajador (a) | Lesiones (%) | Sueldos base | Estructura de familia | Observaciones |
Juan Diaz | 40%, 28% y 25% | 250 mil | Esposa 47 años, tres hijos. | Los tres hijos son menores de edad. |
Rodrigo Mercader | 38%, 33% y 20 % | 320 mil | Casado, 4 hijos, esposa. | De los 4 hijos dos son menores de edad. |
Esteban Rodríguez | 60%, 35% | 380 mil | Esposa, y 2 hijos | Hijos de 4 y 5 años de edad. |
Calcule la prestación económica que cada trabajador recibirá. Fundamente su respuesta tomando como referencia las tablas expuestas.
Los tipos de lesiones y las prestaciones que debe recibir cada trabajador accidentado.
- Juan Díaz
- Lesiones son de 40%, 28% y 25%
- Sueldo base es de $250.000
- Cargas familiares 5% por 3 hijos = 15%
- 40%, 28%, 25%; (100%) / (-40%) = 60% capacidad residual 1 (perdida de ganancia).
- 60% - 28% = 32% capacidad residual 2 (capacidad de ganancia).
- Pensión sobre sueldo base 35%.
- Pensión según ley 50%.
- 250.000 (100%) – 50% = 125.000 capacidad residual final.
Después de un accidente con múltiples lesiones invalidante queda con un porcentaje de capacidad física destinada a efectuar el trabajo 7%.
- 100% - 7% = 93% por las lesiones generadas.
La prestación económica
Es una pensión vitalicia ya que sus lesiones don de origen irrecuperables, lo que lo hace incapacitado para ejercer cualquier tipo de trabajo, según la gravedad de sus lesiones lo dejan inoperante para desarrollar cualquier trabajo y en la plenitud de sus capacidades físicas y mentales.
Recibirá el 50% de su sueldo imponible ya que tiene 3 hijos menores de edad, los cuales son cargas del accidentado, la empresa se encuentra en la obligación de indemnizarlo según la normativa vigente de prevención de riesgo (según lo indica la ley).
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