Los Incidentes En El Juicio De Amparo
Enviado por hugohurt • 9 de Marzo de 2014 • 849 Palabras (4 Páginas) • 1.049 Visitas
Los incidentes
Introducción
El tema de los incidentes en el juicio de amparo, es un tema muy complejo y abstracto, se requiere de un estudio arduo y perspicaz para su entendimiento. Puesto que para su concepto y clasificación he encontrado dificultades para una unificación de su definición, naturaleza y tramitación de todos los incidentes que pueden tener cabida en el juicio de amparo.
La gestión del presente trabajo se basa en la Ley de Amparo vigente desde el 2 de abril del año en curso, se toma en cuenta lo propuesto por teóricos para su estudio, pero enfocado en la fundamentación de la ley en cita, haciendo esto solo para referencia. Considerando esto para tratar de entender los incidentes en el nuevo juicio, los cuales, los elementos de aquellos incidentes pensando que se lleguen a tomar en cuenta para la substanciación de los incidentes de la ley vigente.
Considerando lo anterior, se ha cambiado el tema de los incidentes para la ley recién aplicable de manera de fondo, y que habrá que esperar la práctica en los juicios de derechos fundamentales, para generar su consolidación en el amparo.
DEFINICIÓN
Existen muchos conceptos o definiciones en cuanto a los incidentes propuestos por muchos tratadistas, de los cuales se extrae una idea general:
Son los acontecimientos accesorios dentro de un juicio, que por su naturaleza, pueden influir en el desarrollo del proceso que resuelve el fondo del asunto.
Estos generan una interrupción o alteración en el proceso y deben ser resueltos en una sentencia especial para ellos, la sentencia interlocutoria.
CLASIFICACIÓN
Se clasifican en especial pronunciamiento, los cuales no suspenden el juicio y los de previo y especial pronunciamiento que si suspenden el proceso.
ANTECEDENTES
La ley de amparo vigente de 1936, consideraba que de acuerdo a la naturaleza del incidente (especial pronunciamiento y previo y especial pronunciamiento) se determinaba si se resolvía de plano o hasta antes de la sentencia.
Los de previo y especial pronunciamiento se resolvían de plano y no tenían tramitación alguna; si de especial pronunciamiento, se tramitaban según lo ordenaba su artículo y se resolvían hasta la Definitiva.
Muchos autores han dado su clasificación de incidentes en cuanto a si son de previo y especial pronunciamiento o especial pronunciamiento.
LEY VIGENTE
Al tenor del artículo 66 de la Ley de amparo vigente contempla los de incidentes como:
“Incidentes
Artículo 66. En los juicios de amparo se substanciarán en la vía incidental, a petición de parte o de oficio, las cuestiones a que se refiere expresamente esta Ley y las que por su propia naturaleza ameriten ese tratamiento y surjan durante el procedimiento. El órgano jurisdiccional determinará, atendiendo a las circunstancias de cada caso, si se resuelve de plano,
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