NORMAS DE AUDITORIA
Enviado por Lucero1606 • 21 de Agosto de 2014 • 2.429 Palabras (10 Páginas) • 290 Visitas
INDICE
NORMAS PERSONALES
PRIMERA.- INDEPENDENCIA
3
SEGUNDA.- CONOCIMIENTO TECNICO Y CAPACIDAD PROFESIONAL
3
TERCERA.- CUIDADO Y DILIGENCIA PROFESIONALES 3
NORMAS DE EJECUCION DEL TRABAJO
CUARTA.- PLANEACION 4
QUINTA.- SISTEMAS DE CONTROL INTERNO
4
SEXTA.- SUPERVISION DEL TRABAJO DE AUDITORIA 4
SEPTIMA.- EVIDENCIA
5
OCTAVA.- PAPELES DE TRABAJO 5
NOVENA.- TRATAMIENTO DE IRREGULARIDADES 6
NORMAS SOBRE EL INFORME DE AUDITORIA Y SU SEGUIMIENTO
DECIMA.- INFORME 7
ONCEAVA.- SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES 7
REFERENCIAS 8
NORMAS PERSONALES
PRIMERA.- INDEPENDENCIA
Esa norma personal reconoce que independientemente de lo capaz que sea una persona en otras disciplinas, incluyendo los negocios y las finanzas, no puede cumplir con las normas de auditoría sin una educación y una experiencia conveniente en el campo de la esta disciplina.
La primera norma general da por sentado que el auditor no puede satisfacer los requerimientos de normas de auditoría sin poseer dos características: una educación adecuada complementada con experiencia en campo contable. La primera se logra con el título universitario y la segunda se comprueba con la tarjeta profesional de contador público, pues para hacerse acreedor a ella se debe demostrar experiencia en el desempeño de labores técnico contables no inferiores a un año.
En el desarrollo de un trabajo tendiente a expresar una opinión sobre estados financieros el auditor independiente actúa como un individuo capacita¬do en las prácticas contables y procedimientos de auditoría. La obtención de tal capacitación se inicia por la educación formal de la cual será complementada con experiencia práctica. La educación debe ser adecuada para formar a un profesional, ampliada con un entrenamiento adecuado para llenar los requisitos profesionales y no sólo ser lo necesariamente extensa en materia técnica, sino también incluir educación general es decir formación integral. La formación universitaria por sí sola no es suficiente para dar cumplimiento con la primera norma relativa a la persona del auditor, pues debe demostrar que se encuentra habilitado por la Ley, y esto sólo se puede lograr a través de la tarjeta profesional vigente de Contador Público.
SEGUNDA.- CONOCIMIENTO TECNICO Y CAPACIDAD PROFESIONAL
Esta norma requiere que el auditor sea independiente; además de encontrarse en el ejercicio liberal de la profesión, no debe estar predispuesto con respecto al cliente que audita, ya que de otro modo le faltaría aquella imparcialidad necesaria para confiar en el resultado de sus averiguaciones, a pesar de lo excelentes que puedan ser sus habilidades técnicas. Sin embargo, la independencia no implica la actitud de un fiscal, sino más bien, una imparcialidad de juicio que reconoce la obligación de ser honesto no sólo para con la gerencia y los propietarios del negocio sino también para con los acreedores que de algún modo confíen, al menos en parte, en el informe del auditor.
Es de suma importancia para la profesión que el público en general mantenga la confianza en la independencia del auditor. La confianza pública se dañaría por la comprobación de que en realidad le faltara la libertad y, también podría perjudicarse porque existieran circunstancias que pudieran influir en la misma. Para lograr esta libertad, el auditor debe ser intelectualmente honesto; ser reconocido como independiente, no tener obligaciones o algún interés para con el cliente, su dirección o sus dueños.
TERCERA.- CUIDADO Y DILIGENCIA PROFESIONALES
Esta norma requiere que el auditor independiente desempeñe su trabajo con el cuidado y la diligencia profesional debida. La diligencia profesional impone la responsabilidad sobre cada una de las personas que componen la organización de un auditor independiente, de apegarse a las normas relativas a la ejecución del trabajo y al informe. El ejercicio del cuidado debido requiere una revisión crítica en cada nivel de supervisión del trabajo ejecutado y del criterio empleado por aquellos que intervinieron en el examen. El hecho de que el auditor sea competente y tenga independencia mental no garantiza que su examen sea un éxito pues se hace necesario que no actúe con negligencia.
Para actuar con diligencia o celo profesional, prácticamente, el auditor debe cumplir las restantes nueve normas de auditoría, las dos personales, tres de ejecución del trabajo y cuatro referentes a la información. Esta norma compendia todo el trabajo de auditoría.
El cuidado debido se hace referencia a lo que el auditor hace y qué tan bien lo hace. Un ejemplo de éste se observa en lo relativo a los papeles de trabajo, los cuales requieren que su contenido tenga la suficiencia para justificar la opinión del auditor y la evidencia de haber cumplido con las Normas de Auditoría.
NORMAS DE EJECUCION DEL TRABAJO
CUARTA.- PLANEACION
La planeación del trabajo tiene como significado, decidir con anticipación todos y cada uno de los pasos a seguir para realizar el examen de auditoría. Para cumplir con esta norma, el auditor debe conocer a fondo la Empresa que va a ser objeto de su investigación, para así planear el trabajo a realizar, determinar el número de personas necesarias para desarrollar el trabajo, decidir los procedimientos y técnicas a aplicar así como la extensión de las pruebas a realizar. La planificación del trabajo incluye aspectos tales como el conocimiento del cliente, su negocio, instalaciones físicas, colaboración del mismo etc.
QUINTA.- SISTEMAS DE CONTROL INTERNO
La segunda norma sobre la ejecución del trabajo indica se debe llegar al conocimiento o compresión del control interno del cliente como una base para juzgar su con-fiabilidad y para determinar la extensión de las pruebas y procedimientos de auditoría para que el trabajo resulte efectivo.
El control interno es un proceso desarrollado por todo el recurso humano de la organización, diseñado para proporcionar una seguridad razonable de conseguir eficiencia y eficacia en las operaciones, suficiencia y confiabilidad de la información financiera y cumplimiento de las leyes y regulaciones aplicables al ente. Este concepto es más amplio que el significado que comúnmente se atribuía a la expresión control interno. En éste se reconoce que el sistema de control interno se extiende más allá de asuntos relacionados directamente a las funciones de departamentos financieros y
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