Modelo De Contrato De Arrendamiento Con Fiador
Enviado por CarlosProa • 12 de Octubre de 2013 • 1.435 Palabras (6 Páginas) • 1.050 Visitas
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL SEÑOR MIGUEL ANGEL CHIO ARJONA A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL ARRENDADOR Y POR LA OTRA PARTE LA SEÑORA PAULA ANDREA RODRIGUEZ MENDOZA A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL ARRENDATARIO AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S:
Declara EL ARRENDADOR:
1.- Declara el señor Miguel Ángel Chio Arjona que es el legitimo propietario del inmueble ubicado en la calle Camino a la Cantera, número 246, departamento 4404, colonia Santa Úrsula Xitla, delegación Tlalpan, Código Postal 14420 en la ciudad de México Distrito Federal.
2.- Que cuenta con las facultades para llevar a cabo la celebración del presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO sin limitación alguna.
3.- Que desea dar en arrendamiento a el ARRENDATARIO el inmueble ubicado en la calle Camino a la Cantera, número 246, departamento 4404, colonia Santa Úrsula Xitla, delegación Tlalpan, Código Postal 14420 en la ciudad de México Distrito Federal.
Declara El ARRENDATARIO:
4.- Que cuenta con las facultades suficientes para la celebración del presente acto.
6.- Que conoce el inmueble materia de este contrato, por lo que manifiesta su conformidad con el estado físico y de conservación que presenta; en tal virtud, es su deseo tomar el mismo en arrendamiento.
7.- Las partes manifiestan que es su voluntad, por así convenir a sus intereses, el celebrar el presente contrato, aceptando las condiciones que el mismo establece, reconociéndose mutuamente su personalidad jurídica y su capacidad legal para celebrarlo.
Expuesto lo anterior, las partes se sujetan al tenor de las siguientes:
C L A U S U L A S:
PRIMERA.- EL ARRENDADOR da en Arrendamiento al ARRENDATARIO el inmueble ubicado en la calle Camino a la Cantera, número 246, departamento 4404, colonia Santa Úrsula Xitla, delegación Tlalpan, Código Postal 14420 en la ciudad de México Distrito Federal, con todos sus anexos que recibe de conformidad y a su entera satisfacción en los términos y condiciones que este contrato establece.
SEGUNDA.- Las partes convienen en que el presente contrato tendrá una duración forzosa de un año para ambas partes contados a partir del día 1º de diciembre del año 2011 y finalizara el día 30 de noviembre de 2012, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2448-C del Código Civil del Distrito Federal.
TERCERA.- EL ARRENDATARIO y EL ARRENDADOR pactan de común acuerdo que el importe por concepto de renta que se pagara será la cantidad de $5,800.00 (CINCO MIL OCHOCIENTOS PESOS 00/100 M. N.) mensuales, pagaderos dentro de los primeros cinco días de cada mes.
CUARTA.- El ARRENDADOR entregara al ARRENDATARIO el inmueble materia de este contrato el día 1° de diciembre del año en curso, y la obligación del ARRENDATARIO de pagar el importe de la renta pactada empezara a correr a partir de esa misma fecha.
QUINTA.- El ARRENDATARIO conviene y esta de acuerdo en que el monto de la renta a que se hace referencia en la cláusula tercera de este instrumento será valida a partir de día 1º de diciembre de 2011 y hasta el día 30 de noviembre de 2012.
SEXTA.- Ambas partes manifiestan su voluntad de que el pago de las mensualidades rentísticas deberán de efectuarse mediante depósito bancario en favor de El ARRENDADOR, en la cuenta número 11037029116, sucursal 873, de BANAMEX.
SEPTIMA.- El ARRENDATARIO se compromete en este acto a entregar a El ARRENDADOR la ficha de depósito correspondiente y por su parte El ARRENDADOR se obliga a entregar a El ARRENDATARIO el recibo respectivo.
OCTAVA.- Ambas partes convienen en que para dar cumplimiento a la cláusula que antecede, la entrega y recepción de las fichas de depósito y recibos de renta, respectivos se harán en el domicilio de El ARRENDADOR, ubicado en la calle Saturnino Herrán, número 60, interior DH 1, colonia San José Insurgentes, delegación Benito Juárez, Código Postal 03900, Distrito Federal, México.
NOVENA.- Todo mes de arrendamiento le es forzoso al ARRENDATARIO comprometiéndose a cubrirlo íntegramente aún cuando ocupe el inmueble un lapso menor.
DECIMA.- El inmueble arrendado deberá de ser destinado por el ARRENDATARIO exclusivamente para uso de Habitación en virtud de reunir los requisitos previstos en el artículo 2448-A del Código Civil para el Distrito Federal.
DECIMA PRIMERA.- EL ARRENDADOR entregará al ARRENDATARIO el día 1° de diciembre del año en curso el departamento arrendado tal y como se pacto en la cláusula cuarta, y el ARRENDATARIO a su vez, se obliga a devolver a el ARRENDADOR el inmueble arrendado con el solo deterioro
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