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Las Normas Y Sus Tipos


Enviado por   •  16 de Mayo de 2012  •  3.288 Palabras (14 Páginas)  •  753 Visitas

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INTRODUCCIÓN

Toda nuestra convivencia social se sustenta en normas. Las relaciones que se establecen entre personas son reguladas por distintas normas. Ellas definen y determinan los derechos, deberes y permiten al individuo saber como actuar correctamente.

Podríamos definir el concepto de norma como toda regla de carácter obligatorio que manda, permite o prohíbe una determinada conducta o comportamiento al interior del grupo social a la cual se pertenece.

En nuestra vida cotidiana nos encontramos con diversas situaciones que nos contactan con el Derecho, simples acciones como subirse a una micro generan consecuencias jurídicas como la obligación de pagar el pasaje y el derecho a que la micro haga su recorrido.

El Derecho surge como una manifestación de la necesidad de establecer normas que nos permitan convivir en forma organizada y pacífica, evitando que las personas resuelvan los conflictos por sus propios medios.

ORIGEN DE LAS NORMAS

La ciencia jurídica consagrada a las fuentes del Derecho pasa por tres fases realmente características.

La primera transcurre en los siglos XVII y XVIII, y se encarna en las Escuela Iusnatural-racionalista. Esta corriente cree en la existencia de un ordenamiento normativo eterno y universal suficiente para resolver cualquier controversia.

La segunda fase comprende la Escuela Histórica, iniciada por Hugo y llevada al triunfo por Savigny en el siglo XIX. Ella, juntamente con el movimiento romántico al cual pertenece, constituye una reacción al racionalismo anterior. La Escuela Histórica se dirige al orden real de repartos como auténtica encarnación del espíritu del pueblo.

Es para Savigny un hecho indudable que en todas partes donde aparezca en la conciencia una relación jurídica, desde hace largo tiempo existiría para ella una regla, que, por ende, no ha de ser, ni siquiera podría ser inventada. En atención a esta cualidad general del Derecho, en virtud de la cual siempre ya tiene existencia real y dada, en cualquier estado en que puede ser buscado, Savigny lo llama "Derecho Positivo".

La tercera etapa se caracteriza por la aparición del positivismo jurídico, que tiene en común con el Iusnaturalismo racionalista, el desprecio del orden de repartos; y con la Escuela Histórica, el desconocimiento del Derecho Natural.

Esta etapa contradice a ambos movimientos cuando proclama la identificación sustancial de Derecho y legislación. El positivismo jurídico reinó al fin del siglo pasado y en la primera mitad del actual.

- ¿Qué es una norma? Una norma es una regla que nos indica cómo actuar en determinadas ocasiones de acuerdo con ciertos valores.

Tipos de Normas

Hay normas de distinto tipo. Pero no se diferencian por su contenido, por lo que la norma dice que debemos hacer, sino por una serie de elementos formales o características.

En muchas ocasiones una misma norma puede ser:

 Social.

 Moral.

 Religiosa.

 Jurídica.

La Norma Social

Normas sociales son unas reglas que se deben seguir o a las que se deben ajustar las conductas, tareas y actividades del ser humano.

Es un amplio grupo de normas socialmente reconocidas, como la moda, la tradición, los usos y costumbres, etc. Su incumplimiento no implica una sanción institucionalizada, aunque sí algún tipo de recriminación o reproche social. En las últimas décadas existe la tendencia a conceptualizar estos comportamientos como diversos en vez de como desviados.

Convencionalismos sociales

Son reglas que aparecen basadas en la costumbre. Son una especie de mandatos que surgen de la colectividad y que son necesarios llevar a cabo dentro de la sociedad; ejemplos la decencia, la caballerosidad, el saludo, la cortesía, el buen comportamiento, etc. El convencionalismo social participa de la naturaleza de la costumbre por lo que se refiere a la práctica reiterada y constante, sin embargo a diferencia de la norma jurídica, no tiene obligatoriedad, su cumplimiento es esperado y exigido; sin embargo y a diferencia de la norma de derecho cuya sanción consiste en el cumplimiento forzado de la norma más un castigo, en los usos sociales la sanción tiende al castigo (expresión de condena, censura, exclusión, etc.) pero no al acatamiento forzado del mismo.

Norma Moral

Es aquella conducta (norma) Impuesta por la sociedad como obligatoria, su acatamiento es voluntario y que el no acatamiento tiene como consecuencia el rechazo de la misma sociedad, en derecho es una de las fuentes formales del derecho, al convertirse la norma moral en norma jurídica se hace obligatoria y se tiene la capacidad de hacerse cumplir por la fuerza por un órgano jurisdiccional.

También se considera que es una regla o mandato que nos imponemos nosotros a nosotros mismos. En el caso de no cumplirla hemos de responder ante nosotros mismos y la sanción o castigo se presenta en forma de remordimiento de conciencia. Por último, es una norma que pretende ser universal ya que cuando nos la imponemos esperamos que sea válida para todos los seres humanos.

Norma Religiosa

La norma religiosa es aquella prescripción de conducta humana que tiene la finalidad de que el hombre alcance la santidad. Este tipo de normas plantean las exigencias que el hombre debe cumplir para agradar a Dios y así ganarse un paso al paraíso.

Como toda norma, las religiosas imponen conductas al hombre, de hacer o de no hacer, con la finalidad de lograr un mundo humano mejor, pero en el caso de las normas religiosas con una meta trascendente: recibir el premio a sus buenas acciones en la vida ultraterrena, o también allí, el castigo correspondiente. No hay castigo efectivo en la Tierra ni posibilidad de obligar al cumplimiento de la norma religiosa, pues esencialmente debe cumplirse por convicción y amor a Dios, y no por imposición.

Las conductas permitidas, exigidas y prohibidas por las normas religiosas están escritas o señaladas por Dios, o sea que son externas (heterónomas) y no autónomas, como las morales, que las dicta la propia conciencia de cada uno. En esta característica coinciden con las normas jurídicas, ya que en ambos casos, las normas rigen independientemente de la voluntad humana, pero en este caso es el hombre el que decide cuando ya es mayor, si desea participar o no de cierta comunidad religiosa y sus reglas; en cambio las normas jurídicas no pueden ser dejadas de lado por propia voluntad.

Las normas religiosas son más antiguas que las jurídicas. En Roma el derecho divino se llamaba “fas”, a diferencia del humano que era el “ius”. Sin embargo

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