Ley de Inversión Extranjera
Enviado por carlo1 • 16 de Noviembre de 2011 • Informe • 518 Palabras (3 Páginas) • 581 Visitas
POR FAVOR IDENTIFICAR EN LA LEY DE INVERSION EXTRANJERA
1) ACTIVIDADES RESERVADAS PARA EL ESTADO
I.- Petróleo y demás hidrocarburos;
II.- Petroquímica básica;
III.- Electricidad;
IV.- Generación de energía nuclear;
V.- Minerales radioactivos;
VI.- (Se deroga).
VII.- Telégrafos;
VIII.- Radiotelegrafía;
IX.- Correos;
X.- (Se deroga).
XI.- Emisión de billetes;
XII.- Acuñación de moneda;
XIII.- Control, supervisión y vigilancia de puertos, aeropuertos y helipuertos; y
XIV.- Las demás que expresamente señalen las disposiciones legales aplicables.
2) ACTIVIDADES RESTRINGIDAS Y EN QUE PORCENTAJE A LOS EXTRANJEROS
I.- Hasta el 10% en:
Sociedades cooperativas de producción;
II.- Hasta el 25% en:
a) Transporte aéreo nacional;
b) Transporte en aerotaxi; y
c) Transporte aéreo especializado;
III.- Hasta el 49% en:
a) (Se deroga).
b) (Se deroga).
c) (Se deroga).
d) (Se deroga).
e) Instituciones de seguros;
f) Instituciones de fianzas;
g) Casas de cambio;
h) Almacenes generales de depósito;
i) Se deroga.
j) Se deroga.
k) Se deroga.
l) Sociedades a las que se refiere el artículo 12 bis de la Ley del Mercado de Valores;
m) (Se deroga).
n) (Se deroga).
o) Administradoras de fondos para el retiro;
p) Fabricación y comercialización de explosivos, armas de fuego, cartuchos, municiones y
fuegos artificiales, sin incluir la adquisición y utilización de explosivos para actividades
industriales y extractivas, ni la elaboración de mezclas explosivas para el consumo de dichas
actividades;
q) Impresión y publicación de periódicos para circulación exclusiva en territorio nacional;
r) Acciones serie “T” de sociedades que tengan en propiedad tierras agrícolas, ganaderas y
forestales;
s) Pesca en agua dulce, costera y en la zona económica exclusiva, sin incluir acuacultura;
t) Administración portuaria integral;
u) Servicios portuarios de pilotaje a las embarcaciones para realizar operaciones de
navegación interior en los términos de la Ley de la materia;
v) Sociedades navieras dedicadas a la explotación comercial de embarcaciones para la
navegación interior y de cabotaje, con excepción de cruceros turísticos y la explotación de
dragas y artefactos navales para la construcción, conservación y operación portuaria;
w) Suministro de combustibles y lubricantes para embarcaciones y aeronaves y equipo
ferroviario, y
x) Sociedades concesionarias en los términos de los artículos 11 y 12 de la Ley
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