Litispendencia No Es Notoria Ni Manifiesta
Enviado por Jair19 • 28 de Enero de 2013 • 4.609 Palabras (19 Páginas) • 532 Visitas
IMPROCEDENCIA R.A. 237/2012.
QUEJOSA Y RECURRENTE:
ARACELI TERESA DE JESÚS VALLE PÉREZ.
JUEZ DE DISTRITO COMISIONADO COMO MAGISTRADO:
FRANCISCO JAVIER REBOLLEDO PEÑA.
SECRETARIO:
OSCAR ALVARADO MENDOZA.
México, Distrito Federal. Acuerdo del Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, correspondiente a la sesión del día --------------- de dos mil doce.
V I S T O S
Y
R E S U L T A N D O:
PRIMERO. Mediante escrito presentado el dos de julio de dos mil doce, en la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, Araceli Teresa de Jesús Valle Pérez, solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal, en contra de las autoridades y por los actos que a continuación se transcriben:
AUTORIDADES RESPONSABLES
“ 1. EL TITULAR SACM SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, con domicilio en Calle 2 No. 219 (Calle Año de Juárez y Av. Ermita Iztapalapa DELEGACIÓN IXTAPALAPA), Col. Ampliación Granjas San Antonio, C.P. 09070 Cerca del Metro Escuadrón 201 a un costado de Macdonald´s, entre Plaza Ermita y el Hospital Infantil del ISSSTE, Delegación Iztapalapa, Distrito Federal.
2. EL TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE ATENCIÓN A USUARIOS SACM SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, con domicilio en Calle 2 No. 219 (Calle Año de Juárez y Av. Ermita Iztapalapa DELEGACIÓN IXTAPALAPA), Col. Ampliación Granjas San Antonio, C.P. 09070 Cerca del Metro Escuadrón 201 a un costado de Macdonald´s, entre Plaza Ermita y el Hospital Infantil del ISSSTE. Segundo punto aclaratorio. Delegación Iztapalapa, Distrito Federal.
3. Licenciado Anselmo López Escobar en representación AUXILIAR DE LA SECRETARIA DE FINANZAS, con domicilio en Calle 2 No. 219 (Calle Año de Juárez y Av. Ermita Iztapalapa DELEGACIÓN IXTAPALAPA), Col. Ampliación Granjas San Antonio, C.P. 09070 Cerca del Metro Escuadrón 201 a un costado de Macdonald´s, entre Plaza Ermita y el Hospital Infantil del ISSSTE, Delegación Iztapalapa, Distrito Federal. Este funcionario es el mismo que me invita a su oficina, para resolver mi conflicto de cobro en el domicilio Avenida Ermita Iztapalapa, número 2393, esquina Hidalgo, Colonia Santa Cruz Meyuehualco, Delegación Iztapalapa, Distrito Federal, (sic) Avenida Ermita Iztapalapa, número 2393, esquina Hidalgo, Colonia Santa Cruz Meyuehualco, Delegación Iztapalapa, Distrito Federal, por lo que este personaje es el que firma el oficio DEL OFICIO (sic) GDE/SACM/C/, SC-0187-11 FOLIO: 0187-11 que no le correspondía elaborar y firmar, con ello demuestro la mala fe con la que se conducen las Autoridades señaladas como Responsables DEL ACTO RECLAMADO, quienes correspondían al TITULAR SACM SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, O AL TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE ATENCIÓN A USUARIOS SACM SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DE FECHA VEINTINUEVE DE AGOSTO DE 2010 DEL OFICIO GDE/SACM/C/, SC-0187-11 FOLIO: 0187-11. Este oficio es extemporáneo y debe ser con el año correcto FECHA VEINTINUEVE DE AGOSTO DE 2011.
1. En su doble carácter de Ordenadora y Ejecutora. SACM SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, con domicilio en Calle 2 No. 219 (Calle Año de Juárez y Av. Ermita Iztapalapa DELEGACIÓN IXTAPALAPA), Col. Ampliación Granjas San Antonio, C.P. 09070 Cerca del Metro Escuadrón 201 a un costado de Macdonald´s, entre Plaza Ermita y el Hospital Infantil del ISSSTE.
2. DIRECCIÓN DE ATENCIÓN A USUARIOS SACM SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, con domicilio en Calle 2 No. 219 (Calle Año de Juárez y Av. Ermita Iztapalapa DELEGACIÓN IXTAPALAPA), Col. Ampliación Granjas San Antonio, C.P. 09070 Cerca del Metro Escuadrón 201 a un costado de Macdonald´s, entre Plaza Ermita y el Hospital Infantil del ISSSTE, Delegación Iztapalapa, Distrito Federal.
3. AUXILIAR DE LA SECRETARIA DE FINANZAS, con domicilio en Calle 2 No. 219 (Calle Año de Juárez y Av. Ermita Iztapalapa DELEGACIÓN IXTAPALAPA), Col. Ampliación Granjas San Antonio, C.P. 09070 Cerca del Metro Escuadrón 201 a un costado de Macdonald´s, entre Plaza Ermita y el Hospital Infantil del ISSSTE, Delegación Iztapalapa, Distrito Federal.”
ACTOS RECLAMADOS
“A) LA INCONSTITUCIONALIDAD, Violando el Ámbito Territorial, Espacial y Temporal de las Unidades Habitacionales de Ejercito Constitucionalista I, II, III, IV, V; código postal 09220; Guelatao de Juárez I código postal 09229 Y DEMÁS AFECTADAS, Delegación Iztapalapa, Distrito Federal, POR LAS autoridades Señaladas como responsables.
B) LA NULIDAD DE NOTIFICACIÓN, DE UNA INVITACIÓN DE PAGO DE FECHA VEINTINUEVE DE AGOSTO DE 2010 DEL OFICIO GDE/SACM/C/, SC-0187-11 FOLIO: 0187-11.
C) LA RESTRICCIÓN DEL SERVICIO DE LOS SERVICIOS HIDRÁULICOS PARA LA TOMA QUE TRIBUTA CON EL NÚMERO DE CUENTA 33-38-036883-01-170-3 DESDE LA FECHA VEINTITRÉS DE FEBRERO DEL DOS MIL ONCE, EN EL OFICIO NÚMERO GDF/SACM/DG/DAU/2011 DE FECHA VEINTITRÉS DE FEBRERO DEL DOS MIL ONCE; del Auxiliar de la Secretaría de Finanzas.
D) LA OMISIÓN DE NO DAR CONTESTACIÓN (sic) MI SOLICITUD DE FECHA DIECIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL ONCE.
G) (sic) SE DECRETE LA SUSPENSIÓN DE PAGO HASTA QUE SEA RESTABLECIDO; el Ámbito Territorial, Espacial y Temporal de las Unidades Habitacionales de Ejercito Constitucionalista I, II, III, IV, V; código postal 09222; Guelatao de Juárez I código postal 09229 y DEMÁS AFECTADAS, Delegación Iztapalapa, Distrito Federal, POR LAS autoridades señaladas como responsables.”
SEGUNDO. El Juez Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, a quien le correspondió conocer del asunto, por auto de cuatro de julio del año en curso, registró la demanda con el número 931/2012, y previnó a la quejosa, asimismo, requirío a este Órgano Colegiado para que remitiera copia certificada de diversas constancias relativas al juicio de amparo 1385/2011, de su índice (fojas 15 a 17 del juicio de amparo).
TERCERO. Por diverso acuerdo de trece de julio de dos mil doce, el Juez del conocimiento tuvo por recibidas las copias certificadas remitidas por este Tribunal y desechó de plano la demanda (fojas 53 a 56 del juicio de amparo).
CUARTO. Inconforme con dicha determinación Araceli Teresa de Jesús Valle Pérez, interpuso recurso de revisión; y por auto de treinta de julio de dos mil doce, el Juez Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, ordenó remitir los autos al Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en turno, para la substanciación
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