Matrimonio canónico
Enviado por karinachirivella • 28 de Abril de 2014 • Tutorial • 5.326 Palabras (22 Páginas) • 171 Visitas
Matrimonio canónico
Derecho Eclesiástico del Estado
A) Concepto: 1. Terminología. 2. Definiciones usuales. 3. Análisis de la definición legal.
B) Fines específicos: 1. La ordenación a los fines. 2. El bien de los cónyuges. 3. El bien de la prole. 4. Relación entre ambas finalidades.
C) Propiedades esenciales: 1. Nociones. 2. La unidad. 3. La indisolubilidad.
D) Naturaleza: 1. La realidad natural: contrato o institución. 2. El sacramento; inseparabilidad entre sacramento ycontrato. 3. El matrimonio como «comunidad de vida y amor» y como «relación interpersonal».
A) Concepto.
1. Como concepto inicial puede decirse que matrimonio canónico es el regulado por la legislación de la Iglesia católica(acepción objetiva del término) o bien el contraído, de acuerdo con esta legislación, por quienes están obligados a ellos (acepción subjetiva del término).
Conviene distinguir entre el matrimonio como acto jurídico (tradicionalmente denominado «in fieri») y el matrimonio en cuanto estado de vida (tradicionalmente denominado «in facto esse»). En cuanto acto jurídico es la celebración del mismo consistente en la declaración de voluntad, responsable y recíproca, por la que los contrayentes manifiestan su mutua entrega y en virtud de la cual quedan constituidos en la situación de marido y esposa. En el lenguaje usual: boda, casamiento, nupcias. En cuanto estado jurídico es el régimen inseparable de vida («individua vitae consuetudo») por el que quedan ligados los consortes. En el lenguaje usual: comunidad, sociedad o consorcioconyugal; régimen, estado o unión marital; vínculo, instituto o institución matrimonial.
Ambas significaciones, aunque aluden a realidades distintas, guardan estrechas relaciones: 1.º El acto jurídico odeclaración de voluntades es la causa eficiente y el punto de partida del estado matrimonial (c. 1.134). 2.º El objeto sobre el que versa el consentimiento matrimonial es la instauración entre los contrayentes del instituto matrimonial (c. 1.057).
2. Aunque la concepción canónica del matrimonio dista considerablemente de la configurada por el Derecho romano, la tradición canónica aceptó la definición que diera éste. Prueba de ello puede ser lo afirmado por Pío XI: «Porque como ya tantos siglos antes había definido el antiguo Derecho romano, el matrimonio es la unión de marido y mujer, elconsorcio de la vida toda, la comunicación del derecho divino y humano (D. XXIII, II, 1)» (Encíclica «Casti Connubii», del 31 de diciembre de 1930, número 52).
El Código Canónico derogado (1917) no ofreció una definición sobre el matrimonio. Lo más cercano a tal intento podría ser lo afirmado al establecer el mínimo conocimiento necesario para poder contraerlo: «no ignorar que elmatrimonio es una sociedad permanente entre varón y mujer para engendrar hijos» (c. 1.182.1).
Sin pretender dar una defnición estricta, el Concilio Vaticano II (1962-1965) dedicó páginas bellísimas a la concepcióncristiana del matrimonio. Una de las más importantes es ésta: «Fundada por el Creador y en posesión de sus propias leyes, la íntima comunidad de vida conyugal de vida y amor está establecida sobre la alianza de los cónyuges, es decir, sobre su consentimiento personal e irrevocable. Así del acto humano, por el cual los esposos se dan y se reciben mutuamente, nace aún ante la sociedad civil, un insitutuo confirmado por la ley divina. Este vínculo sagrado, en atención al bien, tanto de los esposos y de la prole como de la sociedad, no depende de la decisión humana, pues el mismo Dios es autor del matrimonio, al que ha dotado con bienes y fines varios; su importancia es muy grande para la continuación de género humano, para el bienestar personal de cda miembro de la familia y su suerte eterna, para laestabilidad, paz y prosperidad de la misma familia y de toda la sociedad humana (Constitución pastoral «Gaudium et Spes», número 48,1).
El Código Canónico vigente (1983) vuelve a conectar con la terminología romanista («consortium omnis vitae»). Al referirse al conocimiento mínimo necesario para contraer afirma: «no ignorar que el matrimonio es un consorcio permanente entre varón y mujer, ordenado a la procreación de la prole mediante una cierta cooperación sexual» (c. 1.096,1). Pero donde se contiene una concisa definición legal es cuando afirma: «Mediante la alianza matrimonial el varón y la mujer establecen entre sí un consorcio de toda la vida («consorcio totius vitae») ordenado por su misma índole natural al bien de los cónyuges y a la generación y educación de la prole» (c. 1.055,1).
3. Dejando para más adelante lo referente a los fines del matrimonio, el legislador cifra su esencia en los siguientes elementos: a) un consorcio; b) entre un varón y una mujer; c) para la vida toda, esto es, en su integridad o plenitud.
a) La idea de consorcio sugiere la participación y comunicación de una misma suerte y significa la unión que se produce entre los esposos según el orden de la naturaleza, realizando, mediante su unión espiritual y corporal, el mandato bíblico de que «serán dos en una sola carne» (Mt. 19,6). Esta singular unión entre hombre y mujer se traduce, jurídicamente, en un vínculo o relación específica en virtud de la cual los «contrayentes» quedan constituidos recíprocamente en la condición de «cónyuges», «consortes» o «esposos».
b) Puesto que el matrimonio se produce entre un varón y una mujer se trata de una unión monógama y heterosexual en la que los esposos quedan intregrados no sólo en cuanto personas, sino también en cuanto seres diferenciados sexualmente. De donde cabe concluir: 1.º El matrimonio es el modo, racional y adecuado a la dignidad de la persona humana, de responder a la natural atracción mutua, física y afectiva, entre personas de diferente sexo. 2.º En el matrimonio se realiza, también en la forma más adecuada a la dignidad personal del ser humano, el mutuo complemento de los consortes, habida cuenta del carácter complementario que por naturaleza tiene un sexo para con el otro. 3.º En el matrimonio los cónyuges se asumen mutuamente en cuanto hombre y en cuanto mujer, es decir, habida cuenta de su virilidad y feminidad y, por ende, la unión ha de quedar abierta a la paternidad y a la maternidad que son los términos a los que por naturaleza tiende su condición de seres sexuados, es decir, dotados de virilidad y feminidad respectivamente. Desde el punto de vista jurídico, esta singular forma de relacionarse los cónyuges entre sí da lugar al derecho mutuo, a los actos conyugales y a la recepción de la prole («ius in corpus», «ius ad prolem»).
c)
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