Legislacion
Enviado por FIFINA • 25 de Mayo de 2014 • 702 Palabras (3 Páginas) • 203 Visitas
Ley orgánica de los trabajadores
Artículos 4 al 14
Interpretación
Laudo Arbitral
Es la resolución que fija un árbitro entre dos partes en conflicto. Esta figura resolutiva, independiente del poder Judicial, tiene presencia en casi todas las civilizaciones con alcances que van más allá del propio funcionamiento económico y mercantil. El mecanismo que articula la consecución de un laudo arbitral se regula mediante el arbitraje.
Medidas para garantizar la aplicación de esta ley
Art. 4: Las personas o autoridades encargadas tanto administrativas como judiciales, tienen la obligación de velar que se cumpla la normativa que constituye la presente ley, la cual se encuentre ligada con la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela de tal manera se hagan las correcciones pertinentes y la toma de decisión pertinente a lo que establece la ley.
Cuerpos armados
Art.5: Se encuentran excluidos los miembros pertenecientes a los cuerpos armados, es decir, Fuerza Armada Nacional Bolivariana y los servicios policiales quienes serán regidos por su propio reglamento (Seguridad y Defensa), no obstante gozara de los beneficios (Salariales), los cuales no serán menores a los de los trabajadores.
Trabajadores y trabajadora al servicio de la Administración Pública
Art.6: Los funcionarios públicos, nacionales, estadales y municipales no se regirá por la presente ley, estos se rigen por Ley de Estatutos de Función Pública y obtendrán todos los beneficios (remuneración, jubilación, pensión, suspensión de sus labores ente otros) que expone ley.
Los trabajadores contratados y los obreros que laboren en entes de Administración Pública ya sea nacionales, estadales y municipales, deben regirse por la Ley Orgánica de Trabajadores, Seguridad Social y el contrato laboral.
Servicios profesionales
Art. 7: Los trabajadores profesionales con alguna especialidad, en la cual se establezca en el contrato, sus honorarios y beneficios serán regidos por la ley de ejercicio profesional y seguridad social, siempre y cuando cumpla con sus deberes laborales.
Acción de amparo autónomo
Art.8: Para adoptar el amparo constitucional sobre los derechos y garantías, se debe exponer ante un juez para su aprobación.
Competencias de Poder Ejecutivo y Legislativo
Art.9: La regulación jurídica y de seguridad social en relación al trabajo, solo será ejecutada por el Poder Público Nacional a través de los poderes Ejecutivo y Legislativo ya previsto en la Constitución Bolivariana de Venezuela de tal manera que los estados ni los municipios podrán intervenir ni modificar nada de la presente ley.
Facultad reglamentaria de Ejecutivo Nacional
Art.10: El ejecutivo
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