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NULIDAD DE ACTA DE NACIMIENTO Y RECONOCIMIENTO


Enviado por   •  6 de Agosto de 2013  •  837 Palabras (4 Páginas)  •  1.834 Visitas

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JOSE DANIEL MENDEZ BECKER

VS

C. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO

NULIDAD DE ACTA DE RECONOCIMIENTO

C. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO

JOSE DANIEL MENDEZ BECKER, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír notificaciones el número 220, interior 401 de la calle Lago de Cuitzeo, Colonia Anáhuac delegación Miguel Hidalgo, C.P 11320 de esta ciudad, autorizando para oír y recibir toda clase de documentos y notificaciones en mi nombre a: Lic. Acasia Flores Quirarte, y los CC. Jessika Rosario Robles Cervantes, Victor Jacobo Sánchez Flores, ante Usted respetuosamente comparezco y expongo:

Vengo a demandar al C. DIRECTOR DEL REGISTRO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL, con domicilio en Arcos de Belén n° 19 esq. Dr. Andrade, 1er piso, Col. Doctores, Del. Cuauhtémoc C.P. 06720 México, D.F, las siguientes prestaciones:

a] La nulidad absoluta o de pleno derecho del acta de reconocimiento, de fecha 07 de junio de 1984 con número de acta 00019, del menor JOSE DANIEL MENDEZ BECKER, por lo que él, hoy en día desea quedarse únicamente con su acta primigenia que es la acta de nacimiento, que a su nombre dice así: JOSE DANIEL BECKER DE ALBA.

La demanda se fundamenta en los siguientes hechos y preceptos legales.

HECHOS

I. Con fecha, 12 de mayo de 1981, la señora MARIA MARCELA BECKER DE ALVA presentó ante la Oficina del Registro Civil al Juez Decimo, un niño poniéndole el nombre de JOSE DANIEL BECKER DE ALVA, reconociéndolo como hijo suyo, lo acredito con el acta de nacimiento que se anexa como documento base de la acción.

II. Con fecha 07 de junio de 1984, el señor JAVIER MENDEZ MEJIA y la señora MARIA MARCELA BECKER DE ALBA, se presentaron ante la Oficina del Registro Civil, juzgado 10 de esta ciudad, para efectos de levantar una Acta de Reconocimiento del niño poniéndole el nombre de JOSE DANIEL MENDEZ BECKER, reconociéndolo como hijo suyo, sin embargo cabe hacer mención que el C. JOSE DANIEL MENDEZ BECKER no es hijo legitimo del C. JAVIER MENDEZ MEJIA, desconociendo hasta el día de hoy su filiación paterna, motivo por el cual desea quedarse únicamente con los apellidos de

III. El acta de reconocimiento a que me refiero, es nula de pleno derecho y está afectada de nulidad absoluta, por constituir un acto jurídico que se realiza en contravención a disposiciones prohibitivas y de interés público como lo es el artículo 60 del Código Civil del Distrito Federal. el cual dispone que para que se haga constar en el acta de nacimiento el nombre del padre de un hijo fuera del matrimonio, es necesario que aquel lo pida por si o por apoderado especial constituido en la forma establecida en el artículo 44, haciéndose constar la petición, y en el presente caso, yo jamás lo pedí en ninguna de

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