MATRIZ DE RIESGOS. CONTROLES OPERACIONALES
Enviado por Marcos Mra • 16 de Marzo de 2021 • Ensayo • 1.026 Palabras (5 Páginas) • 301 Visitas
| MATRIZ DE RIESGOS | ||
| Identificación y medidas de control ante Riesgos en la función policial | ||
UNIDAD | 2DA COMISARIA DE CARABINEROS COPIAPO | ||
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| CONTROLES OPERACIONALES |
LUGAR DE TRABAJO | ACTIVIDAD | RIESGOS | MEDIDAS DE CONTROL |
UNIDAD | SALA DE GUARDIA | EVASION DE DETENIDOS | La revisión del espacio destinado a los privados de libertad debe realizarse minuciosamente, a fin de detectar daños en la estructura, localizar objetos no permitidos que puedan servir para agredir a otra persona, intentar fugarse, o que hayan sido robados a otro privado de libertad. |
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| El personal policial debe de efectuar una revisión en forma inmediata al ingreso de un privado de libertad a la sala de custodia de detenidos, con el fin de verificar si porta algún elemento que pueda ser utilizado en contra de algún funcionario, si este solicitase la utilización de algún baño, el personal policial concurrirá junto con este hasta dicha dependencias en donde se mantendrá la puerta abierta a vista de este. |
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| El privado de libertad debe mantenerse esposado en todo momento hasta ser ingreso a la dependencia de custodia, en donde el retiro de dicha esposa se efectuara en el lumbral de dicha dependencia con el cuerpo del detenido mirando siempre hacia el interior de esta, manteniendo visión en sus manos y gesticulaciones. |
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| El privado de libertad en ningún momento debe quedar solo, debe mantenerse siempre en la supervigilancia de algún funcionario, inclusive cuando este necesite alimentación, la cual la realizara fuera de la sala de detenidos, en donde se mantendrá un lugar para dicho efecto, no obstante no se permitirá comestibles ni bebestibles calientes, no mantendrá cubiertos de metal ni con filos o puntas y en ningún momento incurrirá en discusión con el detenido. |
POBLACION |
| EVASION DE DETENIDOS | Una vez que los privados de libertad se encuentren dentro del vehículo se procederá a su inmediato traslado. El conductor deberá planificar la ruta más corta y segura. No deben improvisar rutas o recorridos que no hayan realizado, por ninguna causa deben detener el vehículo, salvo disposiciones de tránsito, fuerza mayor o caso fortuito. |
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| Cuando el equipo de trabajo tenga razones para sospechar que son seguidos y pueda tratarse de una acción ilícita, deben hacer uso del equipo de comunicación con la finalidad de solicitar cooperación a los demás dispositivos que se encuentren en la cercanía, conduciendo el vehículo en forma rápida pero prudente hacia algún puesto de guardia o en su defecto a algún centro de gendarmería o de otro Cuerpo Policial, para protegerse y solicitar la ayuda pertinente. |
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| Si durante el traslado, el privado de libertad debe realizar una necesidad fisiológica y se hace necesario detener el vehículo, el conductor de detenidos debe tratar de ubicar algún sitio adecuado donde puedan facilitarle el servicio sanitario; lugar que previamente debe ser revisado, para tomar las medidas de seguridad del caso e impedir cualquier intento de fuga, señalando dicha situación a la central de comunicaciones y a los dispositivos de la población, a fin de que alguno que se encuentre sin procedimientos pueda entregar la cooperación respectiva. |
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| El privado de libertad en ningún momento se debe mantener sin custodia, si solicitase algún medio de comunicación o de dar aviso de su detención, este lo efectuara el personal de guardia, a través del teléfono correspondiente a dicha dependencia, queda prohibido la utilización de algún medio de comunicación por parte del mismo detenido, como a su vez queda prohibido la utilización de dichos medios de comunicación personal del personal policial que sea facilitado al detenido. |
UNIDAD | SALA DE GUARDIA | SUICIDIO / LESIONES | El personal de custodia debe de efectuar una revisión de la sala de permanencia del privado de libertad a fin de verificar que no exista algún elemento para provocar una auto lesión. |
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| El personal de custodia debe de efectuar en la recepción del privado de libertad una minuciosa revisión de sus vestimentas a fin de que no porte ningún elemento que permita alguna lesión ni para él o para el personal policial, estando en todo momento esposado y frente al personal aprehensor, de igual forma cuando se anote las especies incautadas o para la anotación de sus especies en los registros correspondientes, los cuales deberán ser firmados tanto por el personal de custodia, aprehensor e imputado. |
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| El privado de libertad al ser visitado por algún familiar o amistad, el funcionario debe aceptar las prendas o alimentación que le dispongan, y posteriormente revisar dichas especies a fin de que no contengan ningún tipo de elemento ajeno al efecto, manteniendo siempre la visión hacia ambas personas cuando se encuentren conversando, si es necesario y las circunstancias lo ameriten deberá estar el detenido en un lugar separado de la visita a fin de evitar cualquier riesgo de agresión o entrega de objetos. |
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| El personal de custodia en ningún momento procederá a discutir con algún detenido, a fin de evitar agresiones o violencia innecesaria, aplicando las técnicas de reducción necesarias.- |
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| Al realizar la revisión de vestimentas al privado de libertad este debe mantenerse esposado, dicha revisión debe de realizarse en conjunto con el personal aprehensor a fin de que sea corroborado cualquier lesión o que mantenga objetos. |
POBLACION |
| SUICIDIO / LESIONES | El privado de libertad no debe encontrarse en ningún momento a solas y sobre todo cuando se encuentre en el interior de un vehículo policial. |
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| El personal policial debe de efectuar una inspección en el interior del vehículo policial antes de ingresar a un privado de libertad. |
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| Si por algún motivo el trasladado fuese de mayor distancia, el personal antes de salir debe de tomar todas las medidas de seguridad, además deben de mantener bebestibles y comestibles tanto para el detenido como para el personal, a fin de evitar detenciones innecesarias, teniendo visión prolongada con el detenido. |
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| El personal policial aprehensor al proceder a la detención de un sujeto en ningún momento incurrirá en la violencia innecesaria debiendo realizar las técnicas de reducción necesarias solo para el esposamiento del sujeto. |
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| El personal policial debe de realizar una revisión de las vestimentas del privado de libertad antes de ingresarlo a un vehículo policial. |
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