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Norma De Uso De Botiquines


Enviado por   •  6 de Junio de 2012  •  4.951 Palabras (20 Páginas)  •  1.096 Visitas

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Martes 2 de febrero de 1999 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 1

NORMA Oficial Mexicana NOM-005-STPS-1998, Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en

los centros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas

peligrosas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo

y Previsión Social.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-005-STPS-1998, RELATIVA A LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD

E HIGIENE EN LOS CENTROS DE TRABAJO PARA EL MANEJO, TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO DE

SUSTANCIAS QUIMICAS PELIGROSAS.

JOSE ANTONIO GONZALEZ FERNANDEZ, Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento

en los artículos 16 y 40 fracciones I y XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 512, 523

fracción I, 524 y 527 último párrafo de la Ley Federal del Trabajo; 3o. fracción XI, 38 fracción II, 40 fracción

VII, 41, 43 a 47 y 52 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 3o., 4o. y 29 del Reglamento

Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo; y 3o., 5o. y 20 fracciones I, XV y XVIII del

Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y

CONSIDERANDO

Que con fecha 3 de diciembre de 1993 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Norma

Oficial Mexicana NOM-005-STPS-1993, Relativa a las condiciones de seguridad en los centros de trabajo

para el almacenamiento, transporte y manejo de sustancias inflamables y combustibles;

Que esta dependencia a mi cargo, con fundamento en el artículo cuarto transitorio primer párrafo del

Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, publicado en el Diario Oficial

de la Federación el 21 de enero de 1997, ha considerado necesario realizar diversas modificaciones a la

referida Norma Oficial Mexicana, las cuales tienen como finalidad adecuarla a las disposiciones

establecidas en el ordenamiento reglamentario mencionado;

Que con fecha 27 de enero de 1998, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 46 fracción I de la

Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social presentó ante

el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral, el

anteproyecto de modificación de la presente Norma Oficial Mexicana, y que en esa misma fecha el citado

Comité lo consideró correcto y acordó que se publicara en el Diario Oficial de la Federación;

Que con el objeto de cumplir con los lineamientos contenidos en el Acuerdo para la desregulación de

la actividad empresarial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 24 de noviembre de 1995,

las modificaciones propuestas a la presente Norma fueron sometidas por la Secretaría de Comercio y

Fomento Industrial a la opinión del Consejo para la Desregulación Económica, y con base en ella se

realizaron las adaptaciones procedentes, por lo que dicha dependencia dictaminó favorablemente

acerca de las modificaciones contenidas en la presente Norma;

Que con fecha 15 de mayo de 1998, en cumplimiento del Acuerdo del Comité y de lo previsto en el

artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de

la Federación el Proyecto de Modificación de la presente Norma Oficial Mexicana, a efecto que dentro de

los siguientes 60 días naturales a dicha publicación, los interesados presentaran sus comentarios al

Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral;

Que habiendo recibido comentarios de 2 promoventes, el Comité Consultivo Nacional de

Normalización referido procedió a su estudio y resolvió oportunamente sobre los mismos, publicando

esta dependencia las respuestas respectivas en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de

1998, en cumplimiento a lo previsto por el artículo 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y

Normalización.

Que en atención a las anteriores consideraciones y toda vez que el Comité Consultivo Nacional de

Normalización de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral, otorgó la aprobación respectiva, se

expide la siguiente: Norma Oficial Mexicana NOM-005-STPS-1998, Condiciones de seguridad e higiene

en los centros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias quimicas

peligrosas

INDICE

1. Objetivo

2. Campo de aplicación

3. Referencias

4. Definiciones

5. Obligaciones del patrón

6. Obligaciones de los trabajadores

2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 2 de febrero de 1999

7. Requisitos administrativos

8. Programa especifico de seguridad e higiene para el manejo, transporte y almacenamiento de

sustancias químicas peligrosas

9. Requisitos generales

10. Requisitos para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias inflamables o

combustibles

11. Requisitos para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias explosivas

12. Requisitos para el transporte y almacenamiento de sustancias corrosivas, irritantes o tóxicas

13. Vigilancia

14. Bibliografía

15. Concordancia con normas internacionales

Transitorios

Guía de referencia. Botiquín de primeros auxilios

1. Objetivo

Establecer las condiciones de seguridad e higiene para el manejo, transporte y almacenamiento de

sustancias químicas peligrosas, para prevenir y proteger la salud de los trabajadores y evitar daños al

centro de trabajo.

2. Campo de aplicación

La presente Norma rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo donde

se manejen, transporten o almacenen sustancias químicas peligrosas.

3. Referencias

Para la correcta interpretación de esta Norma, deben consultarse las siguientes normas oficiales

mexicanas vigentes:

NOM-004-STPS-1994, Relativa a los sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la

maquinaria, equipos y accesorios en los centros de trabajo.

NOM-010-STPS-1993, Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo

donde se produzcan, almacenen o manejen sustancias químicas capaces de generar contaminación en

el medio ambiente laboral.

NOM-017-STPS-1993, Relativa al equipo de protección personal para los trabajadores en los centros

de trabajo.

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