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Enviado por   •  27 de Abril de 2013  •  2.545 Palabras (11 Páginas)  •  327 Visitas

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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTADAL

ADMINISTRACION PÚBLICA ESTADAL

1.- Análisis de la normativa Constitucional

2.- Ley de elección y Remoción de Gobernadores de Estado.

3.- Ley orgánica de descentralización, delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público.

Funciones: Nivel Intermedio

Constitución de la República Bolivariana

Título IV Capítulo III

Del Poder Público Estatal

Autonomía de los Estados

Artículo 159. Los Estados son entidades autónomas e iguales en lo político, con personalidad jurídica plena, y quedan obligados a mantener la independencia, soberanía e integridad nacional, y a cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes de la República.

Comentarios:

El sistema federal se caracteriza porque el poder político está dividido entre una autoridad central o nacional y unas unidades locales autónomas mas pequeñas denominadas provincias o estados.

La tradición constitucional de Venezuela es el sistema federal de gobierno, así lo declara el artículo 4º de la actual Constitución:

“La Republica Bolivariana de Venezuela es un Estado federal descentralizado en los términos consagrados en esta Constitución…”

En el Estado descentralizado las entidades político-territoriales que lo conforman, como en el caso nuestro, los estados y Municipios, son entidades políticos autónomas e independientes del Poder Central. La autonomía abarca la elección directa de sus autoridades, el poder para legislar en materias de su competencia, la autonomía necesaria para organizar los servicios públicos que prestan a las comunidades que sirven y la potestad de establecer impuestos y contribuciones que le permitan atender el gasto publico que generan lo servicios que prestan.

En Venezuela existen tres niveles de gobierno, el Poder Central, el Poder Estadal y el Poder Municipal, que a su vez contienen una rama ejecutiva, una rama legislativa, y, en el caso del Poder central una rama judicial. Además de estos poderes tradicionales existe en el nivel nacional un Poder ciudadano o Moral y el Poder Electoral, con lo cual se completan las cinco ramas del poder publico independientes y autónomas

En su estructura, dice la Exposición de Motivos, la Constitución define el Estado como descentralizado, para así expresar la voluntad de transformar en anterior Estado centralizado en un verdadero modelo federal con las especificaciones que requiere nuestra realidad. En todo caso –agrega- el régimen federal venezolano se regirá por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad que son característicos de un modelo federal cooperativo, en las que las comunidades y autoridades de los distintos niveles políticos territoriales participan en la formación de las políticas publicas comunes a la nación, integrándose en una esfera de gobierno compartida para el ejercicio de las competencias en que concurren. De esta manera, la acción del gobierno de los Municipios, de los estados y del Poder Nacional se armoniza y coordina, para garantizar los fines del Estado.

Los Estados son unidades políticos-territoriales intermedias entre la Republica, que ejerce su jurisdicción en todo el territorio nacional y los municipios, que son entidades menores, cuyo territorio se ubica en uno de los 23 Estados que conforman la republica, a la que se suma el Distrito Metropolitano de Caracas, que abarca los territorios de los Municipios Libertador, Baruta, El Hatillo, Chacao y Petare, el primero que antes pertenecía al Distrito Federal, hoy desaparecido y sustituido por la Alcaldía Metropolitana de Caracas, y los tres últimos que forman parte del Estado Miranda.

Base Legal

Se han dictado diversas leyes que desarrollan los principios constitucionales referidos a los Estados, y estas son:

Ley de Elección y Remoción de Gobernadores de Estados

Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencias de Competencias del Poder Público, cuyas disposiciones quedaron en su mayor parte derogadas por el texto Constitucional.

Ley Orgánica de los Consejos Legislativos Estadales. Gaceta Oficial Nº 37282 del 13/09/01.

Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno

Ley Orgánica de la Hacienda Pública Estadal

Ley de los Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas. (FIDES) (GO Nº 37066 del 30/10/00)

Autonomía de los Estados

La Autonomía de los Estados está consagrada en el artículo 159 de la Constitución, que declara que los Estados son entidades autónomas e iguales en lo político, con personalidad jurídica plena, lo cual le permite ser titulares de derechos y de obligaciones. La autonomía básicamente comprende:

Elección de sus autoridades por el voto popular y directo de los habitantes de cada uno de los Estados, tanto en lo que respecta al gobernador como a los diputados de los Consejos Legislativos Estadal.

Gestión de las materias de su competencia.

Creación, recaudación e inversión de sus ingresos.

Requisitos para ser Gobernador de un Estado

Artículo 160. El gobierno y administración de cada Estado corresponde a

un Gobernador o Gobernadora. Para ser Gobernador o Gobernadora se requiere ser venezolano o venezolana, mayor de veinticinco años y de estado seglar.

El Gobernador o Gobernadora será elegido o elegida por un período de cuatro años por mayoría de las personas que votan. El Gobernador o Gobernadora podrá ser reelegido o reelegida, de inmediato y por una sola vez, para un período adicional.

Comentarios:

Funciones del Gobernador de Estado

El gobernador de estado, al igual que el Presidente de la República en el ámbito de lo nacional, es el jefe de gobierno y de la administración regional, y tiene a su cargo la planificación, dirección, coordinación y gestión del poder ejecutivo del Estado, la cual ejerce a través del tren ejecutivo, conformado generalmente por el Secretario General de Gobierno, que es su inmediato colaborador, y los Directores Regionales Sectoriales, que conforman la Administración Publica Estadal centralizada a la que se agrega la descentralizada, integrada por los Presidentes de los Institutos Autónomos, fundaciones y empresas estadales.

Requisitos para ser Gobernador de Estado

Establece el precepto, “para ser Gobernador se requiere ser venezolano, mayor de 25 años y de estado

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