Labore para la sociedad Agroindustria La Modelo por más de siete (7) años
Enviado por Juan David Zaya Martínez • 27 de Mayo de 2018 • Práctica o problema • 564 Palabras (3 Páginas) • 136 Visitas
Señores:
COLPENSIONES
E. S. D.
(Reparto)
REF: Derecho De Petición
Peticionario: Adriano Mosquera Mosquera
Peticionada: Colpensiones
ADRIANO MOSQUERA MOSQUERA, mayor de edad, identificada como aparece al pie de mi firma, residente en el Municipio de Apartado - Antioquia, actuando en calidad de trabajador de la mencionada, en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 23 de la Constitución Política y en el artículo 13º del Código Contencioso Administrativo, me permito formular petición en interés particular teniendo en cuenta los siguientes:
HECHOS
- Labore para la sociedad Agroindustria La Modelo por más de siete (7) años, bajo contrato a término indefinido.
- Mediante dictamen del 11 de octubre de 2010, me fue calificado pérdida de capacidad laboral de 60.80%, como consecuencia de un MACROADENOMA INVASOR.
- Dicha calificación tiene como fecha de estructuración el día 21 de noviembre de 2009.
- Solicite ante ustedes la pensión de Invalides y se me fue negada, decisión que apele y fue confirmada en segunda instancia por ustedes, por no cumplir con los requisitos mínimos de semanas cotizadas.
- Por lo cual me vi en la obligación de presentar acción de tutela en contra de la peticionada, ante el JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE APARTADO.
- Donde solicite que se ordenara a quien corresponda pagar las incapacidades y a la peticionada COLPENSIONES reconociera el pago de la pensión de invalides, teniendo en cuenta mi estado de salud.
- El día 30 de agosto de 2016 el Juzgado falla a mi favor lo siguiente:
- Conceder la acción de tutela de los derechos fundamentales a la seguridad social y mínimo vital de los derechos fundamentales reclamados por el señor ADRIANO MOSQUERA MOSQUERA, las razones respuestas en la parte motiva de este proveído.
- Dejar sin efecto, las resoluciones GNR 213579 del 26 de agosto de 2013 y GNR 15190 del 16 de enero de 2014, expedidas por COLPENSIONES donde se negó la solicitud de reconocimiento de pensión de invalidez a favor del peticionario.
- Consecuencialmente, Se Ordena a colpensiones, que en un término de Diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación de la presente sentencia, inicie los trámites administrativos para reconozca y pague el derecho a la pensión de invalidez del peticionario incluyendo el valor retroactivo al que haya lugar.
- Entre otros.
- La pensión por invalidez, me fue concedida por medio de la resolución GNR 327215 del 02 de noviembre de 2016.
- En vista que el juzgado solicito que se me pagara el retroactivo, la peticionada no ha realizado el pago del retroactivo desde el momento que se me califico la pérdida de capacidad laboral.
PETICIONES
- Solicito a quien corresponda, Se realice el pago del retroactivo pensional otorgado por el JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE APARTADO, bajo la sentencia El día 30 de agosto de 2016 a partir del momento que fue calificada mi pérdida de capacidad laboral.
- De no ser accedida a mis pretensiones, se me expliquen las razones de hecho y de derecho.
ANEXOS
- Copia de documento de identidad
- Copia de fallo de acción de tutela.
NOTIFICACIONES
Recibo en la B/ Papagayo, Manzana 33, Casa 7, Piso 2, Carepa – Antioquia, Teléfono 313 7955871 – 314 761 3381 – 310 539 9349.
Cordialmente,
ADRIANO MOSQUERA MOSQUERA
CC. N° 11.790.328 De Quibdó – Choco.
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