Nacionalidad Y Normativa Juridica
Enviado por Maricrist • 21 de Marzo de 2014 • 3.049 Palabras (13 Páginas) • 236 Visitas
CAUSAS DE LA NACIONALIDAD Y EXTRANJERA
La inmigración en España presenta un carácter multifactorial. Entre sus principales causas se encuentran:
• El factor más importante de atracción migratoria es el desarrollo económico que ha demostrado España desde 1993. Basada en un crecimiento de la construcción y el turismo, la economía española ha venido requiriendo desde entonces una gran cantidad de mano de obra. En 2005, el país había creado unos 900.000 trabajos netos, de los que cerca de un 40% se ha ocupado por extranjeros.
• La identidad cultural y lingüística con Iberoamérica, de donde proceden el 36,21% de los extranjeros que había en España en 2006, es un importante factor de elección para los migrantes de esta procedencia.
• La suavidad del clima en el contexto europeo y la atracción por el modo de vida, siguiendo el efecto Sun Belt. El 21,06% de los extranjeros que hay en España proceden deEuropa Occidental, especialmente de Reino Unido, concentrándose en las regiones insulares y en Alicante y Málaga. Muchos de ellos son inmigrantes de alto ingresos: jubilados, trabajadores a distancia con Internet o que establecen negocios, por lo general relacionados con la hostelería.
• La cercanía geográfica al continente africano: con fronteras terrestres con Marruecos, las islas Canarias próximas al oeste africano y el propio sur peninsular cercano alMagreb. La renta per cápita española era, en 2001, doce veces superior a la de un marroquí; así, la frontera hispano-marroquí es la más desigual en términos económicos de toda la OCDE. El 18,13% de los extranjeros censados en España en 2006 procedían de este continente, muy especialmente de Marruecos.
• A.- Causas comunes: Afectan por tanto a los españoles originarios y no originarios.
1.- Cuando se adquiera voluntariamente otra nacionalidad.
La adquisición de otra nacionalidad o utilización exclusiva de otra nacionalidad extranjera (salvo la de países Iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal) puede provocar la pérdida de la nacionalidad española. Siendo necesario además los siguientes requisitos: que dicha adquisición sea voluntaria, que el interesado se encuentre emancipado y que resida habitualmente en el extranjero un periodo de tres años.
No obstante podrán evitar la pérdida si en el plazo de tres años declaran su voluntad de conservar la nacionalidad española al encargado del Registro Civil.
2.- Por renuncia de la nacionalidad española.
Los españoles que tengan otra nacionalidad junto a la española y residan habitualmente en el extranjero, perderán la española si renuncian expresamente a ella. No se permitirá renunciar a la nacionalidad española viviendo en España.
3.- Los que habiendo nacido en el extranjero y residiendo allí, ostenten la nacionalidad española por ser hijos de padre o madre españoles, también nacidos en el extranjero, perderán la nacionalidad española si en el plazo de tres años desde la emancipación o mayoría de edad no declaran su voluntad de conservar la nacionalidad española.
• B.- Causas de pérdida de nacionalidad exclusivas de españoles no originarios: Afecta a aquellos que hayan obtenido la nacionalidad a través de un procedimiento.
1.- Cuando durante un periodo de tres años utilicen exclusivamente la nacionalidad a la que hubieran renunciado al adquirir la española.
2.- Cuando presten voluntariamente servicio de las armas o ejerzan un cargo político en un estado extranjero contra la prohibición expresa del Gobierno.
3.- Cuando una sentencia firme declare que el interesado incurrió en falsedad, ocultación o fraude en la adquisición de la nacionalidad española.
RÉGIMEN DE NACIONALIDAD Y EXTRANJERÍA Y SUS IMPLICACIONES EN EL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
Para que exista un estado no sólo es necesario la existencia de un territorio con un sistema de organización política, sino que por sobre todo debe existir un pueblo asentado en el mismo, integrado por personas que gozan de derechos y que poseen obligaciones. Siendo la nacionalidad aquello que vincula a las personas con un territorio determinado y que a su vez le otorga derechos y deberes dentro de ese territorio.
Por ello entre los elementos fundamentales de la organización política del Estado, está el estatuto de las personas, el cual se refiere, por una parte a los nacionales, quienes además pueden ser ciudadanos al corresponderle el ejercicio de los derechos políticos, y por la otra, a los extranjeros; clasificación que deriva de la existencia o no del vínculo jurídico esencial que tienen las personas con el Estado y que es el que origina la nacionalidad.
El régimen de los nacionales y de los extranjeros, como personas, en principio está regido por el principio de igualdad y no discriminación, que consagra el artículo 21 de la Constitución, razón por la cual, en principio tienen iguales derechos y que básicamente se refieren a los derechos políticos que derivan de la ciudadanía, que en principio corresponde sólo a los nacionales.
En cuanto a la Ley de Nacionalidad y Ciudadanía de julio de 2004 (LNC), conforme a su artículo 1º, la misma "tiene por objeto establecer las normas sustantivas y procesales relacionadas con la adquisición, opción, renuncia y recuperación de la nacionalidad venezolana, así como con la renovación y nulidad de la naturalización, además del desarrollo de los principios constitucionales referidos al ejercicio de la ciudadanía y las causales de suspensión del mismo".
La nacionalidad es un atributo jurídico y político de las personas recorridas tanto por el derecho privado como por el derecho público. Su origen se remonta al siglo XVIII en Europa.
La causa de la nacionalidad fue reservar al estado-nación que se estaba conformando en ese siglo, el reconocimiento de la nacionalidad de las personas otorga a estos derechos políticos especiales para intervenir en las cuestiones y problemas internos de carácter político en su estado.
El vínculo de un individuo con un estado genera derechos y deberes recíprocos y para el constitucionalismo contemporáneo implica el concepto de soberanía nacional. Nacionalidad social, identitaria o de sentimiento le pertenecía a un grupo social de fuerte personalidad identitaria, el carácter nacional de un pueblo, que se identifica con el concepto, también de nación , especialmente en el contexto denacionalismo que se impone como ideología constitutiva del Estado-nación a partir del siglo XIX.
Interpretar una norma que obliga a aplicar el derecho venezolano a todos los habitantes del territorio de la República, como una afirmación general de la unidad del ordenamiento
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