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MICROCREDITO HABITACIONAL


Enviado por   •  4 de Octubre de 2013  •  408 Palabras (2 Páginas)  •  1.070 Visitas

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MICROCREDITO HABITACIONAL

Objetivo

Contribuir a mejorar la calidad de vida de las familias, canalizando recursos que permitan el financiamiento de soluciones habitacionales adecuadas a las necesidades de la población de menores ingresos.

Subprestatario

Podrán ser beneficiarios de la Línea las personas naturales que se requieran recursos para invertirlos en sus viviendas y que, a juicio de la IFI, sean calificadas como sujeto de crédito.

Destino

• Construcción.

• Ampliación.

• Mejoras, adecuación y refacción de viviendas.

• Conexión de servicios.

• Adquisición de terreno destinado a vivienda.

Modalidad de Canalización

Mediante una Línea de Crédito a la IFI, la misma que puede ser Reembolso o Adelanto de Recursos.

Condiciones Financieras

• Estructura del Programa: La Línea financia hasta el 100% del requerimiento.

• Moneda: Dólares Norteamericanos o en Nuevos Soles

• Plazo y Forma de Pago: Hasta cinco (5) años, el cual podrá incluir un período de gracia de hasta un (1) año. El pago se realizará mediante cuotas trimestrales que incluyen capital e intereses.

• Tasa de Interés a la IFI: La que determine COFIDE.

• Tasa de Interés al Subprestatario: La que determine la IFI en negociación con el Subprestatario.

• Monto máximo por Subprestatario:El monto máximo a un Subprestatario no podrá exceder los US$5 000.

Ejecución de La Línea

Para proceder a la aprobación y desembolso de los recursos, la IFI deberá remitir a COFIDE lo siguiente:

Reembolso: la Solicitud de Desembolso, el Informe de Crédito, la Declaración del Subprestatario, la Nota de Abono de los Subpréstamos y el Pagaré de la IFI a favor de COFIDE.

Adelanto de Recursos: la Solicitud de Desembolso y el Pagaré de la IFI a favor de COFIDE.

La IFI dispone de un plazo no mayor a noventa (90) días calendarios para efectuar el desembolso a los Subprestatarios. Asimismo, en un plazo no mayor a los quince (15) días calendarios posteriores al vencimiento de los noventa (90) días señalados, la IFI deberá remitir el Informe de Crédito, la Declaración del Subprestatario y la Nota de Abono de los Subpréstamos.

Supervisión y Control

La IFI tiene la obligación de realizar las supervisiones necesarias para controlar el uso adecuado de los recursos de acuerdo a los fines establecidos por la Línea y demás normas complementarias que se establezcan.

COFIDE se reserva el derecho de supervisar la correcta utilización de sus recursos. En caso de comprobarse el uso no adecuado de los recursos o exista cualquier incumplimiento de lo señalado por el Reglamento de Crédito de la Línea,

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