ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Nacionalidad


Enviado por   •  17 de Abril de 2012  •  2.960 Palabras (12 Páginas)  •  458 Visitas

Página 1 de 12

1.- NACIONALIDAD Y CIUDADANÍA

1.1.- Nacionalidad

Es un concepto polisémico de gran importancia en las ciencias sociales, el derecho privado, el derecho constitucional y las relaciones internacionales; que puede referirse a:

1.1.1.- Nacionalidad jurídica, administrativa o de pasaporte

La pertenencia de una persona a un ordenamiento jurídico concreto. Este vínculo de un individuo con un Estado genera derechos y deberes recíprocos; y para el constitucionalismo contemporáneo implica el concepto de soberanía nacional.

1.1.2.- Nacionalidad social, identitaria o de sentimiento

La pertenencia a un grupo social de fuerte personalidad identitaria (el carácter nacional de un pueblo), que se identifica con el concepto (también polisémico) de nación, especialmente en el contexto del nacionalismo que se impone como ideología constitutiva del estado-nación a partir del siglo XIX. La identificación de este concepto con el anterior depende de la aplicación del denominado principio de nacionalidad (identidad entre nación y Estado), que históricamente se pretendió generalizar en Europa tras la Primera Guerra Mundial (como consecuencia de los denominados 14 puntos de Wilson) y en la mayor parte del mundo tras la Segunda Guerra Mundial (procesos de descolonización); tal pretensión en ambos casos demostró ser imposible de realizar en la práctica, dada la multiplicidad de identidades y confusión entre diferentes comunidades, culturas, lenguas, religiones, territorios y fronteras.

1.1.3.- Nacionalidad histórica

La denominación que la Constitución española de 1978 reserva para ciertas comunidades autónomas y estas son las llamadas nacionalidades históricas, en lugar de la denominación común de regiones.

1.2.- Ciudadanía

Es aquel conjunto de prácticas que definen a una persona como miembro de pleno derecho dentro de una sociedad. La ciudadanía formal implica la posesión de un pasaporte conferido por el estado, mientras que la substantiva define el conjunto de derechos obligaciones que tiene los miembros de una comunidad política.

1.2.1.- Ciudadano

Es en general, la persona registrada por las autoridades, que forma parte de una sociedad. La condición de miembro de dicha comunidad se conoce como ciudadanía, y conlleva una serie de deberes y una serie de derechos que cada ciudadano debe respetar y hacer lo suyo para que se cumplan como un ciudadano.

1.2.2.- Nación

A. D. Smith define la nación de la siguiente forma: «una comunidad humana con nombre propio, asociada a un territorio nacional, que posee mitos comunes de antepasados, que comparte una memoria histórica, uno o más elementos de una cultura compartida y un cierto grado de solidaridad, al menos entre sus élites». Según Benedict Anderson una nación es «una comunidad política imaginada como inherentemente limitada y soberana». Roberto Augusto afirma que «una "nación" es lo que los nacionalistas creen que es una "nación"», porque ese concepto «no significa nada fuera de la teoría que lo ha creado para sus propósitos». Ernest Gellner da dos definiciones de este concepto, que califica de provisionales e insuficientes:

A. Dos hombres son de la misma nación si y sólo si comparten la misma cultura, entendiendo por cultura un sistema de ideas y signos, de asociaciones y de pautas de conducta y comunicación.

B. Dos hombres son de la misma nación si y sólo si se reconocen como pertenecientes a la misma nación. En otras palabras, las naciones hacen al hombre; las naciones son los constructos de las convicciones, fidelidades y solidaridades de los hombres. Una simple categoría de individuos (por ejemplo, los ocupantes de un territorio determinado o los hablantes de un lenguaje dado) llegan a ser una nación si y cuando los miembros de la categoría se reconocen mutua y firmemente ciertos deberes y derechos en virtud de su común calidad de miembros. Es ese reconocimiento del prójimo como individuo de su clase lo que los convierte en nación, y no los demás atributos comunes, cualesquiera que puedan ser, que distinguen a esa categoría de los no miembros de ella. Para Eric Hobsbawm, en consonancia con los autores anteriores, no son las naciones las que crean el nacionalismo, sino a la inversa, es el nacionalismo quien inventa la nación.

1.2.3.- Diferencias entre nacionalidad y ciudadanía

Nacionalidad significa la pertenencia de una persona a un ordenamiento jurídico concreto. Este vínculo del individuo con un Estado concreto le genera derechos y deberes recíprocos. Este tipo de nacionalidad (española, portuguesa, belga, mexicana, iraquí, etc...) se mezcla conceptual y prácticamente con el concepto de nacionalidad como situación social, y podría perfectamente analizarse por separado o como una parte de la nacionalidad social, pues las leyes son inevitablemente un hecho social.

Ciudadanía: Cualidad y derecho de ciudadano (Natural o vecino de una ciudad)

1.3.- Adquisición de la Nacionalidad de Origen

Se determina por la filiación, es decir, los hijos legítimos tienen la nacionalidad del padre o la madre que los haya reconocido primero.

Existen tres sistemas para adquirir la nacionalidad de origen:

1) "El lus Sanguinis": tiene su origen en el Derecho Romano, allí los hijos de los ciudadanos romanos cualquiera fuera el lugar de su nacimiento tiene la nacionalidad romana. Este sistema se aplica a la mayoría de los países europeos excepto Inglaterra.

Además, el principio del lus Sanguinis es propio de los países sujetos a emigración, pues mediante este principio pretende aumentar el número de sus nacionales. Este principio establece que la nacionalidad se determine mediante la filiación. Los hijos tienen la nacionalidad de sus padres.

2) Lus Soli: se determina por el lugar de nacimiento. Se adquiere la nacionalidad del lugar donde se nace. Este sistema ha sido acogido por la mayoría de los países latinoamericanos, por una razón fundamental. Cuando estos países se independizan era preciso determinar quiénes eran sus nacionales, acoger el "Lus Soli" significa continuar manteniendo la nacionalidad española, en cambio, el "Lus Soli", significa que todo aquel que hubiese nacido en alguno de esos países adquiriría esa nacionalidad.

3) El "Lus Soli", tiene su origen en el Derecho Medieval, en este lo importante fundamental era la tierra, al hombre se le consideraba vinculado a un determinado territorio, por eso el nacimiento en un lugar determinado constituía el factor

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (20 Kb)
Leer 11 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com