Los criterios para distinguir entre público y derecho privado
Enviado por ANACRASIA • 18 de Agosto de 2013 • Trabajo • 643 Palabras (3 Páginas) • 512 Visitas
correcta.Pero, al igual que como ocurre con este tema en general, la ubicación del Derecho Laboral no es una cuestión resuelta. Mario De La Cueva dice que "Si ahora después de esta discusión nos preguntamos cuál es la naturaleza del Derecho del Trabajo, encontramos que no sabemos ni más ni menos que antes".
CONCLUSIONES
Si bien existen por lo menos ciento cuatro criterios para distinguir entre Derecho Público y Privado, la doctrina suele destacar tres: el del interés protegido, el de la voluntad y el subjetivo, cada uno con su correspondiente crítica, lo que hace que ninguno sea absoluto. No obstante, considero que el mejor criterio para la distinción entre Derecho Público y Privado es el de la consideración, derivado del subjetivo, y consistente en determinar si el sujeto regulado en la norma en cuestión está considerado como parte de la sociedad civil o como parte del Estado en sentido amplio. En el primer caso es Derecho privado; en el segundo, es Derecho público. Al menos ese parece ser el sentido con que se utilizan en la práctica los conceptos de Derecho Público y Derecho Privado. No olvidemos el ejemplo del juez: cuando actúa como tal está considerado como parte del Estado en sentido amplio, y por tanto las normas procesales son Derecho Público; y cuando actúa como particular (como cuando va a divorciarse) está considerado como parte de la sociedad civil, y por lo tanto las normas sobre divorcios son Derecho Privado. Pero, así como los demás criterios para la distinción entre Derecho Público y Privado tienen su correspondiente crítica, al de la consideración también podemos hacerle la suya, y es que ignora la existencia de las personas públicas no estatales, y las personas privadas estatales, ya que, en el primer caso, no pertenecen al Estado en sentido amplio pero aún así se regulan por el Derecho público, y en el segundo caso sí pertenecen al Estado en sentido amplio pero se regulan por el Derecho privado. A su vez, el argumento contra dicha crítica es que, si bien el mejor criterio es el de la consideración, en realidad en estos casos se utiliza como criterio residual el del interés. No debemos olvidar tampoco que para el criterio de la consideración alcanza simplemente con estar considerado como parte de uno u otro grupo, independientemente a que se pertenezca a él de manera cabal.Existen ramas del Derecho que son verdaderas zonas grises entre Derecho Público y Privado. Tal es el caso de, por ejemplo, el Derecho Laboral, debido a que en algunos casos los sujetos que regula están considerados como parte del Estado en sentido amplio, y en otros como parte de la sociedad civil.Para terminar quiero dejar una reflexión filosófica. Todo este tema está teñido de un trasfondo gnoseológico, o incluso epistemológico (si seguimos la doctrina que afirma que el Derecho es una ciencia, y tomamos a la distinción entre Derecho Público y Privado como uno
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