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Nociones Basicas


Enviado por   •  24 de Mayo de 2013  •  364 Palabras (2 Páginas)  •  357 Visitas

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LA MUERTE COMO FORMA DE EXTINCIÓN DE LA

PERSONALIDAD DEL SER HUMANO

La vida es consubstancial con la personalidad jurídica, por que en relación con ella pueden cambiar profundamente diversas relaciones jurídicas inherentes a cosas y personas, con la generación y extinción de obligaciones, el traspaso de la propiedad, el cambio de estado civil, etc.

La muerte respecto de especiales causas y circunstancias, puede dar lugar a responsabilidad tanto penal como civil.

La muerte considerada en el orden de los hechos empíricos es definible solo negativamente, es decir, como cesación de la vida. Esto no significa que ella se manifiesta sólo como defecto de fenómenos vitales, ya que el organismo animal el hecho de morir esta acompañado o seguido de variadas, evidentes, y características modificaciones.

Conforme a lo dicho anteriormente la muerte es un proceso que no consiste en la perdida total y repentina de la vida. Si no que es un fenómeno lento y progresivo. En el ámbito de la medicina legal se expresa que la muerte se inicia en los centros vitales (nervioso y cardíaco) y se propaga después al resto de los órganos y tejidos, de allí que podamos hablar de muerte funcional al cesar la función de los centros vitales y de muerte tisular al propagarse el fenómeno al resto de los órganos y tejidos.

El equilibrio biológico y físico-químico y esa constancia de valores orgánicos, no se rompen en un solo momento, sino en fase progresiva, produciéndose, por así decirlo, una sucesión de muertes parciales. Por lo que de acuerdo con ello, se habla de los siguientes períodos de la muerte:

Figura 1: Períodos de Muerte (Medicina Legal)

2Fuente: Alberto Giugni (1.986)

Es difícil poder enumerar todas y cada una de las situaciones jurídicas modificables por efecto de la muerte, pero bastaría decir, en forma de ejemplo que con la muerte del reo, antes de la condena, se extingue la acción penal, (sobreseimiento) que con la muerte del condenado se extingue la pena, que con la muerte de uno de los cónyuges el matrimonio queda disuelto, que con la muerte se abren las sucesiones hereditarias y se transmiten los correspondientes derechos a los herederos, se hacen efectivas ciertas cláusulas asegurativas (seguro de vida), pierden vigor algunos contratos, etc.

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