Legislacion De Prevencion
Enviado por juanito2425 • 23 de Agosto de 2014 • 568 Palabras (3 Páginas) • 290 Visitas
Instrucciones:
Lea el caso presentado y luego responda las preguntas.
Una empresa de construcción vial (empresa mandante), requiere desarrollar labores de construcción en un camino para eso deberá contratar a tres empresas contratistas.
Las empresas tienen las siguientes características:
Datos Empresa 1 Empresa 2 Empresa 3
Numero de
Trabajadores 80 20 15
Días trabajo en obra 120 80 20
Determine:
1. ¿Será necesario crear un Departamento de prevención de riesgos?
Analizando cada una de las empresas que va a contratar la empresa mandante, ninguna de estas debería tener un departamento de prevención de riesgos, ya que considerando lo que señala el artículo 26 del Decreto Supremo 76 que indica que para conformar un Departamento de prevención de riesgos, la empresa debe contar con un mínimo de 100 trabajadores que presten servicios en la obra, en este caso lo que debería hacer cada una de las empresas es asesorarse por un experto en prevención de riesgos de la categoría profesional, debido a que no cumplen con la cantidad exigida para conformar un departamento de prevención de riesgos.
2. ¿Es obligatorio crear un comité paritario de faena?
La ley estipula que para conformar un comité paritario de higiene y seguridad se debe contar con un mínimo de 25 trabajadores prestando servicios en la obra, la empresa 1 cuenta con una cantidad de 80 trabajadores por lo tanto esta deberá conformar un comité paritario de higiene y seguridad, este se debe conformar por 3 representantes de la empresa y 3 representantes de los trabajadores, los representantes de los trabajadores deben ser elegidos por los trabajadores mediante un proceso de elección, además de los 3 trabajadores electos se deben elegir a 3 trabajadores que quedaran en la calidad de suplentes.
Dentro de las funciones que deben cumplir los representantes del comité paritario de higiene y seguridad, es aparte de realizar sus labores propias del trabajo deberán asesorar e instruir a los trabajadores para que hagan un correcto uso de los elementos de protección personal (EPP). También deben vigilar que la empresa y los trabajadores cumplan con todas las medidas de prevención, higiene y seguridad.
Hacer la investigación de aquellas causas por los cuales se producen los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales que se puedan producir, además deben determinar si los accidentes o enfermedades fueron por negligencias del trabajador o de la empresa.
Determinar las mejoras que sean necesarias para adoptar nuevas medidas de higiene y seguridad para la prevención de riesgos, también organizar en conjunto con la empresa capacitaciones profesionales para los trabajadores estas pueden ser en organismos públicos y privados los cuales estén debidamente autorizados.
Cabe señalar
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