NIF B -10 Efectos de la inflación
Enviado por rikardoau • 30 de Marzo de 2014 • Examen • 2.052 Palabras (9 Páginas) • 523 Visitas
NIF B -10 Efectos de la inflación
A partir del 1° de enero de este 2008, entró en vigor la nueva norma de información financiera (NIF) B -10 Efectos de la Inflación, en este documento mencionaremos los principales conceptos y elementos de esta norma.
Debido a la importancia que reviste presentamos a continuación un resumen del mismo.
Su objetivo. Establecer las normas particulares para el reconocimiento de los efectos de la inflación en los estados financieros de las entidades.
Su alcance. Aplicable a todas las entidades que emitan estados financieros en los términos establecidos por la NIF A- 3, "Necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros".
Establece una serie definiciones como son:
a) Entorno económico. Ambiente económico en
el que opera una entidad, el cual, en determinado
momento, puede ser:
I.Inflacionario. Cuando los niveles de inflación
provocan que la moneda se deprecie, la inflación
incide en el corto plazo en los indicadores, como
tipos de cambio, tasas de interés, salarios y
precios. Para efectos de esta norma, se
considera entorno inflacionario cuando la
inflación acumulada de los 3 ejercicios anuales
anteriores es igual o superior al 26% (promedio
anual 8%) y además, de acuerdo con pronósticos
económicos de los organismos oficiales, se
espera una tendencia, en ese mismo sentido.
II.No inflacionario. Inflación poco importante y
la inflación acumulada de los 3 ejercicios
anteriores acumulada es menor al 26 %.
b)Inflación. Incremento generalizado y sostenido
en el nivel general de precios en una canasta de
bienes y servicios representativos en una
economía; provoca una pérdida en el poder
adquisitivo de la moneda.
c)índice de precios. Indicador económico que
mide periódicamente el comportamiento de la
inflación. Para efectos de esta norma y entidades que operan en México debe ser el índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) o, en su caso, el valor de las Unidades de Inversión (UDI), derivación propia del INPC. Utilizar cualquiera de éstos se considera válido ya que ambos son emitidos por organismos oficiales.
d)Partidas monetarias. Se encuentran
expresadas en unidades monetarias nominales
sin relación con precios futuros de determinados
bienes o servicios; su valor nominal no cambia
por efectos de la inflación, lo que origina un
cambio en su poder adquisitivo. Son partidas
monetarias, el dinero, los derechos a recibir
dinero y las obligaciones de pagar dinero.
e)Partidas no monetarias. Aquéllas cuyo valor
nominal varía de acuerdo con el comportamiento
de la inflación, motivo por el cual, derivado de
dicha inflación, no tienen un deterioro en su
valor; éstas pueden ser activos, pasivos, capital
contable o patrimonio contable.
f)Reexpresión. Método a través del cual se
reconocen los efectos de la inflación en los
estados financieros básicos en su conjunto o,
en su caso, en una partida en lo individual.
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Entorno inflacionario - Método integral Normas de reexpresión
Aspectos Generales
Cuando el entorno económico es calificado como entorno inflacionario se deben reconocer los efectos de la inflación mediante la aplicación del método integral.
Debe hacerse antes de aplicar cualquier técnica de valuación, por ejemplo: valor razonable, método de participación, etcétera.
La estructura financiera está conformada por partidas monetarias y no monetarias, cada una tiene un comportamiento diferente con la inflación, motivo por el cual, el método integral consiste en determinar:
a)Para partidas monetarias, la afectación a su
poder adquisitivo, la cual se denomina resultado
por posición monetaria (REPOMO); y
b)Para partidas no monetarias, el efecto de
reexpresión necesario para poder expresarlas
en unidades monetarias de poder adquisitivo a
la fecha de cierre del balance general.
En la aplicación del método integral, todos los rubros que conforman la estructura financiera de la entidad, sin excepción alguna, deben clasificarse como monetarias o no monetarias.
Al hacer el reconocimiento integral de todas las partidas, la suma de los efectos de reexpresión del período de las partidas no monetarias debe ser equivalente al REPOMO del mismo período.
Como parte del método integral debe observarse lo siguiente:
a)Cifra base. Corresponde al valor contable de la
partida sujeta a ser reexpresada. En la primera
reexpresión, es el valor nominal utilizado en el
reconocimiento inicial de una partida; en cálculos
subsecuentes, además de dicho valor nominal,
deben incluirse todos los efectos de reexpresión
reconocidos en períodos anteriores.
b)Fecha base. En el primer cálculo de la cifra
reexpresada de una partida, la fecha en que se
hizo su reconocimiento inicial. En períodos
subsecuentes de reexpresión, es la que corresponde a la última reexpresión reconocida contablemente.
c) Fecha de reexpresión. Es la que corresponde al momento en el cual se determina una reexpresión; normalmente es la fecha de los estados financieros, también conocida como fecha de cierre del balance.
d)índice de precios. El que la entidad elige entre
el INPC y el valor de las UDI; dicha decisión,
debe tomarse con base en el juicio profesional
y, preferentemente, atendiendo a la práctica del
sector en el que opera la entidad; una vez hecha
la selección del índice deberá ser utilizado
consistentemente.
e)Factor de reexpresión. Resultado de dividir el
índice de precios de reexpresión entre el índice
de precio base.
f)Porcentaje de inflación. Es el nivel de inflación
de un período, expresado en términos
porcentuales. Se determina restándole la unidad
al factor de reexpresión; este resultado se
multiplica por cien.
g)Cifra reexpresada. Es la que resulta de
multiplicar la cifra base por el factor de
reexpresión correspondiente.
h) Efecto de reexpresión. Es la diferencia entre la cifra reexpresada de una partida y su cifra base.
Resultado por posición monetaria
Por todas las partidas
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