Los derechos de la mujer
Enviado por 25464809 • 16 de Septiembre de 2014 • Tesis • 1.699 Palabras (7 Páginas) • 525 Visitas
Los derechos de la mujer
Contenido: Mujer. Derechos. Derechos de la mujer. Obligaciones que debe asumir el Estado con respecto a los derechos de la mujer. Asociaciones que promueven y promocionan los derechos de la mujer. Disposiciones.
Mujer
Mujer (del latín mulier, -eris) es la persona del sexo femenino. Mujer también remite a distinciones de género de carácter cultural y social atribuidas a la mujer así como a las diferencias sexuales y biológicas de la hembra en la especie humana frente al macho.
Mujer hace referencia a lo femenino y en el aspecto reivindicativo a la igualdad de derechos defendida por el feminismo.
Derechos
La expresión derechos, en plural, hace referencia a aquello que se concede o reconoce (independientemente de que haya sido reivindicado o no por él) a un sujeto de derecho; a diferencia de Derecho, en singular, que puede referirse a la ciencia jurídica, al ordenamiento jurídico o a un sistema jurídico.
La justificación del disfrute o ejercicio de los distintos derechos por cada uno de los sujetos que los detentan puede basarse en muy distintas circunstancias: el nacimiento, la herencia, la vecindad, la conquista, el trabajo, u otras.
En este sentido, resulta un término difuso por resultar omnicomprensivo de diversas situaciones o relaciones jurídicas, por el contenido, objeto o sentido de lo reconocido o concedido, el titular o el eventual obligado (sujeto pasivo).
Derechos de la mujer
La mujer tiene derecho, en condiciones de igualdad, al goce y a la protección de todos los derechos humanos y libertades fundamentales reconocidos por los instrumentos regionales e internacionales de derechos humanos.
Asimismo, las mujeres tienen derecho a vivir en un sistema social en el que no existan relaciones de poder basadas en el género, a una vida libre de violencia -en el ámbito público y privado-, a vivir sin discriminación alguna, a ser valoradas y educadas sin estereotipos de conductas y prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad y subordinación entre los sexos, a contribuir en el desarrollo y el bienestar de la sociedad y a participar en igualdad de condiciones que el hombre en las esferas política, económica, social, cultural o de cualquier otra índole.
Además de estos derechos vinculados a la igualdad y no discriminación, por su condición de mujer tiene derechos específicos relacionados, en particular, con su sexualidad, la reproducción y la protección de la maternidad.
Obligaciones que debe asumir el estado con respecto a los derechos de la mujer
Los Estados deben tomar las medidas apropiadas, legislativas o de otro carácter, para garantizar, sin discriminación alguna, la igualdad del hombre y de la mujer en el ejercicio y el goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales en todas las esferas.
Asimismo, los Estados deben condenar la violencia contra la mujer y aplicar todas las medidas apropiadas para eliminar esa injusticia.
Entre sus obligaciones se incluyen deberes de no hacer, o negativos, como de hacer o positivos. Esto significa que el Estado no sólo debe abstenerse de dictar normas incompatibles con esos objetivos, y de actuar en violación de los derechos de la mujer, sino que debe también adecuar su legislación, crear programas y políticas específicas y contar con los mecanismos y recursos para la implementación efectiva de las medidas que aseguren la vigencia plena de los derechos de la mujer.
Entre las medidas apropiadas para dar cumplimiento a esas obligaciones, pueden mencionarse:
– Medidas especiales de carácter temporal para combatir la discriminación de la mujer, encaminadas a acelerar la igualdad de facto entre ésta y el hombre.
– Medidas tendientes a modificar los patrones sociales y culturales con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias o de cualquier otra índole, que estén basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos, o en funciones estereotipadas.
– Medidas para la supresión de la explotación de la mujer, incluyendo la trata de mujeres y la explotación de la prostitución de éstas.
– Medidas para asegurar la igualdad de la mujer en la vida política y pública en el plano nacional e internacional.
– Medidas tendientes a garantizar la igualdad entre el hombre y la mujer en las leyes de nacionalidad.
– Medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera de la educación, del empleo y el trabajo.
– Medidas adecuadas para eliminar la discriminación contra la mujer en el acceso a la atención sanitaria, así como en materia de seguridad económica y social.
– Medidas especiales para hacer frente a la situación de vulnerabilidad de la mujer rural, de la mujer desplazada y de la mujer refugiada.
– Medidas apropiadas para asegurar el respeto del derecho internacional humanitario en cuanto a la protección especial de las mujeres en el marco de los conflictos armados.
– Medidas apropiadas para reconocer la igualdad jurídica y civil entre el hombre y la mujer, incluyendo los asuntos relacionados con el matrimonio y las relaciones familiares.
– Medidas para prevenir, investigar y sancionar todo acto de violencia contra la mujer, independientemente de que sus autores sean servidores públicos o particulares.
– Medidas adecuadas para garantizar el acceso a la justicia y a los recursos y mecanismos necesarios para la protección de los derechos de la mujer, así como la reparación que corresponda.
– Medidas que faciliten y promuevan la labor de las organizaciones no gubernamentales defensoras de los derechos de la mujer, así como
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