Lavado Contenedores Puerto
Enviado por antonioarandas • 25 de Noviembre de 2013 • 1.367 Palabras (6 Páginas) • 346 Visitas
Índice
1. OBJETO Y ALCANCE ......................................................................................2
2. REFERENCIAS..................................................................................................2
3. DEFINICIONES .................................................................................................3
4. DESARROLLO .................................................................................................3
5. REGISTROS......................................................................................................8
6. TABLA DE CAMBIOS.......................................................................................8
7. ANEXOS ……………………………………………………………………………...9
1- Objeto y Alcance
Se establece un protocolo normalizado para la Gestión de Limpieza y Lavado de Contenedores, en el Puerto de Montevideo.
2 – Referencias
Norma UNIT-NM-ISO 14001
Manual de Gestión Ambiental
Decreto Nº. 253/79 – Código de aguas
Decreto Nº. 223/03 – Adopción de la Resolución Nº 34 del MERCOSUR
DGSG/RD Nº. 49/004 – Lavado y desinfección contenedores usados para transporte de productos de origen animal
POT Capítulo XX – Condiciones para la implantación de usos y actividades en suelo urbano, Sección III – Actividad industrial (Art. D 320 y Art. D 327)
3 – Definiciones
CONTENEDOR: Se denomina así a todos los tipos de envases ISO de 20” ó 40” – “multimodal”. Elemento del equipo de transporte de carácter permanente, y por lo tanto suficientemente fuerte para poderse utilizar repetidas veces, proyectado especialmente para facilitar el transporte de mercancías por uno o varios modos de transporte sin manipulación intermedia de la carga y para que se pueda sujetar y/o manipular fácilmente, para lo cual está dotado de los adecuados accesorios, y aprobado de conformidad con lo dispuesto en el Convenio internacional sobre la seguridad de los contenedores (CSC, 1972, enmendado) su contenido mercaderías, embaladas o sueltas, sin derrames de productos químicos IMDG o contaminantes.
SUSTANCIAS CONTAMINANTES:
a) “MERCANCÍAS PELIGROSAS: las sustancias, materias y objetos abarcados por el Código IMDG”, son todos los productos químicos IMDG clasificados por IMO pasibles de derramarse por rotura de envases
b) “SUSTANCIAS CONTAMINANTES: aquellas que no están contempladas en dicho Código, pueden ser considerados contaminantes otros productos que sin ser IMDG pueden ocasionar daños a la carga, como ser clavo de olor, orégano, canela, cueros semi – curtidos o salados.”
CONTENEDOR CONTAMINADO: Se considera contenedor contaminado todo contenedor con derrames, por rotura de envases conteniendo productos químicos líquidos o sólidos que puedan causar daños a las personas, las mercaderías o las instalaciones portuarias o marítimas.
EFLUENTES DE LAVADO: Es el líquido producto del lavado con detergentes, quelantes y/o desinfectantes, y agua potable que es drenada del contenedor para su posterior secado.
LAVADO: Aplicación de agua potable a presión y temperatura si corresponde, según lo establezca la autoridad correspondiente, detergentes, desinfectantes y otros productos y destinada a la eliminación de la suciedad en todas las superficies de los contenedores.
DESINFECCIÓN: Operación realizada con posterioridad a una limpieza profunda destinada a destruir los agentes patógenos responsables de las enfermedades del hombre y de los animales (OIE).
DESINSECCIÓN o DESINFECTACIÓN: Se llama a las operaciones destinadas a matar los artrópodos, insectos u otras especies que puedan provocar enfermedades por sí o ser vectores de los animales incluidas las zoonosis, los mismos pueden estar presente en los locales, contenedores vehículos y demás elementos donde se transporte o depositen este tipo de mercadería (OIE).
BARRIDO DE CONTENEDORES: Se trata de la limpieza interior del contenedor que contenga polvo, tierra, maderas, cartones, flejes u otros productos provenientes del vaciado que no se consideren contaminantes, y para lo cual el contenedor no necesita ser lavado, salvo solicitud expresa del exportador o del armador.
QUELANTES: Sustancias encapsuladoras de otras sustancias químicas u olores deben ser aprobados por MSP.
LAVADERO DE CONTENEDORES: Se entiende toda aquella instalación equipada para el lavado de contenedores, recepción y tratado de sus efluentes previo a su vertido y conectado a la red de saneamiento de la Ciudad de Montevideo, que cuente con las habilitaciones de la IMM y de la DINAMA para tal fin.
Abreviaturas:
MSP – Ministerio de Salud Pública
MGAP – Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca
OIE –Oficina Internacional de Epizootias
PNN – Prefectura Nacional Naval
DINAMA – Dirección Nacional de Medio Ambiente
DNA – Dirección Nacional de Aduanas
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