Legislacion Monetaria Y Financiera
Enviado por aneurismateo • 4 de Junio de 2015 • 1.861 Palabras (8 Páginas) • 595 Visitas
LAS INSTITUCIONES DE INTERMEDIACION FINANCIERA EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.
TABLA DE CONTENIDO
HOJA DE PRESENTACIÓN………………………………………………………..………1
TITULO…………………………………………………………………………………..……2
INTRODUCCIÓN 4
OBJETIVOS: 5
OBJETIVO GENERAL:
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
JUSTIFICACIÓN……………………………………………………………. 6
MARCO CONCEPTUAL………………………………………………..…………………..7
4.1. CONCEPTO DE ENTIDAD DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA
4.2. REQUISITOS PARA INSTALAR UNA INSTITUCIÓN DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA EN LA REPÚBLICA DOMINICANA
4.3. RECLAMACIÓNEN CASO DEL FALLECIMIENTO DEL DEPOSITANTE
4.4. MEDIOS ESPECIALES DE PRUEBA EN MATERIA BANCARIA
CONCLUSION…………………………………………………………………………..….13
BIBLIOGRAFÍA………………………………………………………………………..……14
INTRODUCCIÓN
El sistema monetario y financiero de la República Dominicana está regulado principalmente por la Constitución, la Ley Monetaria y Financiera No. 183-02 (la “LMF”) y sus normativas complementarias. En esta entrada analizamos todo lo relativo al régimen monetario y financiero, incluyendo sus reguladores y participantes.
Los entes reguladores del sistema son: la Junta Monetaria, el Banco Central de la República Dominicana y la Superintendencia de Bancos de la República Dominicana Estas instituciones conforman la Administración Monetaria y Financiera (AMF), la cual tiene la autoridad para fijar políticas, formular e implementar regulaciones y aplicar sanciones.Una de las principales características que distingue entre sí a las Entidades de Intermediación Financiera (EIF) que operan en el Sistema Financiero en República Dominicana es, además de su estructura de propiedad, el tipo de operaciones que la Ley Monetaria y Financiera No. 183-02 les permite realizar.
El sector financiero dominicano, oficialmente denominado como Intermediación financiera, seguros y actividades conexas en el 2009 fue valorado en RD$13,174 millones (US$376 millones) componiendo el 3.8% del PIB. Su origen se remonta a 1947 con la puesta en vigencia de un paquete de leyes monetarias y bancarias. La Ley Monetaria y Bancaria de 1947 estableció el Peso de Oro Dominicano como la moneda nacional y hasta finales de la dictadura de Trujillo mantuvo una tasa de cambio fija en RD$1=US$1. La ley también creó el Banco Central de la República Dominicana, además de las regulaciones que define las operaciones de los bancos comerciales. También fue creada la Superintendencia de Bancos de la República Dominicana con el propósito de aplicar y administrar el nuevo régimen legal del sector financiero.
OBJETIVOS:
General:
Explicar la importancia de las Instituciones de Intermediación Financiera en la Republica Dominicana y cuál es su propósito en el comercio bancario dominicano.
Específicos.
Definir que es una entidad de intermediación financiera.
Analizar cada uno de los requisitos para instalar una institución de intermediación financiera en la República Dominicana.
Detallar elprocedimientopara la reclamación en caso del fallecimiento del depositante.
Distinguir los medios especiales de prueba en materia bancaria.
JUSTIFICACIÓN.
La presente investigación será importante para que los estudiantes de la carrera, profesionales e interesados en el tema, podamos conocer la definición, requisitos de la entidad de intermediación financiera en la Republica Dominicana y el respeto al procedimiento para la reclamación en caso de fallecimiento del depositante, así como los medios de prueba en materia bancaria.
Será además un instrumento de valor como trabajo determinante para nuestros progresos personales y conocimiento.
MARCO CONCEPTUAL
4.1. CONCEPTO DE ENTIDAD DE INTERMEDIACIÓN FIANCIERA.
Se entiende por intermediación financiera la captación habitual de fondos del público con el objeto de cederlos a terceros, cualquiera que sea el tipo o la denominación del instrumento de capacitación o cesión utilizado.
Reglamentariamente se determinaran los supuestos de capacitación habitual que por su carácter benéfico, no constituyen intermediación financiera.
También se podría definir como la función desarrollada por las entidades de crédito consistente en servir como enlace entro los ahorrante, que depositan en ellos sus fondos y los inversores que los toman prestado.
El nivel de velocidad de circulación del dinero es un indicador que representa claramente la importancia del sistema de financiero en la economía local, puesto que señala el nivel de intervención en la economía local (cuantas veces la moneda ha sido utilizada en una transacción final). Tomando en cuenta dicha afirmación, se observará que la velocidad del dinero representa una variable causal de inflación, sin embargo, poco deja traslucir su importancia como variable de intermediación financiera.
La intermediación financiera es entendida como el simple traslado de fondos del público a los clientes del banco, pero la definición es más amplia. La velocidad de circulación del dinero, con la presencia de instrumentos financieros desarrollados y fuertes, se reduce, es decir existe una relación inversa entre la velocidad de circulación y el grado de intermediación financiera.
Es la función de intervención que realizan las instituciones nacionales de crédito, organismos auxiliares, instituciones nacionales de seguros y fianzas y demás instituciones o entidades legalmente autorizadas para constituirse como medios de enlace, entre el acreditante de un financiamiento y el acreditado, obteniendo una comisión por su labor de concertar los créditos en los mercados de dineros nacionales e internacionales. Representa la parte del endeudamiento neto de la banca de desarrollo y de los fondos y fideicomisos de fomento, requerido para financiar a los sectores privado y social, y para cubrir su déficit
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