ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Matrimonio Gay En Oaxaca


Enviado por   •  1 de Febrero de 2014  •  1.613 Palabras (7 Páginas)  •  547 Visitas

Página 1 de 7

En México son dieciséis los Estados que han permitido el matrimonio entre personas del mismo sexo y dos los que los que lo mencionan en alguna de sus jurisdicciones. En solo once años se ha logrado que las leyes de la mitad del país consideren las necesidades y derechos de este sector de a sociedad mexicana.

En el 2007 se aprobaron las sociedades de convivencia en el Distrito Federal y los pactos de solidaridad en el estado de Coahuila, sin embargo se han presentado antecedentes internacionales que hubieran o podrían servir como ejemplo para lograr la transformación de la definición del matrimonio por medio del amparo.

Las herramientas necesarias para que esto ocurriera estuvieron ahí todo el tiempo: la Constitución explícitamente reconoce el derecho a la no discriminación en general, sobre todo por cualquier razón que atente contra la dignidad de una persona, así como la protección de la familia, sin restringirla a alguna composición particular.

Es así como durante los primeros meses del año 2012 fueron atraídos por la primera Sala de la Corte tres amparos sobre matrimonio entre personas del mismo sexo originaros del estado de Oaxaca promovidos por la organización oaxaqueña Frente Oaxaqueño por el Respeto y Reconocimiento de la Diversidad Sexual (FORRDS). Estos amparos son: Amparo 457/2012, Amparo 567/2012 y el Amparo 581/2012, es de este ultimo del cual voy a exponer en este trabajo al ser el único cuya situación ha sido resuelta, y que será usado como antecedente para los otros dos.

El entonces Amparo en revisión 581/2012 trataba de un amparo indirecto contra la negativa del Registro Civil del Estado de Oaxaca. El amparo 1143/2011 fue otorgado, pero el Congreso del estado, el Registro Civil y la Consejería Jurídica del Gobierno del estado interpusieron la revisión y se solicitó el ejercicio de la facultad de atracción. Se le otorgo el expediente SEFA 202/2012, designado a la ponencia del ministro Arturo Zaldívar.

ANTECEDENTES

El día 4 de agosto de 2011, un par de mujeres identificadas públicamente como Liz y Montse para proteger su identidad, presentaron una solicitud de matrimonio ante la Oficialía de Parte del Registro Civil de Oaxaca, la cual fue negada por la Primera Oficial del Registro Civil en un oficio donde se argumento la existencia de una imposibilidad legal que impedía conceder la petición de matrimonio realizada.

El 9 de Septiembre de 2011 Liz y Montse interponen una demanda de amparo indirecto contra los actos emitidos por las autoridades del estado:

Congreso del Estado.

Gobernador constitucional.

Director del Periódico Oficial del Estado.

Primera Oficial del Registro Civil de Oaxaca de Juárez.

Secretario General de Gobierno, Directora del Registro Civil y de la Jefa de la Unidad de Oficialías del Registro Civil.

Pues el Código Civil de dicha entidad solo permite el matrimonio entre un hombre y una mujer. En contra de la negativa promovieron amparo, mismo que fue resuelto en definitiva por la SCJN con fecha 5 de diciembre de 2012. El amparo les fue concedido, pues el Máximo Tribunal determinó que la prohibición tácita para que una pareja del mismo sexo contraiga matrimonio “constituye una medida legislativa discriminatoria, toda vez que hace una distinción con base en la preferencia sexual de las personas que se traduce en la exclusión arbitraria de las parejas homosexuales del acceso a la institución matrimonial.

Secretario General de Gobierno, Directora del Registro Civil y de la Jefa de la Unidad de Oficialías del Registro Civil.

En el mismo se hace narración de los antecedentes del caso y la formulan los conceptos de violación de derechos a su favor señalados en los artículos 1ro y 4to constitucionales.

JUICIO DE AMPARO

En el amparo 581 promovido el 12 de mayo de 2012 en Oaxaca, así como en los otros tres, se presentaron los siguientes argumentos con intención de señalar y denunciar la discriminación contenida en la redacción de la definición de “Matrimonio” señalada en el CC de Oaxaca Inconstitucionalidad en el oficio emitido por el Registro Civil, que hacía alusión al artículo 143 del Código Civil de Oaxaca para negarse a casarlas, que textualmente dice:

143.- El matrimonio es un contrato civil celebrado entre un solo hombre y una sola mujer, que se unen para perpetuar la especie y proporcionarse ayuda mutua en la vida.

El contrato de matrimonio solamente se disuelve por la muerte de alguno de los cónyuges o por el divorcio.

Falta de protección a las familias homoparentales que se establece en el articulo 4to constitucional:

Artículo 4o.

El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.

Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (10 Kb)
Leer 6 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com