MERCANTIL EJECUTIVO
Enviado por Giorgio Flowers • 3 de Octubre de 2018 • Trabajo • 2.186 Palabras (9 Páginas) • 230 Visitas
MERCANTIL EJECUTIVO
AURELIO ÁVILA IBARRA
-VS-
MA. CRISTINA RODRÍGUEZ GARCÍA
C. JUEZ DE LO MERCANTIL EN TURNO.
P R E S E N T E:
JOSE DE JESUS MUÑOZ VELARDE, mexicano, mayor de edad, abogado de profesión, señalando como domicilio para recibir notificaciones la finca marcada con el número 1926, de la Calle Lerdo de Tejada, en la Americana del municipio de Guadalajara, Jalisco, y nombrando como abogados, así como para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos a los Licenciados Jorge Armando Flores Castañeda y/o Edgar Martin Robles Manzo, con las sumas facultades que les confiere el artículo 1069 del Código de Comercio, ante usted con el debido respeto comparecemos a:
E X P O N E R:
Que por medio del presente escrito y con el carácter de endosatario en procuración del señor Aurelio Ávila Ibarra, de quien acompañando copia simple de su INE así como de su RFC, me presento a demandar en la VIA MERCANTIL EJECUTIVA, ejercitando la Acción Cambiaria Directa en contra de la C. MA. CRISTINA RODRIGUEZ GARCIA, en su carácter de deudora, por las siguientes:
P R E S T A C I O N E S:
1).- Por el pago de la cantidad de $27,500.00 (Veintisiete Mil Quinientos Pesos 00/100 M.N.), como suerte principal.
2).- Por el pago de los intereses moratorios a razón del interés pactado desde la fecha en que se constituyó en mora y hasta la fecha en que se cubra el adeudo.
3).- Por el pago de gastos y costas que con motivo del presente juicio se originen.
Fundo la presente demanda al tenor de los puntos y consideraciones de derecho y conforme a los siguientes
H E C H O S:
1.- a). - En esta ciudad de Zapopan, Jalisco, la ahora demando Sra. Ma. Cristina Rodríguez García, suscribió a favor de mí representado el día 20 veinte de diciembre del año 2012 dos mil doce, 01 un documento denominado pagaré, mismo que a continuación describo:
* Pagaré número 01 uno de 01 uno, bueno por la cantidad de $27,500.00 (Veintisiete Mil Quinientos Pesos 00/100 M.N.), suscrito el 20 veinte de diciembre del año 2012 dos mil doce, a mi favor, con fecha de vencimiento el día 20 veinte de enero del año 2014 dos mil catorce.
Estipulando un 3% ocho por ciento de interés mensual por todo el tiempo que quede insoluto dicho documento, más los gastos que se originen por el cobro.
2.- Después de innumerables gestiones y de múltiples cobros extrajudiciales solo se obtuvo un abono por la cantidad de $12,000.00 (Doce Mil Pesos 00/100 M.N.), el día 30 de junio del año 2017 dos mil diecisiete, razón por la cual interrumpe la prescripción del título de crédito y habiéndose comprometido a liquidar dicho adeudo el cual hasta el momento no ha cumplido, razón por la cual se viene a demandar y exigir el pago de este documento pagaré a la ahora demandada.
3.- Por lo que en el momento en que hizo el abono anteriormente referido, se le hizo entrega de un recibo oficial número A11221555, expedido por la Secretaria de Finanzas del Estado de Jalisco, referente al refrendo anual de placas vehiculares, una factura numero 0020 expedida por la social denominada Corporación Tepetates S.A. de C.V. y una factura número 278, expedida por la denominada Coval Chevrolet S.A. de C.V.
4.- Es su caso su señoría que la parte demandada tiene su domicilio en la finca marcada con el numero 3636 de la Calle 6 de enero, en la Colonia Nuevo México en el municipio de Zapopan, Jalisco, por lo que corresponde competencia a este Partido Judicial, así mismo señalo
A continuación, procedo a ofrecer los siguientes medios de convicción suficientes para probar el derecho que asiste para ejercitar la presente acción:
P R U E B A S:
1.- CONFESIONAL DE POSICIONES. - A cargo de la parte demandada Sra. Ma. Cristina Rodríguez García, la cual deberá absolver de manera personalísima y no por conducto de su abogado o apoderado, respecto del pliego de posiciones que se presentará al momento de ofrecimiento de pruebas. La cual la relaciono con todos hechos controvertidos en este escrito inicial de demanda. Este medio de convicción lo relaciono con todos y cada uno de los puntos constitutivos del escrito inicial de la demanda y de contestación respectivamente.
QUE SE DEMUESTRA: Con dicha probanza se demuestra la existencia del adeudo a mi favor y la legitimación activa para ejercitar la presente acción legal. Así mismo acreditar el reconocimiento de la deuda y que no ha sido posible conseguir la liquidación total de la obligación.
2.- DOCUMENTAL PRIVADA. - Consistente en los 06 seis pagares, los cuales ya fueron descritos en el capítulo anterior en los incisos a), b), c), d), e) y f) y que se anexan al presente escrito.
QUE SE DEMUESTRA: Con dicha probanza se demuestra la existencia del adeudo a favor de mí representado y la legitimación activa para ejercitar la presente acción legal. Así mismo acreditar el reconocimiento de la deuda y que no ha sido posible conseguir la liquidación total de la obligación.
3.- DOCUMENTAL PRIVADA. - Consistente en los 02 dos fojas, las cuales fueron descritas en el punto número 2 y 3 del capítulo de hechos de a presente libelo.
QUE SE DEMUESTRA: Con dicha probanza se demuestra la existencia del adeudo a favor de mí representado y la legitimación activa para ejercitar la presente acción legal. Así mismo acreditar el reconocimiento de la deuda y que no ha sido posible conseguir la liquidación total de la obligación.
4.- CONFESIONAL TACITA. - Consistente en todas aquellas circunstancias que del presente escrito se desprenden y que la parte demandada no de contestación por escrito. Este medio de convicción lo relaciono con todos y cada uno de los puntos constitutivos del escrito inicial de la demanda y de contestación respectivamente.
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