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DEMANDA DE NULIDAD DE ACTA


Enviado por   •  22 de Julio de 2013  •  21.654 Palabras (87 Páginas)  •  593 Visitas

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Casos jurídicos

Especialista :

Expediente :

Cuaderno : Principal

Escrito : Nº 01

Sumilla : DEMANDA DE NULIDAD DE ACTA

DE CONCILIACIÓN Y NULIDAD

DE TITULO VALOR

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE LIMA

R. POLICARPIO D. A. identificado con DNI Nº .................Domiciliado en Avenida Ferrero Nº 1049, Distrito de la Victoria, Provincia y Departamento de Lima, señalando domicilio procesal en la casilla 1990 de la Central de Notificaciones de la Corte Superior de Lima, a usted con el debido respeto me presento y digo:

PETITORIO

Que recurro a su Despacho a efectos de interponer demanda de Nulidad de Acta de Conciliación contra don ENRIQUE CLEMENTE CHUQUIHUARA CHIL y doña CARLA CECILIA GONZALO PÉREZ, ambos domiciliados en calle Montecristo Nº 3411, Urbanización Chacra, Distrito de Santiago de Parcona, Provincia y Departamento de Piura, demanda que interpongo para que se declare la NULIDAD DEL ACTA DE CONCILIACIÓN Nº 969, suscrita por ante el Centro de Conciliación Acuerdo de Paz de fecha 19 de abril de 2007.

En acumulación objetiva originaria con la calidad de accesoria demando la nulidad de titulo valor, consecuentemente pido se declare nulo y sin efecto legal alguno la letra de cambio que firmé y acepté en blanco, por la suma de US $ 7,000.00 (Siete mil con 00/100 Dólares Americanos), titulo valor que representa el monto real de la deuda.

Demanda que hago en base a los siguientes fundamentos de hecho y de derecho que expongo:

FUNDAMENTOS DE HECHOS DE MI PRETENSION

1.- El recurrente es una persona natural dedicado a la elaboración de muebles hospitalarios y otros accesorios, que a principio del mes de abril conocí a los demandados a quienes me los presentó un amigo, y manifestándome que se dedican a prestar capital para trabajo.

2.- Por la naturaleza del trabajo que desarrollo, tengo que hacer inversiones y estando en la necesidad de contar con una inyección de capital, solicité a los demandados el préstamo de US $ 7,000.00 (Siete mil con 00/100 Dólares Americanos). Dinero que me proporcionaron en tres armadas la primera en efectivo y las dos últimas con cheques.

3.- Resulta que antes de la entrega de la tercera cuota que se tendría que concretar el 15 de abril, los demandados me sugirieron, previo a la entrega del dinero, a suscribir conjuntamente con un aval solidario una acta de conciliación por ante el Centro de Conciliación Acuerdo de Paz, pues ello les aseguraba directamente la ejecución del mismo en caso de incumplimiento de mi obligación, a la que accedí sin ningún problema porque lo justo era que ellos aseguraran el cumplimiento de la obligación, por lo que procedimos a suscribir el acta Nº 968 de fecha 16 de abril de 2007, el mismo en la que intervino mi hijo Roly Armando Dávila Rengifo, firmando y aceptando además una letra de cambio por la suma de US $ 7,000.00 (Siete mil con 00/100 Dólares Americanos).

4.- Grande fue mi sorpresa cuando después de la suscripción de acta los demandados me dijeron que la última parte del dinero me lo iban a entregar el día diecisiete, pues habiendo hecho la consulta al banco les dijeron que no contaban con fondos para girar cheques y que tendría que esperar dos o tres días para poder acceder al dinero y completar de esa manera los US $ 7,000.00 (Siete mil con 00/100 Dólares Americanos).

5.- Resulta que al solicitar la entrega del dinero los demandados me dijeron que no me podían entregar ya que ellos querían mayores garantías para su acreencia solicitando entonces un interés del 15% mensual además de garantías reales sean estas prendas hipotecas u otras de naturaleza real.

6.- Fue así que con fecha 19 de abril del 2007, ante el requerimiento de mayores garantías y la necesidad de contar con dinero fresco para mi negocio es que acepté concurrir nuevamente al centro de conciliación antes mencionado y suscribimos el acta de conciliación N° 969, documento en la cual mi parte reconocía adeudar a los demandados la suma de US $ 15,000.00, con cargo a ser devueltos a más tardar el 21 de mayo de 2007, dando en garantía prendaria los bienes de mi propiedad descritos en el acta de conciliación, y designando como depositario a mi hijo Roly Armando, acordando además dejar sin efecto el acta suscrito el 16 de abril.

7.- Mi parte no pudo cumplir con devolver el dinero en la fecha acordada por las dificultades económicas del momento, comunicando verbalmente de este hecho a los demandados quienes me manifestaron que puesto que había suscrito una acta que constituía título de ejecución no me preocupara ya que tenían asegurado los intereses y además su acreencia estaba garantizada con las prendas que se había constituido.

8.- Fue recién en el mes de agosto que mi parte pudo cumplir con devolver el capital prestado al hacer entrega en calidad de pago a los demandados la suma de S/ 20,000.00 (Veinte Mil con 00/100 Nuevos Soles), que al tipo de cambio de la fecha ascendía a la suma de US $ ……….conforme se aprecia del recibo que en original adjunto como prueba de mi pretensión.

9.- Resulta que con fecha 15 de noviembre de 2007 el codemandado Enrique Chuquihuara, mediante carta notarial me requiere cumplir con mi obligación de pago, manifestando además de manera maliciosa que le adeudo la suma de US $ 22,000.00 (veintidós mil dólares americanos),m versión que no se ajusta a la verdad, por lo que me veo en la imperiosa necesidad de recurrir a su judicatura pidiendo la nulidad del acta de conciliación así como del título valor manifestada en la letra de cambio firmada y aceptada por mi.

10.- En atención al reconocimiento de la deuda que hago pido al juzgado dejar sin efecto legal el acta de conciliación así como el titulo valor y se proceda a liquidar los intereses legales de ley, por cuanto la obligación principal ya ha quedado totalmente pagado tal como lo acredito con el recibo suscrito por el co-demandado.

11.- La nulidad del acta de conciliación lo solicito por cuanto en ella no está expresada la verdad de los hechos, y que el monto adeudado, si es que se puede considerar una deuda, asciende a la suma de US $ 7,000.00 de la que se tiene que deducir los S/ 20,000.00 pagados al codemandado Enrique Chuquihuara

12.- En lo que respecta a la nulidad planteada del titulo valor, representada por la letra de cambio lo hago en base a que este documento fue firmado y aceptado en blanco, el mismo día en que se suscribió el Acta de Conciliación Nº 968, es decir el 16 de abril de 2007, titulo valor que posteriormente fue llenado en su contenido por el demandado, consignando en ella un monto que ya no

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