Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente (L.O.P.N.A.)
Enviado por Jhoan2626 • 25 de Marzo de 2014 • Trabajo • 1.979 Palabras (8 Páginas) • 218 Visitas
• Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente (L.O.P.N.A.):
El objeto de la LOIPNA es regular los derechos y garantías, así como los deberes y responsabilidades relacionadas con la atención y protección de los niños, niñas y adolescente, además esta ley refuerza el concepto de familia como célula fundamental de la sociedad, por lo que le da gran importancia a las obligaciones que tiene como responsable principal, inmediata e irrenunciable en el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes.
• La Consideración jurídica de la infancia:
La niñez y la adolescencia constituyen una etapa hermosa y fundamental en el desarrollo del ser humano; de la misma depende el futuro de la persona, porque lo bueno o lo malo de la personalidad del hombre o de la mujer tiene su cimiente fundamental en dicho período. Una infancia feliz será el inicio de una vida plena que se proyectará en todos los niveles; contrariamente, una infancia plagada de miseria y dolor difícilmente dará lugar a un ser humano apto para enfrentar la vida.
La protección de la infancia y la adolescencia presenta un fundamento de orden natural, a saber, cuenta si se quiere con un cimiente básicamente iusnaturalista. El cuidado del ser humano en su etapa primaria y esencial constituye el origen y la causa de la personalidad y desarrollo del ser humano en una etapa posterior. Es bien sabido que somos producto de una educación y una historia particular; si al inicio de nuestra existencia y posteriormente en nuestro desarrollo hacia una etapa adulta contamos con un ejercicio pleno de derechos y con una existencia digna, seremos adultos sanos y felices. De manera pues que podemos decir que del presente del niño depende el futuro del adulto. De allí la imperiosa necesidad de contar con una normativa que ampare al ser que no ha llegado a la mayoridad y que le permita un ejercicio efectivo de los derechos consagrados a su favor.
Ese fundamento ciertamente ius naturalista que orienta el cuidado de la infancia y a la adolescencia debe necesariamente proyectarse en el derecho positivo a fin de hacer efectiva la protección a la minoridad. La base normativa que brinde cobijo a los menores de edad ha de ser amplia y debe ser interpretada en interés del principal sujeto a cuyo favor existen, por ser éste el débil de la relación.
• Doctrina de la Situación Irregular Vs. Paradigma de la
Protección Integral:
Se aplica para la categoría de infancia y no solo para casos que requieran atención especial o que se encuentren en situaciones especialmente difíciles.
Se opone a la noción de protección vinculada un tipo de incapacidad. La protección no puede quedar reducida a sectores vulnerables sino debe abarcar a toda la población infantil y juvenil.
La doctrina de la protección integral se afinca en los siguientes principios de la Convención internacional sobre los derechos del Niño y se resume de la siguiente forma:
Intereses Superior del Niño: Orienta las decisiones y acciones para que estén encaminadas a preservar y promover el desarrollo físico, psicológico, educativo, cultural, moral, espiritual y social de los niños, niñas y adolecentes sin discriminación de ningún tipo.
• Corresponsabilidad Estado Familia Sociedad:
El acompañamiento para el uso de las TIC (Tecnologías de la Información y las Comunicaciones) se da en la familia, en la escuela y en el resto de la sociedad de manera corresponsable, ya que “para criar a un niño es necesaria a toda la aldea” (proverbio africano).
En el uso y apropiación de las TIC por niños, niñas y adolescentes todos tenemos un papel, para conocerlo les presentamos este práctico entregable elaborado por Claudia López coordinadora de Red Paz Medellín a partir de las conclusiones obtenidas en el Foro: La corresponsabilidad con los contenidos que reciben y producen los niños, niñas y adolescentes en los medios de comunicación social con consejos sencillos que le ayudarán a padres, madres y educadores a acompañar a niños, niñas y adolescentes en el uso sano, seguro y constructivo de las TIC.
• La infancia como construcción social:
Es una construcción social, histórica, variable y está en puja permanente. Cualquier historiador o investigador de la infancia o de la familia parte hoy del supuesto de que la infancia se construye socialmente. En cualquier sociedad hay diversidad de prácticas y puntos de vista, por ejemplo, en relación a la edad en la que nos parece lícito que los niños trabajen, que hagan tareas domésticas o que caminen solos por la calle, lo que supone concepciones distintas de la niñez. Lo interesante del debate que se dio alrededor del voto a los 16 años es pensar qué son esas personas que se espera que voten, o que no se cree que estén en condiciones de hacerlo: ¿son niños?, ¿son adolescentes?, ¿son adultos? De igual modo pasa en los combates de las alas más conservadoras que procuran descender la edad de imputabilidad penal. En las dos instancias se escucharon y escuchan voces donde lo que está en discusión, además de los temas específicos, es la concepción de qué es un niño y hasta cuándo se es niño. Y esto se redefine en forma permanente en cada sociedad.
• Derechos y Deberes de los niños y adolescentes:
Lista de Derechos del Niño y la Niña
1. Los niños tienen derecho a la vida.
2. Los niños tienen derecho al juego.
3. Los niños tienen derecho a la libertad y a compartir sus puntos de vista con otros.
4. Los niños tienen derecho a dar a conocer sus opiniones y manifestar sus ideas.
5 .Los niños tienen derecho a una familia.
6. Los niños tienen derecho a la protección durante los conflictos armados.
7. Los niños tienen derecho a la libertad de conciencia.
8. Los niños tienen derecho a la protección contra el descuido o trato negligente.
9. Los niños tienen derecho a la protección contra el trabajo infantil.
10. Los niños tienen derecho a la información adecuada.
11. Los niños tienen derecho a la protección contra la trata y el secuestro.
12. Los niños tienen derecho a conocer y disfrutar de nuestra cultura.
13. Los niños tienen derecho a la protección contra las minas terrestres.
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