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Demanda De Nulidad


Enviado por   •  24 de Octubre de 2013  •  15.316 Palabras (62 Páginas)  •  309 Visitas

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Vs. Gerente de Recaudación Fiscal del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores en el Estado de Guerrero.

Se interpone demanda de nulidad

CC. Magistrados del Tribunal Federal de Justicia Fiscal

y Administrativa de la H. Sala Regional del Pacifico.

P r e s e n t e

**********************, Apoderado y Representante Legal de **************, personalidad que acredito en términos de la copia certificada del instrumento notarial número ***********de fecha 01 de septiembre del 2011, pasada ante la Fe del Notario Público número uno del Distrito Notarial de Tabares, señalando como domicilio convencional para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en Avenida Costera Miguel Alemán número ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬ *************************, de esta Ciudad y Puerto de Acapulco; Gro., autorizando en términos del artículo 5° de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo a los CC. Licenciados en Derecho *************************, quienes tienen registrados su calidad de profesionista en esa H. SALA; ante ustedes respetuosamente comparezco a exponer:

Que por medio del presente ocurso, estando en tiempo y forma, con fundamento en lo regulado por los artículos 38 y demás aplicables del Código Fiscal de la Federación, así como en los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 14, 15, 16 y demás aplicables de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, así como el artículo 14 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, vengo a demandar en vía sumaria la nulidad lisa y llana de la resolución que precisare en el capítulo respectivo.

A efecto de dar cumplimiento a los requisitos contemplados en el artículo 14 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo en vigor, señalo lo siguiente:.

I.- Nombre, domicilio fiscal, domicilio para oír y recibir notificaciones.

a).- Demandante: *************************

b).- Domicilio Convencional: *************************.

c).- Domicilio Fiscal: *************************.

II.- La resolución que se impugna:

Único.- La determinación de Omisiones de pago en Materia de Aportaciones Patronales y/o Amortizaciones de créditos para la Vivienda al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores con número de folio ************************* de fecha *************************, mediante el cual se determina a mi representada un adeudo fiscal en cantidad total de $332,293.34 (treinta y dos mil doscientos noventa y tres pesos 34/100 m.n.) por el periodo 01/2013.

Notificación de la resolución impugnada: Bajo protesta de decir verdad, declaro que ésta me fue dado a conocer el día de hoy 09 de abril de 2013.

III.- Autoridad demandada:

Único.- C. Gerente de Recaudación Fiscal del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores en el Estado de Guerrero, conforme lo establecido en la fracción II del inciso a), del artículo 3º de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo en vigor.

IV.- Hechos que dan motivo a la demanda

Único.- El día de hoy, me hago sabedor de la resolución administrativa que hoy se impugna en fotocopias simples compuesta de tres fojas, la cual me entregó una persona del sexo masculino de quien desconozco su nombre.

Por lo que niego lisa y llanamente que la resolución impugnada me hayan sido notificado legalmente con las formalidades que establecen los artículos 134 al 137 del código Fiscal de la Federación en vigor, negándose lisa y llanamente en términos de los artículos 38 y 68 del Código Fiscal de la Federación que existan en original con firma autógrafa.

Así también, desde este momento se niega de forma lisa y llana la relación laboral con los supuestos trabajadores por los cuales se emitió la cédula de determinación de omisiones de pago en Materia de aportaciones Patronales y/o Amortizaciones.

V.- Pruebas

1.- Copia simples de la resolución impugnada, misma que fue emitida por el Gerente de Recaudación Fiscal del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

2.- La instrumental de actuaciones consistente en todo lo actuado en el presente juicio en lo que beneficie a los intereses de mi representada.

3.- La presuncional legal y humana en todo lo que favorezca a los intereses de mi poderdante.

VI.- Los conceptos de impugnación.

Primero.- Es procedente declarar la nulidad de la determinación de Omisiones de pago en Materia de Aportaciones Patronales y/o Amortizaciones de créditos para la Vivienda al Instituto del Fondo Nacional de fecha 08 de abril de 2013, en virtud de que se funda en hechos inexistentes, ya que se niega lisa y llanamente en términos del artículo 68 del Código Fiscal y 42 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, que para la emisión del Acuerdo por el que funda la competencia territorial la autoridad demandada, haya existido propuesta del Director General en la que se plantee al Consejo de Administración la circunscripción territorial de las autoridades fiscales.

Lo anterior en virtud de que en dicho acuerdo se pretendió determinar, la circunscripción territorial en la que ejercerán sus funciones los Delegados Regionales, Representantes de la Dirección General, Gerente de Fiscalización del Distrito Federal, Gerentes de Recaudación Fiscal en las Delegaciones Regionales y el Gerente del Área Jurídica en las Delegaciones Regionales del INFONAVIT, quedando pues excluidas por axioma aquellas resoluciones que emitan diversos funcionarios, verbigracia el Gerente de Fiscalización y el propio Director General.

Acuerdo que como lo veremos resulta del todo ilegal por violación a los artículos 5º en su segundo párrafo del Reglamento Interior del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores en Materia de Facultades como Organismo Fiscal Autónomo, 38 en su fracción IV del Código Fiscal de la Federación y 16 de la Constitución General de la República. El dispositivo reglamentario que se estima violentado a la letra norma:

Artículo 5o. El ámbito de competencia territorial del personal del Instituto a que se refieren las fracciones l, II, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XII, XIII, XIV, XV y XVII del artículo anterior, será en todo el territorio

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