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Libro XI “de las leyes que forman la libertad política en sus relaciones con la constitución”


Enviado por   •  9 de Octubre de 2016  •  Documentos de Investigación  •  2.889 Palabras (12 Páginas)  •  425 Visitas

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Presentación de la Ficha:                                                                  Numero de Ficha: 02

Estudiante

PAOLA ANDREA CARVAJAL BONILLA

Asignatura

TEORIAS DEL ESTADO

Semestre

I

Presentación del texto:

Autor

MONTESQUIEU, Charles de Secondat Barón.

Titulo

Libro XI “de las leyes que forman la libertad política en sus relaciones con la constitución”, en Del espíritu de las leyes.

Editorial

Tecnos

Año de publicación

2007. P 223 – 270

Idea principal: “Distingo las leyes que forman la libertad política, en lo que se refiere a la Constitución, de las que la forman en los referente al ciudadano. Las primeras serán materia de este libro”(Montesquieu, 2007. p 223)

Parte de analizar cómo es la distribución de los tres poderes en diferentes escenarios y explicar que pasa cuando unos se toma las disposiciones del otro al final del libro concluye “en todos los gobiernos moderados que conocemos, cuál es la distribución de los tres poderes, para calcular por ella el grado de libertad que cabe en cada uno” (Montesquieu, 2007. p 270)

Estructura argumentativa: Este apartado denominado libro XI, está conformado por XX capítulos, en el primero desarrolla plantea la idea central como se referencia den la idea principal.

En los capitulo II,III y IV desarrolla el concepto de libertad parte por plantear que hay palabra con mayor aceptación y definición que esta; “Para unos significa la facilidad de deponer al mismo a quien ellos dieron poder tiránico; para otros la facultad de elegir a quien han de obedecer; algunos llaman libertad al derecho de usar armas, que supone el de poder recurrir a la violencia; muchos entienden que es el privilegio de no ser gobernados más que por un hombre de su nación y por sus propias leyes” (Montesquieu, 2007. p 224).

Cada uno relaciona la libertad con el gobierno que más le conviene y se tiende a creer que en las democracias el pueblo hace lo que se quiere, ya que se confunde el poder del pueblo con la libertad de este. Pero la libertad política no es realizar lo que se quiere sino “En un Estado, es decir, en una sociedad que tiene leyes, la libertad no puede consistir en otra cosa que en poder hacer lo que se debe querer y en no ser obligado a hacer lo que no debe quererse” (Montesquieu, 2007. p 225). Es necesario diferenciar la libertad de la independencia, ya que ni la democracia y tampoco la aristocracia son Estados libres por naturaleza y como la historia a evidenciado que un hombre con autoridad abusa de esta, es necesario colocar límites.

Una Constitución “ nadie sea obligado a hacer lo que la ley no manda expresamente ni a no hacer lo que expresamente no prohíbe.” (Montesquieu, 2007. p 225) Pero para que se aplique esto es necesario que las leyes sean iguales para todos pero,  esto nunca ha sucedido ya que muchas colocan trabas o generan injusticias.

En el capítulo V,  plantea que todos los Estados en la historia tienen un objetivo general que es el de conservarse y uno particular de acuerdo a su características los cuales han sido engrandecimiento, guerra, religión, tranquilidad pública, navegación, libertad natural, satisfacción del príncipe, su gloria y la del Estado. Pero que hay una nación en el que en su código constitucional tiene como objetivo la libertad política.

Posteriormente en capítulo VI, examina los principios fundamentales de dicha constitución “la constitución de Inglaterra”, define que cada Estado tiene tres poderes el legislativo, ejecutivo de las cosas relativas al derecho de gentes, y el poder ejecutivo de las cosas que dependen del derecho civil.

Lo cual le da al príncipe o al jefe de Estado en primera medida la autoridad para desarrollar leyes transitorias o definitivas, o deroga las existentes; en segundo lugar (ejecutivo) la facultad para iniciar o evitar conflictos, establecer la seguridad pública y prever invasiones y en tercer lugar (judicial) castigar y juzgar los delitos.

Señala que la libertad política de los ciudadanos parte de la confianza y la tranquilidad que le ofrece el Estado en relación a la seguridad donde ninguno deba temer a otro, por ende cuando el poder legislativo y ejecutivo se reúnen en la misma persona no hay libertad ya que el jefe de Estado o Senado puede crear leyes tiránicas. Por ende es necesario que el poder judicial debe estar  totalmente separado del legislativo y ejecutivo; para no caer en despotismos.

Donde “el cuerpo de la magistratura, como ejecutor de las leyes, tiene todo el poder que se haya dado a sí mismo como legislador. Puede imponer su voluntad al Estado; y siendo juez, anular también la de cada ciudadano.” (Montesquieu, 2007. p 225). Por ende es necesario que la magistratura estén formadas por diferentes castas y poder judicial no debe estar a cargo de un senado permanente sino a cargo de personas elegidas del pueblo y durante un tiempo establecido,

En cuanto al poder legislativo (La voluntad general del Estado) y el ejecutivo (desarrolla la voluntad del Estado), pueden establecerse a un magistrado fijo por que no tienen poder sobre un persona definida; de otro lado aclara que en relación a los tribunales estos no deben ser fijos pero si los juicios para que sea clara la ley al igual que los jueces deben ser de la misma condición del acusado.

En relación al poder ejecutivo plantea que este puede encarcelar al ciudadano en caso de que la acusación sea capital o si hubiera peligro contra el Estado es permitido por un tiempo que pudiera detener ciudadanos perdiendo su libertad por un tiempo pero en estas condiciones no se podría considerar que dejan de ser hombres libres.

“En un Estado libre todo hombre debe estar gobernado por sí mismo, sería necesario que el pueblo en masa tuviera el poder legislativo: pero siendo esto imposible en los grandes Estados y teniendo muchos inconvenientes en los pequeños, es menester que el pueblo haga por sus representantes lo que puede  hacer por sí mismo.” (Montesquieu, 2007. p 230). En este sentido es beneficioso que cada lugar tenga su representante, elegido por los habitantes; de esta manera los representantes pueden discutir los puntos.

Partiendo de que en un Estado hay diferentes clases sociales y al ser la minoría, estas deben tener garantizada su representación ya que estas tienen derecho al igual que el pueblo de tener sus empresas, Montesquieu resalta que es necesario “que el poder legislativo debe confiarse a un cuerpo de nobles, al mismo tiempo que a otro elegido para representar al pueblo. Ambos cuerpos celebrarán sus asambleas y tendrán sus debates separadamente, porque tienen miras diferentes y sus intereses son distintos” (Montesquieu, 2007. p 232.)

En relación al poder legislativo este debe ser hereditario y compuesto por aristócratas, pero para garantizar que no se olvide de las necesidades del pueblo las disposiciones en relación a las leyes de tributación deben ser fijados y determinados por la cámara popular. Por ende tiene la  facultad de impedir (derecho de anular una resolución tomada por cualquiera otro); pero no tiene la facultad de estatuir (derecho de legislar por sí mismo o de corregir lo  que haya ordenado otros).

El poder ejecutivo debe estar a cargo de un monarca, debe ser ejecutado por uno y no por varios. En el caso de que este se le confiara al grupo del poder legislativo no habría libertad porque ostentaría los dos poderes al igual que si este pasara largo tiempo sin reunirse, ya que o no habría resolución (anarquía) o las resoluciones están tomadas por el poder ejecutivo. Este debe reunirse solo cuando es convocado y disolverse cuando se le solicita.

Aunque el poder legislativo en un Estado libre no debe intervenir en las funciones del ejecutivo, si debe evaluar que sus disposiciones se ejecuten dentro de la ley. Aclara que este solo puede juzgar como por ejemplo para garantizarle a los nobles ser juzgados por sus iguales. En cuanto al ejercito establece que este debe estar a cargo del ejecutivo

“El ejército menospreciará siempre al Senado y respetará a sus oficiales. No obedecerá las órdenes que le dé una corporación de gentes que considera tímidas y a su entender, indignas de mandarlo. Tan pronto como el ejército dependa únicamente del cuerpo legislativo, el gobierno será militar.” (Montesquieu, 2007. p 240.)

En los capítulos VII y VIII, habla de las monarquías antiguas y  aclara que estas no están interesadas en la libertad  sino en la gloria de los ciudadanos, del Estado y del príncipe. Puesto “no conocieron el gobierno fundado en una asamblea de nobles, y menos todavía el fundado en un cuerpo legislativo formado por los representantes de una nación.” (Montesquieu, 2007. p 242.)

Resalta el caso de los germanos y el gobierno gótico (aristocracia y monarquía) se caracterizaba por representación, como la mayor parte era esclava se daban patentes de liberación hasta llegar libertad civil del pueblo.

En relación a lo anterior en el capítulo IX resalta que Aristóteles al no conocer con claridad la distribución de los tres poderes, cuando describe las monarquías coloca sobre un mismo racero no ve la diferencia entre el despótico y la república.

En el capítulo XI señala que en la época Griega “los tres poderes estaban repartidos de manera que el pueblo tenía el poder legislativo, y el rey el poder ejecutivo con la facultad de juzgar, mientras en las monarquías de hoy, el monarca tiene el poder ejecutivo y el legislativo, a lo menos en parte el legislativo, pero no juzga.” (Montesquieu, 2007. p 245.)

Posteriormente desde el capítulo XII al XIX habla de  Roma, hace en un primera momento analiza los cinco primeros reyes, resalta que un principio hubo armonía su Constitución  se caracterizó por ser monárquica, aristocrática y popular; pero a medida del tiempo se llevó directamente a la sanción del pueblo casi todos los asuntos, debilitando poder real y  la autoridad del Senado.

En un segunda momento estudia como después de la caída de los reyes y la instauración de Estado Popular como se cambió la constitución sin corromperla; resalta que lo importante era mantener la autoridad de las magistraturas sin importar la herencia de la familia por lo cual los patricios perdieron su poder. Plantea que el  Estado puede cambiar de dos maneras “por reforma de la Constitución, y porque la misma se corrompa. Cuando cambia la Constitución, conservando sus principios, es reforma, es corrección; cuando se pierde sus principios, es que  degenera: cambio es corrupción”. (Montesquieu, 2007. p 250.) En este caso después de la expulsión de los reyes debió ser una democracia, el pueblo tenía el sufragio unánime y el poder legislativo.

En un tercera momento explica como después de la expulsión de los reyes se corrigieron los aspectos que no permitían le libertad en roma los cuales de caracterizaban por que a) solo los patricios podían acceder a empleos (religiosos, políticos, civiles y militares), b) el consulado tenía un poder excesivo, c) desprecio del pueblo y d) el pueblo no tenía influencia en los sufragios.

Lo anterior se corrigió a) permitiéndole a  los plebeyos aspirar a ciertas magistraturas; b) transformando el consulado en varia magistraturas; c) establecieron tribunos que podían frenar a los patricios y d) aumentando la influencia de los plebeyos en las decisiones públicas.

En un cuarta momento aborda como durante el florecimiento de la República, perdió la libertad. Describe que en la disputa de los patricios y la plebe, donde los segundos exigían que se establecieran leyes fijas y así evitar que los juicios dependieran de la voluntad de un poder arbitrario; se estableció que estas no fueran establecidas por el senado sino por los diez desenviros.

En consecuencia se suspendió el nombramiento de magistrados y por ende en estos cayo la posesión del poder consular (les daba derecho a reunir el Senado) y el poder tribunicio (embestía de la facultad de convocar al pueblo); pero estos no convocaron ni al pueblo y tampoco al senado. A cambio en este grupo se establecieron los tres poderes sometiendo a roma a una tiranía.

En un quinto momento habla como los plebeyos por medio de sus privilegios, cuando el pueblo se reunía por curias, o por centurias, concurrían senadores, patricios y plebeyos, En estos espacios en las discusiones lograron establecer que solo ellos podían hacer las leyes a las que se les dio nombre de plebiscitos.

En un sexta momento resalta que el pueblo se interesó en tener participación directa en el poder legislativo pero no en el ejecutivo en el cual “el Senado disponía de los caudales públicos: era el árbitro de las alianzas y negociaciones exteriores; decidía de la guerra y de la paz y, a estos efectos, dirigía a los cónsules; fijaba el número de tropas romanas y de las tropas aliadas; daba las provincias y los ejércitos a los cónsules y a los pretores, y al año de mando podía sustituirlos; concedía los honores del triunfo; enviaba embajadores y recibía embajadas; nombraba reyes, los apremiaba, los castigaba, los juzgaba, les daba o les quitaba el título de aliados del pueblo romano. (…)” (Montesquieu, 2007. p 257.)

En un séptimo momento aborda el poder judicial en roma, explica que luego de los reyes, juzgaron los cónsules (nombraban los jueces y formaban los tribunales que debían juzgar)  y después los pretores (designaba el  los jueces con aprobación del interesado y formaban una lista anual de jueces en la magistratura).De dicha lista se escogían para cada proceso los jurados como sucede en Inglaterra.

“Los jueces designados entre los inclusos en la lista no decidían más que en las cuestiones de hecho. Las de derecho, que exigen alguna mayor capacidad, se llevaban al tribunal de los centunviros. Los reyes se habían reservado la jurisdicción en materia criminal; lo mismo hicieron los cónsules. (…)  ya tenían el poder militar, y lo ejercían a veces en cuestiones de orden cívico; sus procedimientos, despojados de las formas de la justicia, más que juicios eran actos de violencia.” (Montesquieu, 2007. p 260.)

Por lo que se vio la necesidad de establecer la “ley Valeria” que le daba al pueblo el derecho de apelación en contra la disposición consular si esta amenazaba la vida de un ciudadano, pero los plebeyos asumieron este beneficio solo para ellos dejando por fuera a los patricios por lo que en la ley de las doce tablas se aclaró que no se podía sentenciar a muerte a ningún ciudadano si no se acordaba con el pueblo.

En este apartado también hace una diferencia entre los crímenes; plantea que unos son de interés de los particulares (privados) se nombra una comisión particular que establece un cuestor para desarrollar el proceso  y los que son de interés del Estado en relación con los ciudadanos (públicos) que son juzgados por el pueblo.

“Conviene hacer notar que los tres poderes pueden estar muy bien distribuidos respecto a la libertad de la Constitución, aunque lo estén menos bien respecto a la libertad del ciudadano.” (Montesquieu, 2007. p 264.) En roma estaba bien definido los alcances de los tres poderes pero el pueblo tenia mayor poder en el legislativo, una parte en el ejecutivo y en el judicial; mientras el senado también tenía una parte en el ejecutivo y una intervención en el legislativo pero no lo suficiente para equilibrar el poder del pueblo.

Finalmente en el octavo momento aborda como se distribuyó los tres poderes en las provincias donde era imposible que llegara el ojo veedor romano se enviaron  pretores y procónsules. Los cuales representaban en las provincias a Roma por ende tenían a su cargo los tres poderes estableciendo gobiernos despóticos  

Conceptos centrales:

LIBERTAD: es el derecho de hacer que las leyes permitan; y si un ciudadano pudiera hacer lo que las leyes prohíben, no tendría más libertad, porque los demás tendrían el mismo poder.” (Montesquieu, 2007. p 225)

LIBERTAD POLITICA: “un ciudadano es la tranquilidad de espíritu que proviene de la confianza que tiene cada uno en su seguridad: para que esta libertad exista, es necesario un gobierno tal que ningún ciudadano pueda temer a otro.” (Montesquieu, 2007. p 227)

Comentario crítico: En esta lectura se evidencia como en la historia Romana se dan diferentes escenarios que permiten evidenciar que sucede cuando los poderes están a cargo de un solo sujeto o recaen unos y otros sobre un grupo; y como esto afecta la libertad política.

Pero solo teniendo en cuenta el texto en caso Colombiano donde aparentemente cumple con la delimitación de los tres poderes y espacios de representación en apariencia lo suficientemente equitativos para que no beneficie una clase sobre otra,  por qué hay tanta inequidad. En este sentido como explicar las atribuciones legislativas que se atribuye el congreso en la aprobación de leyes como subirse su propio sueldo que según la lectura no debería ser así.  Esto me deja la pregunta de si la formas en que nos gobernamos en obsoleta y no cumple con las necesidades de un Estado en la actualidad.  Donde el problema ya no se pude mirar solo teniendo en cuenta la lucha de una clase sobre otra, sino que existen intereses particulares en disputa por un espacio de participación en el Estado.

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