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Ley 20.285


Enviado por   •  22 de Enero de 2014  •  620 Palabras (3 Páginas)  •  212 Visitas

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ENSAYO SOBRE LEY Nº 20.285

En el siguiente trabajo se mostrara un análisis sobre la ley de transparencia

Nº 20.285. La ley Nº 20.285 sobre transparencia y acceso a información pública entra en vigencia el día 20 de Abril del año 2009, en la cual establece los principios de que exista una transparencia de las funciones públicas, el derecho al acceso de la información de los órganos de la administración del Estado, los procedimientos para el ejercicio del derecho y para su amparo y las excepciones a la publicidad de la información. Esta ley es basada en el inciso 2º del artículo 8º de la Constitución Política Chilena, es decir en los principios de probidad y transparencia de funciones públicas, la cual señala “Son públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen. Sin embargo, sólo una ley de quórum calificado podrá establecer la reserva o secreto de aquéllos o de éstos, cuando la publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones de dichos órganos, los derechos de las personas, la seguridad de la Nación o el interés nacional.”

La ley de transparencia es aplicada a los ministerios, las intendencias, gobernaciones, los gobiernos regionales, municipalidades, las fuerzas armadas, de orden y seguridad, y los órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de las funciones administrativas. También a las empresas publicas creadas por ley creadas por ley y empresas del Estado y sociedades donde el estado tenga más 50 % de participación o mayoría en el directorio.

La Trasparencia Activa es mantener la información permanente a disposición del público de los órganos de la administración del Estado a través de sitios electrónicos, esta información son antecedentes actualizados, al menos una vez al mes.

Por otra parte existe la Transparencia Pasiva, la cual es la información que no es necesaria que se encuentre en los sitios Web, pero una ves que el ciudadano necesite de ella, debe ser accesible.

La información se puede requerir por escrito, ante OIRS (oficina de información, reclamos y sugerencias) o por sitios electrónicos. Si la información requerida es negada la persona puede recurrir al Consejo de Transparencia, Luego de la Resolución de éste a la Corte de Apelaciones. Se regula procedimiento administrativo y procedimiento judicial.

Corresponde al Servicio probar la veracidad de la causal.

Si corresponde la sanción esta por regla General: La autoridad o jefatura o jefe superior del órgano o servicio de la Administración del Estado, requerido, que hubiere denegado infundadamente el acceso a la información, contraviniendo, así, lo dispuesto en el artículo 16, será sancionado con multa de 20% a 50% de su remuneración.

Concluyendo para que sirve la Ley 20.285, principalmente para la transparencia de todo lo que se genere

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