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Logica Juridica


Enviado por   •  17 de Abril de 2015  •  1.868 Palabras (8 Páginas)  •  288 Visitas

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La legalidad de la prueba, desde esta óptica tiene más bien por fin dar un

marco ético-jurídico a la libertad de prueba. El concepto de prueba ilícita impone

necesariamente la tarea de determinar qué derechos fundamentales se hallan

protegidos.

Creemos acertado señalar y concordando con la doctrina más moderna en la

materia, que la respuesta está en el orden constitucional que a partir de la postguerra

se preocupa preferentemente de dar protección y vigencia real a este tipo de

garantías procesales y por su intermedio se recoge además la protección contenida

en los tratados internacionales sobre derechos humanos.

Sin duda que este es el punto más gravitante de cualquier sistema de prueba,

en cuanto constituye el momento en que se determina el resultado de la actividad

probatoria desplegada por las partes y consecuencialmente con ello el resultado de

las pretensiones de las mismas, en tanto determina la decisión del conflicto.

Los criterios de libre valoración o de sana crítica según lo denominan algunos,

permitirían, como ya lo hemos dicho, revestir de racionalidad y precisión la actividad

de juzgamiento. En esta línea, se puede decir que ello posibilita que la decisión se

baste a sí misma. Lo cierto es que esto tiene una doble connotación.

Primero, la fundamentación o motivación de la resolución como forma de

exteriorización de las razones y de las pruebas que se tuvieron en cuenta para tomar

la decisión, y que constituye lo que se denomina exigencia externa; y en segundo

lugar, que esa valoración se apoye sobre las leyes de la lógica y las máximas de la

experiencia, abarcando todos y cada una de las conclusiones fácticas; lo que

constituye la exigencia interna de la actividad de apreciación.

Inclusive se puede, en la práctica, alcanzar cuestiones de hecho, mediante el

ataque de las conclusiones obtenidas por el juez de los hechos cuando el tribunal

considere que las conclusiones del primero carecen de sustento o no son acertadas.

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3.3.3 El principio de libre valoración según las reglas del criterio

racional

En el sistema penal de muchos países latinoamericanos, como Venezuela por

ejemplo, a diferencia del sistema guatemalteco, el juez es libre para obtener su

convencimiento, porque no está vinculado a reglas legales sobre la prueba; puede

convencerse de lo que le diga un único testigo, frente a lo que le digan varios. Ahora

bien, el principio de valoración de la prueba no significa que el juez tenga facultad

libre y absoluta, sin limitaciones, con total irrevisabilidad de la convicción del órgano

a quo respecto de los hechos probados.

El principio de libre valoración de la prueba significa que el juez debe apreciar

las percepciones durante el juicio según las reglas del criterio racional, es decir,

según las reglas de la sana crítica, observando las reglas de la lógica, los

conocimientos científicos y las máximas de experiencias, y dentro de ellas el principio

de contradicción e igualdad entre las partes.

3.4 El sistema de la sana crítica razonada

Este sistema de valoración de la prueba consiste que la ley, toma el control

del arbitrario convencimiento de los tribunales en la apreciación libre de la prueba, y

ha creado lo que la doctrina conoce con la denominación de un standard jurídico; o

un concepto límite saturado de contenido, cuyo desarrollo queda a cargo de la

doctrina científica. Hugo Alsina dice que "Las reglas de la sana crítica, no son otras

que las que prescribe la lógica y derivan de la experiencia, las primeras con carácter

permanente y las segundas, variables en el tiempo y en el espacio".

Por su parte Couture define las reglas de la sana critica como "las reglas del

correcto entendimiento humano; contingentes y variables con relación a la

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experiencia del tiempo y del lugar; pero estables y permanentes en cuanto a los

principios lógicos en que debe apoyarse la sentencia"6 .

Explayándose en el tema nos enseña que las reglas de la sana crítica

configuran una categoría intermedia entre la prueba legal y la libre convicción. Sin la

excesiva rigidez de la primera y sin la excesiva incertidumbre de la última, configura

una feliz fórmula de regular la actividad intelectual del juez frente a la prueba.

Las reglas de la sana crítica son, para él ante todo,"las reglas del correcto

entendimiento humano. En ellas interfieren las reglas de la lógica, con las reglas de

la experiencia del juez. Unas y otras contribuyen de igual manera a que el

magistrado pueda analizar la prueba con arreglo a la sana razón y a un conocimiento

experimental de los casos.

El juez que debe decidir con arreglo a la sana crítica, no es libre de razonar a

voluntad, discrecionalmente, arbitrariamente. Esta manera de actuar no sería sana

crítica, sino libre convicción. La sana crítica es la unión de la lógica y la experiencia

sin excesivas abstracciones de orden intelectual, pero también sin olvidar esos

preceptos que los filósofos llaman de higiene mental, tendientes a asegurar el más

certero y eficaz razonamiento"7

.

Couture destaca la diferencia entre la sana crítica y la libre convicción pues

este último es "aquel modo de razonar que no se apoya necesariamente en la prueba

que el proceso exhibe al juez, ni en medios de información que pueden ser

fiscalizado por las partes. Dentro de este método el magistrado adquiere el

convencimiento de la verdad con la prueba de autos, fuera de la prueba de autos y

aun contra la prueba de autos"8

.

6

Jiménez Conde, Fernando. La apreciación de la prueba legal y su impugnación, pág. 22. 7

Ibid. pág. 23.

8

Pereira Anabalón, Hugo. Motivación y fundamentación de las sentencias y debido proceso, pág. 32.

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El juez no está obligado a apoyarse en hechos probados, sino también en

circunstancias que le consten aun por su saber privado; y "no es menester, tampoco,

que la construcción lógica sea perfecta y susceptible de ser controlada a posteriori;

basta en esos casos con que el magistrado afirme que tiene la convicción moral de

que

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