Minuta De Compra Venta De Acciones Y Derechos
Enviado por guifarvil • 30 de Enero de 2014 • 1.081 Palabras (5 Páginas) • 872 Visitas
SEÑOR NOTARIO:
Sírvase usted, extender en su Registro de Escrituras Públicas una de DONACIONDE DERECHOS Y ACCIONES que otorga don MANUEL SARMIENTO PACHERRY, identificado con D.N.I. N° 06567044, peruano, de ocupación comerciante, estado civil viudo, con domicilio en Avenida Mariscal Cáceres 497, Urbanización Valdivieso, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, a quien en adelante se le denominará EL DONANTE; y de la otra doña NELLY SARMIENTO CRISTOBAL DE CESPEDES, peruana, identificada con D.N.I. Nº 06556702, de ocupación empleada, estado civil casada, y su cónyuge don MARIO REYNALDO CESPEDES NUÑEZ, peruano, identificado con D.N.I. N° 43293209, de ocupación policía, estado civil casado, ambos con domicilio en Pasaje Jorge Chávez Mz. U, Lote 31, ASVISERPIP, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, a quienes en adelante se les denominará LOS DONATARIOS; en los términos y condiciones siguientes:
Primero.- EL DONANTE es propietario del 16.66% de derechos y acciones del inmueble ubicado en Calle Mariscal Cáceres Manzana K, Lote 31 (actualmente con numeración municipal 497), Urbanización Valdivieso, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima.
El dominio sobre el referido inmueble lo adquirió EL DONANTE, mediante la sucesión intestada de su cónyuge doña Antonia Cristóbal Chuquín, corriendo inscrito en la Partida Registral N° 44955822 del registro de la propiedad Inmueble de Lima.
Segundo.- Por el presente contrato EL DONANTE da en venta real y enajenación perpetua a favor de LOS DONATARIOS, la totalidad de los derechos y acciones que le corresponden sobre el inmueble descrito en la cláusula primera de este documento.
Tercero.- El precio pactado entre ambas partes por la totalidad de los derechos y acciones que se transfieren es la suma de S/. 20,000.00 (Veinte mil y 00/100 Nuevos Soles), que LOS DONATARIOS han cancelado a EL DONANTE, al contado en dinero en efectivo con anterioridad a la firma del presente documento.
La suscripción de la presente minuta por parte de EL VENDEDOR acredita de manera suficiente la entrega total del precio de venta.
Cuarto.- La presente venta se hace ad-corpus y comprende la totalidad de los derechos y acciones que le corresponden a EL DONANTE sobre el inmueble descrito en la cláusula primera; el porcentaje de terreno que le corresponde, la fábrica levantada sobre él, así como sus aires, usos, costumbres, servidumbres, entradas, salidas y en general todo cuanto por hecho o derecho le corresponde, sin reserva ni limitación alguna.
Agregue usted, Señor Notario, la introducción y conclusión de ley y sírvase cursar los partes respectivos al Registro de la Propiedad Inmueble de Lima para su correspondiente inscripción.
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