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Legislacion Previsional


Enviado por   •  20 de Junio de 2013  •  481 Palabras (2 Páginas)  •  320 Visitas

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SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES.

Es un organismo contralor, técnico y altamente profesionalizado cuyo objetivo es la supervigilancia y control de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), entidad que recauda las cotizaciones, invierte los recursos y paga los beneficios del seguro de cesantía

¿Cuáles son las ventajas de estar afiliado?

• Los recursos acumulados en la cuenta individual son de propiedad del afiliado, ganan rentabilidad y no pagan impuestos al momento del retiro.

• Si el trabajador nunca queda cesante, al momento de realizar el trámite de pensión podrá traspasar parte o la totalidad de los fondos acumulados en su Cuenta Individual por Cesantía (administrada por la AFC) a su Cuenta de Capitalización Individual (administrada por una AFP) o, una vez pensionado, podrá retirar en un solo giro todos sus fondos ahorrados, sin pagar impuestos.

• En caso de fallecimiento, los recursos acumulados en la cuenta individual se destinan a los beneficiarios designados por el trabajador y Jamás se pierden.

• El Seguro de Cesantía es complementario a los acuerdos pactados con el empleador en las negociaciones colectivas y/o con las políticas corporativas de beneficios por despido.

• En caso de cumplir con los requisitos, y no contar con suficientes fondos en la CIC, el Fondo de Cesantía Solidario contribuirá al financiamiento de beneficios mínimos establecidos como un porcentaje de la remuneración promedio del trabajador

INSTRUCCIONES DE LA SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES

1. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS ISAPRES Y COMPAÑÍAS DE SEGUROS, SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE COBRO Y PAGO DEL SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES PERSONALES (SOAP), ESTABLECIDO EN LEY N° 18.490.

El Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito actúa bajo la modalidad de un seguro de accidentes personales y cubre la muerte y lesiones corporales que sufren las personas, sean ocupantes o terceros no ocupantes del vehículo automotor como consecuencia de un accidente de tránsito en el que dicho vehículo haya intervenido.

VENTAJAS,

• Es un seguro exigido y regulado por la Ley N° 18.490.

• La póliza del seguro SOAP es única, la cual es elaborada por la SVS.

• Este seguro debe ser contratado por todo propietario de un vehículo motorizado, remolque, acoplados, casas rodantes u otros similares, al momento de adquirir su Permiso de Circulación.

• Se puede contratar directamente en una aseguradora o por internet en los sitios web de éstas.

• Cubre los gastos médicos relativos a la atención pre-hospitalaria y el transporte sanitario, la hospitalización, la atención médica, quirúrgica, dental, prótesis, implantes, los gastos farmacéuticos y de rehabilitación de las víctimas.

• Su contratación consta en un Certificado que

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