MEDIOS DE ADQUIRIR EL PATRIMONIO DEL ESTADO
Enviado por lolindri • 2 de Octubre de 2014 • Informe • 1.032 Palabras (5 Páginas) • 296 Visitas
MEDIOS DE ADQUIRIR EL PATRIMONIO DEL ESTADO.
Por nuestra parte, consideramos que debe definírsele de forma abreviada:
Universalidad de bienes, derechos y recursos finanzieros con los que cuenta el estado para cumplir sus atribuciones.
Según Fernando Garrido Falla, el patrimonio estatal es el conjunto de derechos de contenido económico que pertenece al estado.
Según Jorge Olivera Toro, es el conjunto de bienes, recursos e inversiones que destina o afecta en forma permanente a la prestación directa o indirecta de los servicios públicos o a la realización de su objetivo o finalidades de política social o económica.
Como elementos del concepto de patrimonio del estado se pueden señalar :
a) El titular del patrimonio: el estado, como persona jurídica colectiva.
b) Integra dicho patrimonio: cosas, derechos y recursos financieros; es decir, medios de tipo económico.
c) Una finalidad: sus fines pueden ser de naturaleza muy diversas, y están determinados por la oposición iusfilosofica de quien defina: el bien común, el interés general, la justicia social, la egemonia de la clase dominante, el beneficio social, garantizar la libertad individual, cumplir los cometidos o las atribuciones estatales.
EXPROPIACION.
Esta figura constituye el mas importante de los modos de adquirir bienes que tiene el estado dentro del derecho publico. Así lo es en la actualidad y asi lo fue en el pasado; lo es en nuestro derecho y en numerosos casos de derecho comparado.
La expropiación aparece entre los medios de acción que la administración a empleado desde siglo atrás. A raíz de la revolución Francesa de 1789 la expropiación se regula como una excepción necesaria al derecho de propiedad, que tan vehementemente defiende y consagra ese movimiento; y se establece con la expropiación será siempre mediante indemnización justa, previa y en dinero. Con estos requisitos la doctrina posterior ha venido estudiando esta figura del derecho patrimonial del estado.
Es importante insistir en que se trata de un acto unilateral del estado, acto administrativo, en virtud de lo cual no se requiere del consentimiento del particular afectado; si bien es cierto que en ocasiones la administración procura obtener los bienes requeridos por otro medio por ejemplo, compra – venta o permuta. Ellos se debe a razones de economía en los proceimientos administrativos y no a un requisito teorico o legal, de intentar con antelación a la expropiación, otros medios de adquirir bienes.
BIENES QUE PUEDEN SER EXPROPIADOS.
Cualquier bien puede ser expropiado ya sea bien mueble o inmueble; pero debe pertenecer a un particular, ya que no puede concebirse que el estado se expropie asi mismo en todo caso, recurre a un decreto de destino para afectar un bien o alguna actividad.
ELEMENTOS DE LA EXPROPIACION.
La doctrina señala como elementos de la expropiación la autoridad expropiante, el particular afectado, el bien expropiado, la causa de utilidad publica que motive el acto o la indemnización.
Dentro de la expropiación habrá utilidad publica con motivo de:
a) Servicios públicos.
b) Caminos y puentes.
c) Parques.
d) Embellecimiento y saneamiento de la población.
e) Conservación de lugares históricos, artísticos y de la belleza panorámica.
f) Guerra exterior o interior.
g) Abastecimientos de los artículos de consumo necesario.
h) Impedir incendios, plagas o inundaciones.
i) Conservación de elementos naturaleza explotables.
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