ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Memorial


Enviado por   •  6 de Diciembre de 2014  •  Síntesis  •  450 Palabras (2 Páginas)  •  202 Visitas

Página 1 de 2

NELIA MARIA BERMUDEZ MEJIA, Identificada Con La Cedula De Ciudadanía No. 40.914846 Expedida en Riohacha la Guajira, por medio del presente escrito me dirijo a ustedes para contrariar y refutar los cargos formulados por ELECTRICARIBE S.A. E.S.P. en el proceso administrativo que iniciaron en mi contra, según referencia antes citada, en virtud de las facultades que me otorga la ley 142 de 1994 y normas concordantes, para lo cual relaciono lo siguiente:

HECHOS

1. Vivo en el inmueble ubicado en la carrera 26 b No. 45 -36 barrios el Oasis de la ciudad de Valledupar.

2. En dicho inmueble convivo junto con otras cinco de personas.

3. Para el día jueves 23 de mayo de recibí información acerca de un inicio de proceso administrativo en contra del señor propietario suscriptor y/o usuario del bien inmueble en el que resido.

4. En el documento recibido me hacen saber que se inicia una actuación administrativa ante la cual yo no tenía conocimiento de la supuesta visita y de las irregularidades que se encontraron en mi predio.

5. Dicha revisión se realizó sin aviso previo por parte dela empresa, lo que no me permitió verificar sobre la autenticidad de la orden de revisión, ya que no me costa si esta se realizó de manera legal o ilegal.

6. conforme al pliego de cargos emanada por la empresa de servicios

públicos, establece que la irregularidad detectada es que el medidor se encuentra en MAL ESTADO al encontrarse el disco del elemento móvil (rotor) deteriorado, así como lo confirma el auxiliar de laboratorio GM8833907 y revisado por el jefe de laboratorio MYRNA CARDOZO MEZA en el certificado de calibración 1-0453-04-2013.

7. En dicho oficio de cargos que inician en mi contra por medio de una actuación administrativa en donde se me informa que dentro de los cinco (5) a la recepción del mencionado acto, en lo cual expondré:

CONSIDERACIONES

Haciendo uso del principio de Presunción de veracidad y/o de la buena fe, en sus consideraciones estipula que durante un procedimiento administrativo, todo lo que el administrado presente se va a presumir verdadero y no será cuestionado. El fundamento de fondo de esto es la presunción de inocencia; no puede presumirse que un administrado ha cometido actos ilícitos. El fundamento práctico es que la Administración Pública no puede verificar la autenticidad de cada documento o prueba que se presenta. Sin embargo, esto se puede contrarrestar con la fiscalización posterior, y por ello es una presunción iuris tantum.

Conforme a los Artículo 66 y 67 de la 1437 del 2011, que en sus enunciados establece los parámetros para Notificación personal, de carácter particular respecto a las decisiones que pongan término a una actuación administrativa se notificarán personalmente al interesado, a su representante o apoderado, o a la Persona debidamente

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (3 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com